Liquidación de haberes Septiembre de 2016. Día del Empleado de Comercio trabajado y no trabajado. Planilla excel.
“Art. 2 – En dicho día los empleados de comercio no
prestarán labores, asimilándose el mismo a los feriados nacionales a
todos los efectos legales.
Datos para la liquidación
Día del empleado de Comercio: No Trabajó
El básico surge de la escala salarial vigente para Empleados de Comercio bajo el CCT 130/75. Pueden ver la escala en este enlace.
Día del empleado de comercio
1. Día del Empleado de Comercio no trabajado
(13.089,12 + 1.308,91 + 1.199,84) / 30 = 519,93
Donde 519.93 es el valor de un día normal.
b) Luego, sumamos un día, que se paga como un feriado, calculado en base 25:
(13.089,12 + 1.308,91 + 1.199,84) / 25 = 623,91 total por el día del Empleado de Comercio
Lo que es lo mismo que el 20% sobre un día normal:
519,93 x 1,20 =623,91
2. Día del Empleado de Comercio trabajado
Ahora, también puede ser que el empleado trabaje ese día. Para ese caso, no deberemos hacer el paso a) de arriba, ya que el empleado SI trabajó ese día, entonces solo hacemos el paso b). Y el cálculo del día del Empleado de Comercio sería el siguiente:
Cálculo del día Empleado de Comercio
(13.089,12 + 1.308,91 + 1.199,84) / 25 = 623,91
Cálculo del día normal
También se paga el día trabajado normalmente.
(13.089,12 + 1.308,91 + 1.199,84) / 30 = 519,93
Ahora sumamos y tenemos el valor del día del Empleado de Comercio Trabajado
519,93 + 623,27 = 1.143,84
- 11% de Jubilación
- 3% de Obra Social
- 3% según Ley 19.032
- 2% de Aporte Solidario y OBLIGATORIO con destino al Sindicato de Empleados de Comercio. Esté el empleado afiliado o no al sindicato. (según el Art. 100 del CCT 130/75)
- 0,5% de Aporte Solidario OBLIGATORIO con destino a FAECyS. Esté el empleado afiliado o no al sindicato. (según el Art. 100 del CCT 130/75)
- 2% con destino al sindicato para empleados afiliados al gremio. Para este ejemplo consideré que si está afiliado. Hay que tener en cuenta que, según la zona este porcentaje puede cambiar.
- Aporte de $100 con destino a la O.S.E.C.A.C.
El caso planteado sirve de guía para cualquier otra categoría. Pero les dejo una planilla excel donde se pueden estimar los cálculos para cada categoría y con distintos tipos de jornada.
Anónimo dice
Quisiera saber si es decisión del Empleado o del Empleador si se trabaja ese día. Muchas gracias.
Hola ignacio , tenes novedades del segundo semestre para empleados de comercio? gracias