Finalmente, luego de dos meses de negociaciones, se logró el nuevo acuerdo salarial para los empleados de comercio. A manera de ejemplo, y a pedido de mucho lectores, daré un ejemplo para la liquidación de junio de 2010, según mi interpretación del nuevo acuerdo.
Datos para la liquidación
Categoría: Administrativo A
Básico. $ 1.319,56
Tipo de Jornada: Completa
Antigüedad: 0
Obra Social O.S.E.C.A.C.
Afiliado al Sindicado: No
Conceptos Remunerativos
- Básico: $1.319,56
- Asistencia y puntualidad: $109,96
Descuentos s/remunerativos
- Jubilación 11,0% $157,25
- Obra Social 3,0%: $42,89
- Ley 19.032 3,0%: $ 42,89
- S.E.C. Art 100 CCT 130/75 2,0%: $28,59
- F.A.E.C.y.S. Art 100 CCT 130/75 0,5%: $7,15
Concepto No Remunerativos
- Adicional no remunerativo acuerdos anteriores: $763,91
- Adicional no remunerativo acuerdo junio 2010: $398,77
- Asistencia y puntualidad: $96,89
- Retroactivo Mayo s/acuerdo junio 2010: $432,00
Descuentos s/no remunerativos
- Obra Social 3,0%: $50,75
- Obra Social – aporte por única vez: $$50,00
- S.E.C. Art 100 CCT 130/75 2,0%: 33,83
- F.A.E.C.y.S. Art 100 CCT 130/75 0,5%: $8,46
Total a cobrar Junio 2010: $ 2.699,30
Ahora vemos de donde surgen los valores de la liquidación:
Conceptos No Remunerativos
Adicional no remunerativo acuerdos anteriores: Los $763,91 salen de la suma de los acuerdos anteriores:
Acuerdo Abril 2008 Art. 1 a: $263,91
Acuerdo Abril 2008 Art. 1 b: $100,00
Acuerdo Abril 2009 Art. 4: $ 300,00
Acuerdo Enero 2010 Art. 2: $ 100,00
Adicional no remunerativo acuerdo junio 2010: Los $398,77 son el aumento otorgado en este nuevo acuerdo, y se componen de los $75 fijos por un lado.
Y además, mas el primer tramo del aumento, es decir el 15%. Pero primero debemos calcular sobre la base sobre la cual se realizará aplicará dicho porcentaje. Y se debe hace según lo establece el “acuerdo Junio de 2010” en el “Artículo primero III),” que determina 4 items o puntos que integrar la base:
- El primero es básico de convenio de la cateogría del empleado, que para el caso del ejemplo es un Administrativo A: $1.319,56
- El segundo son las sumas no remunerativas de los acuerdos anteriores, que en este caso suman $763,91 y vimos como se determinaba en el punto anterior, mas los $75 otorgados en este acuerdo junio de 2010.
- Y el tercero, son los adicionales fijos con el tope de $900. Que para este ejemplo, no lo tendremos en cuenta.
Entonces, sumamos los items y tenemos la base para aplicar el incremento del 27%. Aunque en este caso solo tomaremos el primer tramo de 15%:
(1319,56 + 763,91 + 75) x 15% = $323,77
finalmente, $323,77 + $75 = $398,77
Asistencia y puntualidad: Los $96,89 son la asistencia y puntualidad (Art. 40 CCT 130/75) es la doceava parte (8,33) de las los adicionales no remunerativos, tanto sobre los anteriores como el de junio de 2010:
($763,91 + $398,77) / 12 = $96,89
Retroactivo Mayo s/acuerdo junio 2010: Los $432,00 surgen de la suma del incremento salarial determinado según el acuerdo junio 2010 (15% + 75 fijo) mas el presentismo:
$398,77 + 8,33% = $432
Descuentos s/no remunerativos
Obra Social 3,0%: Los $50,75 surgen de aplicar el 3% sobre los adicionales.
Obra Social – aporte por única vez: Es el aporte fijo y por única vez con destino a la obra social OSECAC de $50,00.
S.E.C. Art 100 CCT 130/75 2,0%: Los $33,83 surgen de aplicar el 2% sobre los adicionales no remunerativos.
F.A.E.C.y.S. Art 100 CCT 130/75 0,5%: Los $8,46 surgen de aplica el 0.5% sobre los adicionales no remunerativos.
