Finalmente, luego de dos meses de negociaciones, se logró el nuevo acuerdo salarial para los empleados de comercio. A manera de ejemplo, y a pedido de mucho lectores, daré un ejemplo para la liquidación de junio de 2010, según mi interpretación del nuevo acuerdo.
Datos para la liquidación
Categoría: Administrativo A
Básico. $ 1.319,56
Tipo de Jornada: Completa
Antigüedad: 0
Obra Social O.S.E.C.A.C.
Afiliado al Sindicado: No
Conceptos Remunerativos
- Básico: $1.319,56
- Asistencia y puntualidad: $109,96
Descuentos s/remunerativos
- Jubilación 11,0% $157,25
- Obra Social 3,0%: $42,89
- Ley 19.032 3,0%: $ 42,89
- S.E.C. Art 100 CCT 130/75 2,0%: $28,59
- F.A.E.C.y.S. Art 100 CCT 130/75 0,5%: $7,15
Concepto No Remunerativos
- Adicional no remunerativo acuerdos anteriores: $763,91
- Adicional no remunerativo acuerdo junio 2010: $398,77
- Asistencia y puntualidad: $96,89
- Retroactivo Mayo s/acuerdo junio 2010: $432,00
Descuentos s/no remunerativos
- Obra Social 3,0%: $50,75
- Obra Social – aporte por única vez: $$50,00
- S.E.C. Art 100 CCT 130/75 2,0%: 33,83
- F.A.E.C.y.S. Art 100 CCT 130/75 0,5%: $8,46
Total a cobrar Junio 2010: $ 2.699,30
Ahora vemos de donde surgen los valores de la liquidación:
Conceptos No Remunerativos
Adicional no remunerativo acuerdos anteriores: Los $763,91 salen de la suma de los acuerdos anteriores:
Acuerdo Abril 2008 Art. 1 a: $263,91
Acuerdo Abril 2008 Art. 1 b: $100,00
Acuerdo Abril 2009 Art. 4: $ 300,00
Acuerdo Enero 2010 Art. 2: $ 100,00
Adicional no remunerativo acuerdo junio 2010: Los $398,77 son el aumento otorgado en este nuevo acuerdo, y se componen de los $75 fijos por un lado.
Y además, mas el primer tramo del aumento, es decir el 15%. Pero primero debemos calcular sobre la base sobre la cual se realizará aplicará dicho porcentaje. Y se debe hace según lo establece el “acuerdo Junio de 2010” en el “Artículo primero III),” que determina 4 items o puntos que integrar la base:
- El primero es básico de convenio de la cateogría del empleado, que para el caso del ejemplo es un Administrativo A: $1.319,56
- El segundo son las sumas no remunerativas de los acuerdos anteriores, que en este caso suman $763,91 y vimos como se determinaba en el punto anterior, mas los $75 otorgados en este acuerdo junio de 2010.
- Y el tercero, son los adicionales fijos con el tope de $900. Que para este ejemplo, no lo tendremos en cuenta.
Entonces, sumamos los items y tenemos la base para aplicar el incremento del 27%. Aunque en este caso solo tomaremos el primer tramo de 15%:
(1319,56 + 763,91 + 75) x 15% = $323,77
finalmente, $323,77 + $75 = $398,77
Asistencia y puntualidad: Los $96,89 son la asistencia y puntualidad (Art. 40 CCT 130/75) es la doceava parte (8,33) de las los adicionales no remunerativos, tanto sobre los anteriores como el de junio de 2010:
($763,91 + $398,77) / 12 = $96,89
Retroactivo Mayo s/acuerdo junio 2010: Los $432,00 surgen de la suma del incremento salarial determinado según el acuerdo junio 2010 (15% + 75 fijo) mas el presentismo:
$398,77 + 8,33% = $432
Descuentos s/no remunerativos
Obra Social 3,0%: Los $50,75 surgen de aplicar el 3% sobre los adicionales.
Obra Social – aporte por única vez: Es el aporte fijo y por única vez con destino a la obra social OSECAC de $50,00.
S.E.C. Art 100 CCT 130/75 2,0%: Los $33,83 surgen de aplicar el 2% sobre los adicionales no remunerativos.
F.A.E.C.y.S. Art 100 CCT 130/75 0,5%: Los $8,46 surgen de aplica el 0.5% sobre los adicionales no remunerativos.
Hasta aquí la explicación, tomé un ejemplo simple, sin antigüedad, si adicionales ni items a cuenta de futuros aumentos, tampoco tuve en cuenta el feriado de junio en la liquidación, pero es al solo efecto de explicar de la manera mas sencilla este nuevo acuerdo.
Julian dice
Ignacio, te consulto para el recibo del aguinaldo, en vez de hacer como haciamos antes de pagar solo el calculo sobre el basico y despues con el sueldo de fin de mes el porcentaje respectivo en los acuerdos deberia ir todo en el mismo? discriminando el 50% de cada acuerdo? Yo entiendo que al tomar en cuenta estos acuerdos no hay que hacer un proporcional de este ultimo acuerdo dado que se toma el mejor sueldo. En fin, gracias de antemano!
HOla Pablo o Graciela, las comisiones por ventas no son fijas, y además el acuerdo excluye las comisiones directamente, no hay duda en ese item.
Hola Pedro, si los 600 pesos te los dieron antes del 21 de enero, los tomas para la base de cálculo, y no se compensa.
Anónima 183, escribime al formulario de contacto.
Hola Pablo Acadee, si el acuerdo es acumulativo, en total es un 29,2%.
Si, sobre los acuerdos se paga un 50% en junio en concepto de aguinaldo
Hola Tati, si, los 75 pesos son proporcionales.
Hola Norberto, se toma todo, remunerativo y no remunerativo, pero a partir de julio.