Hasta aquí la explicación, tomé un ejemplo simple, sin antigüedad, si adicionales ni items a cuenta de futuros aumentos, tampoco tuve en cuenta el feriado de junio en la liquidación, pero es al solo efecto de explicar de la manera mas sencilla este nuevo acuerdo.
Anónimo dice
SI , ESTUVISTE CON LICENCIA DURANTE EL MES DE MAYO POR ENFERMEDAD
CORRESPONDE EL PAGO RETROACTIVO? PORQUE YA ME ESTAN DICIENDO QUE NO..
QUE SOLO ES A PARTIR DE LA REINCORPORACION A MIS TAREAS
MI NOMBRE ES SOLEDAD
Hola Estela, a vos que te despidieron el 17, de la estrella lo que tenes que reclamar es: de cada recibo de sueldo que vos tenes tomas el sueldo bruto incluyendo las sumas no remunerativas y calcula el 3.5% eso es lo que te deberian aportar a tu cuenta personal de LA ESTRELLA, ahora bien si los aportes te los hubiesen hecho de ese total a vos te corresponde el 50% porque el otro 50 se lo queda la Estrella. Espero te sirva.
Con respecto a tu recibo de sueldo deberias de cobrar retroactivo a mayo este acuerdo la suma de 387.82 que sale de sumar (1319,56+397+793.91+75)x 15%= 387.82
s.basico al 17/6 747.75
a cuenta fut aumento 224.97 presentismo 81.03 acuerdo no remuner anteriores 694.54 ac.no remun art 1 II) 75 ac. no rem.06/10 261.34
presentismo sobre acuerdo 85.87
total bruto 2170,52 los desc. son jub 11%, ley 19032 3%, obra soc 3%, art 100 cct103/75 2% faecys 0,5% si estas adherida al sindicato tenes otro descuento.
Integracion mes de despido, se calcula el sobre los dias que faltaron para llegar a fin de mes, indemnizacion por antiguedad 2 sueldos brutos.
Los aguinaldos son el 50% de las sumas remunerativas (ese lleva todos los descuentos anteriores), el aguinaldo sobre sumas no remunerativas anteriores 50% y el aguinaldo proporcional sobre el nuevo acuerdo (se calcula /12×2)
los acuerdos no remunerativos tanto los anteriores como este nuevo NO llevan los descuentos de jubilacion 11% ni la ley 19032 3%.
espero que te haya ayudado algo. Saludos
Liliana
Hola Ignacio. Muchas gracias por la info y el ejemplo. Me sirvió mucho. Tengo 2 dudas respecto del aguinaldo,
1. Deberiamos pagar aguinaldo por el acuerdo de Junio?
2. El aguinaldo por los montos no remunerativos anteriores se ponían en el recibo de sueldo discriminados según Art 4 y Art 7. Como deberíamos poner los conceptos ahora?
Aguardo tus comentarios. Muchas gracias.
Ignacio mi nombre es Zulma pertenezco a empleados de comercio. Tengo una duda mi sueldo bruto es de 5000 incluyendo presentismo.mis aumentos no remunerativos acumulados suman 1600 y mis descuentos 1100 por lo que mi sueldo de bolsillo es de 5500 pesos . cual seria mi aumento del 15% de mayo porque me dijeron que el maximo aumento que se otorgaba es de 900 pesos es asi . te agradezco tu repuesta
saludos y felicitacioness por el blog.
Zulma
Hola Ignacio
mi consulta es:
Me retinen 11% jubilacion
3% INSSPJP
3% oBRA sOCIAL
4% CUOTA SINDICAL
ESTO SOBRE EL BASICO
3% OBRA SOCIAL S/71314
4% CUOTA SINDICAL
SOBRE LOS N/REMUNERATIVOS
MI OBRA SOCIAL ES OSECAC Y ESTOY AFILIADA AL SINDICATO
ESTAN BIEN LOS PORCENTAJES QUE ME RETIENEN?
ESPERO TU RESPUESTA YA QUE TENGO QUE LIQUIDAR LOS SUELDOS ANTES DEL 30/6
MUCHAS GRACIAS
VERU
HOLA IGNACIO MUCHAS GRACIAS POR LA INFORMACION QUE DAS Y POE ESTAR SIEMPRE AL DIA CON LAS NOTICIAS SOBRE EMPLEADOS DE COMERCIO.
Hola Ignacio, antes que nada gracias por tu explicación sobre como se aplicará este nuevo aumento a los mercantiles, felicitaciones porque "googleando" encontré tu blog y la verdad que está muy completo… mi consulta es la siguiente: acá en la Pcia. de Córdoba (de donde soy) el representante del gremio de comercio, que es el AGEC (creo estará afiliado al SEC), comentó en los medios de difusión de acá, que el aumento del 27% en el acumulativo llegará al 33/34%… quería saber si nos podés explicar como se llegará a este incremento final? desde ya gracias…
Hola Ignacio debo ser la unica que pregunta esto…¿tenes informacion sobre rama cerealera??? estoy metida en esa rama de mier…. no tenemos un aumento desde el año pasado, averiguo en el sindicato en osecac en el lugar donde te imagines y me dice ..no hay nada.. no hay nada.. y siento impotencia de que nadie se preocupe por la rama nuestra… leo de acuerdo para empleados de comercio remunerativos no remunerativos etc etc , y la rama nuestra pisada! mi consulta tenes idea que pasa?? tenes alguna pagina o telefono donde pueda desahogarme y decirles unas cuantas cosas???? jaj a desde ya muchas gracias y gracias por el espacio me desahogo un poco!!
ANDREA
SOLEDAD
HOLA , EN EL MES DE MAYO ESTUVE DE LICENCIA POR ENFERMEDAD, Y ME ESTAN DICIENDO QUE NO ME CORRESPONDE EL AUMENTO, ESTO ES CORRECTO?
QUE SOLO ME CORRESPONDE A PARTIR QUE ME REINTEGRE A MIS TAREAS
HOLA , QUISIERA SABER SI POR HABER ESTADO UN MES DE BAJA MEDICA EN EL MES DE MAYO POR ENFERMEDAD
ME CORRESPONDE EL AUMENTO…PORQUE ME DICEN QUE NO.
hola tengo una duda yo estoy por maternidad recien cobre el primer mes y no me pagaron lo no remunerativo. el proximo mes me corresponde o es a partir de junio de 2010 que se toma en cuenta para la licencia por maternidad?muchas gracias
lorena
Hola Ignacio, muy bueno tu blog, te quería hacer una consulta,ya que no consigo ver en ningun lado un ejemplo de trabajo similar, trabajo en diagrama de 5 dias de 07 a 19 hs y 5 dias de 19 a 07 hs por 5 dias de descanso, o sea 10 días de trabajo por 5 de franco compensatorio. Mi básico es de 1352,56 ( Categoría Maestranza B). el mes de mayo trabajé 20 días (12 hs por dia = 240 hs en total y tengo 2 feriados total 24 hs de feriado) Te paso el detalle de liquidación de mayo.
Horas 50% 24.00 243.46
Minutos Nocturnos 90.00 81.15
Presentismo 112.71
Sueldo Básico 1352.56
Feriado 24.00 162.31
En lo totales figura esto:
Remuneraciones Sujetas a retención: 1952.19
Remuneraciones excentas: 826.22
Descuentos: 455.41
Total Neto: 2323.00
Es evidente que el feriado no estan pagando al 100% como dice la ley, pero lo que no logro comprender es como me estan pagando mis horas nocturnas, en total el mes de mayo trabaje 90 horas nocturnas por favor si podrias explicarme sería una gran ayuda porque a mi parecer estan liquidando mal y somo muchos compañeros en esta situación. Gracias
Hola Ignacio! En algunos diarios leí que en el convenio que se firmo se puso una clausula que dice que en los futuros acuerdos los aumentos solo se darían sobre los básicos. Es decir que para abril del 2011 (cuando vence este convenio) todavía tendríamos bastante dinero como sumas no remunerativas. Me gustaría saber si esto es cierto. Si es así significa que el año próximo nos van a volver a cagar como acostumbran.
Muchas gracias.
Marina
Hola Ignacio! En algunos diarios leí que en el convenio que se firmo se puso una clausula que dice que en los futuros acuerdos los aumentos solo se darían sobre los básicos. Es decir que para abril del 2011 (cuando vence este convenio) todavía tendríamos bastante dinero como sumas no remunerativas. Me gustaría saber si esto es cierto. Si es así significa que el año próximo nos van a volver a cagar como acostumbran.
Muchas gracias.
Marina
hola ignacio, por favor si podes sacarme esta duda, ami me pagan una suma que figura como horas extra, es fija y permanente; esta se tiene en cuenta a la hora de sacar el porcentaje del aumento?
gracias.
Mauricio.