HOLA IGNACIO. UNA PREGUNTA, SI SUPUESTAMENTE EN EL CASO DEL EJEMPLO EL TIPO COBRA ESO EN JUNIO, 2699, EL 1/2 AGUINALDO SE CALCULA SOBRE TODO ESO, O SOLO SOBRE LO Q ES JUNIO, SIN CONTAR EL RETROACTIVO DE MAYO, PORQUE LA LEY DICE Q ES SOBRE EL MEJOR SUELDO RECIBIDO, Y EN EL EJEMPLE EN JUNIO COBRA 2699
hola ignacio soy alejandra quiero saber como calculo las horas extras al 100% correspondientes a el dia sabado y cuanto corresponde cobrar por domingo trabajado ya que a mi no me liquidan ni los domingos ni los feriados . gracias
Hola Ignacio, te quería consultar como se liquidan las horas extras a partir de Junio, mejor dicho que se tiene en cuenta, si se toman sobre el básico o si tambien se tiene que tomar lo no remunerativo.
Gracias, muy bueno tu blog.
hola ignacio te queria hacer una pregunta en caso de una trabajadora de comercio que trabaja 4 horas los 75 ototgados como acuerdo junio 2010 deberan proporcionarse o sea que son 37.50 ? .. espero tu repsuesta .. saludos
tati
…hola ignacio muy bueno tu blog mi preg es: este aumento es escalonado? es decir, se cobra un 15% en mayo, y el 7% de sept se suma al anterior, es decir se cobraria en sept un 22%? y con respecto al 50% de los acuerdos que se habia pactado en el anterior a pagarse como "pseudo aguinaldo", se mantiene'? gracias
Hola Ignacio.. Ya se que es muy difìcil dar respuesta a cada caso en particular.. pero te cuento yo soy cubana.. hace 4 años que vivo en Argentina.. y desde ese tiempo trabajo como empleadad de comercio en el mismo lugar.una jugueteria donde en ese horario trabajo sola y hago tod cajera y vendedora… se me hace tan difìcil entender todo este tema porque en mi pais era todo diferente.. perdona mi ignorancia pero realmente no entiendo nada con el tema de los aumentos y mis empleadores nunca me pagan lo que es porque no sè.. yo trabajo 6 horas y los sabados 10 hrs a partir de las 13 son extras podrias decirme como seria mi salario actual??? gracias mil pero la verdad no se donde informarme bien
Igancio, el basico de comercio alguno de estos acuerdo pasa a ser remunerativo en el transcurso del 2010???
mauricio
Hola Ignacio, mi consulta es: si mi empleador me estaba pagando "a cuenta de futuros aumentos" por ejemplo $600..este nuevo aumento no me llega en su totalidad o lo absorbe? es decir, me lo pagó el empleador a "cuenta", antes del 21 de enero supongamos, entonces que porcentaje o que parte del acuerdo me puede compensar este item "a cuenta de futuros aumentos"? no se si me explico bien, pero creo q este item a cuenta de futuros aumentos es el q mas dudas genera…si me lo podes explicar mas sencillo gracias xq el acuerdo lo lei y no lo logre entender esa parte, gracias
Ignacio!: pregunta: si tengo comisiones por ventas, lo tomo como un item "adicional fijo", es decir, se toma como base para el 15% de aumento con el tope de $900?….Gracielaa
BUENOS DIAS IGNACIO!!!
TE HAGO (2) PREGUNTAS:
¿ CUANTO SERIA MI SUELDO A PARTIR DE JUNIO Y LOS MESES SIGUIENTES ?
¿Y CUANTO SERIA MI AGUINALDO EN JUNIO,CON EL NUEVO ACUERDO FIRMADO PARA EMPLEADOS DE COMERCIO ?
BASICO:1450
ANTIGUEDAD: 17 AÑOS
SUMAS NO REMUNERATIVAS: $790
ESPERO TU RESPUESTA !!!
(NICOLAS ANDRADE)
mi recibo de abril 2010 es este
categoria comercio D antiguedad 14
basico 1474,27
acuerdo enero 2010 75
abril 2008 100
abril 2008 8% 206.62
abril 2008 6% 154,21
abril 2008 6% 154,21
abril 2009 300,00
enero 2010 100,00
presentismo 214.10
presentismo art.40 90.72
sustituto tickets 120.50
a cta.fut.aumentos 975.47 fijo desde hace años
bruto 3964.10
neto 3329.63
cual seria la liquidacion de junio con aguinaldo?
me confunden los acuerdos y quiero saber aprox como tiene que ser liquidado-muchas gracias-maria ximena
Hola Sofía, el básico de auxiliar especializado A según convenio es de 1348,92, no se a que se debe la diferencia. Sobre ese básico va el 15%. Luego otro 15% por sobre los acuerdos. Y el 15% restante, sobre los fijos, con el límite de $900.
Hola Verónica, ciertamente no lo se, por lo general es un mes mas o menos, de todos modos, hasta que lo publiquen en el boletín oficial, es mucho mas.
Hola Mano, si es en negro, ya depende del empleador y de lo que puedas negociar con él, pero ya que se ahorra las cargas sociales, presionalo para que te lo pague. Aunque lo correcto, sería que lo blanquee.
Hola Pablo, si, te corresponde cobrar todos los acuerdos.
Hola Matía, no, los $100 van en la base del acápite II, no en el III.
Que puede ser absorbido quiere decir que va cuenta del aumento
Hola Gabriel Martinez, muchísimas gracias, son muy amable, un abrazo grande.
Hola Mabel, en el acuerdo de enero, no hubo 400 pesos en 4 cuotas, no se de donde sacás eso, se dieron 100 pesos fijo, mas 300, que si podían pagar en 4 cuotas de 75.