Liquidación Julio 2010 para empleados de Comercio – Ejemplo de recibo
Estamos en tiempo de descuento para realizar las liquidaciones de haberes, y FAECYS todavía no ha publicado las planillas con los nuevos básico para empleados de comercio CCT 130/75. Pero, si lo han hecho desde el Sindicato de Comercio de Bahía Blanca y de Mar del Plata, lo cual resulta extraño, porque en deberían ser las mismas escalas salariales, lo cual no explica la demora por parte de FAECYS para publicarlas, si desde Bahía Blanca y Mar del Plata ya las subieron a sus respectivas webs, no se justifica la demora.
Para el caso de la liquidación del mes de julio 2010, voy a tomar el base el ejemplo que había dado anteriormente para el mes de junio 2010. Se trataba de un empleados de comercio de categoría Administrativo A, sin antiguedad, afiliado a OSECAC, y no al sindicato. Y además, como en el caso de junio, para simplificar la liqudiación, no tengo en cuenta los feriados.
Primero, antes de liquidar julio con las nuevos cambios, veamos como quedaría el recibo liquidando con la escala de junio de 2008, que es la que estuvimos utilizando hasta el mes pasado. La liquidación será la misma que la que hicimos para junio, con la diferencia de que no figurará el retroactivo de Mayo, ni el aporte por única vez de 50 pesos con destino a OSECAC.
Recibo para el mes de Julio de 2010 con la escala de junio 2008:
Ahora, veamos como quedaría liquidación según lo establecido por el acuerdo de enero de 2010 en su artículo sexto y séptimo, y ratificado por el acuerdo de junio de 2010 en su artículo sexto. Lo que nos dicen esos artículos es que los adicionales de acuerdo anteriores, los deberemos incorporar al básico en forma escalonada en 12 cuotas iguales a partir de julio de 2010, y el que el trabajador no deberá sufrir ninguna merma en su salario de bolsillo. Por lo cual, el recibo de julio quedaría de la siguiente manera:
Recibo para el mes de Julio de 2010 según acuerdo enero 2010:
Explicación del recibo
La diferencia la tenemos en dos items, Básico y Acuerdos anteriores.
Veamos primero el item “Acuerdo anteriores”: paso de $763,91 a $700,25 producto de haberle descontado la 1ra de las 12 cuotas de $63,66 (763,91/12).
Con respecto al básico: el valor era de 1.319,56 y pasó a $1.394.29, producto de haberle sumado la 1ra cuota de $74,73.
Ahora, por qué 74,73 y no 63,66? que es lo que descontamos a a los acuerdos anteriores. La respuesta es que para que el total a pagar sea el mismo, y el trabajador no sufra una merma en su salario de bolsillo, debemos acrecentar el valor de esa cuota.
Cómo determinamos ese acrecentamiento de $11,07? La respuesta la dimos la semana pasada, en el artículo Calculo del Acrecentaminto… donde vimos los distintos casos que se pueden presentar, según los aportes que realice el trabajador.
Recordemos la fórmula:
Reemplazamos las variables:
Aplicamos la tasa de acrecentamiento a la cuota: 63,66 x 1,173913 = 74,73
Y se lo sumamos al básico: 1.319,56 + 74,73 = 1.394,29
Empleados con antigüedad
Pero debemos tener en cuenta, que en el caso de que el empleados tuviere antigüedad, si se producirá una pequeña diferencia en el neto a cobrar, ya que la antiguedad se calcula sobre el básico de convenio, y al incrementarse este, se incrementará la antiguedad. Recordemos que la antigüedad desde mayo pasado es de 0.75% del básico de convenio por año.
En estos casos, lo que creo conveniente hacer, dejar el básico que determine la escala, y la diferencia dejar en un item aparte. Por ejemplo, para el caso que vimos arriba, supongamos que en vez de una cuota acrecentada de 74,73, no hubiera dado 95 pesos. En ese caso, lo mas práctico y prolijo, sería dejar el básico por $1.394,29 y la diferencia entre 74,73 y 95, es decir 20,27, en un item aparte.
Alternativamente, podemos realizar la misma liquidación con algunas variantes, no con respecto a los resultados, sino a la exposición de los items. Lo que podemos hacer es discriminar los cambios realizados en la liquidación.
En el modelo 1 detallado arriba, el saldo de acuerdos anteriores está neteada la 1ra cuota que se ha descontado, y el básico también con la cuota acrecentada ya incorporda. (Que es como figura en las escalas publicadas por el SEC de B.B).
En cambio, en el modelo 2 que pueden ver mas abajo, se ve en forma discriminada los cambios realizados. El saldo de acuerdos anteriores figura por el total, y se le resta la cuota correspondiente, y el básico figura según la escala anterior, y con la cuota acrecentada por separado. Ambos modelos son válidos, es solo una cuestión de exposición de los números, y en muchos casos de conveniencia, según el sistema que usemos para liquidar.
Actualización:
Como si fuera poco la confusión sobre estos temas, el Sindicato de Bahía Blanca a modificado el formato de las escalas. Anteriormente, habían publicado las escalas para daca categoría de julio 2010 a noviembre 2011. Ahora, publicado las escalas solo para el mes de julio con la antiguedad para cada año. Y por separado el valor de los acuerdos.
Creo que el otro formato era mucho mejor, se podía ver la progresión de cada escala.
Les dejo el link: http://www.ecbb.com.ar/escalasalarial.php
Ignacio dice
Hola Julian, si, vi lo del 2%, pero la verdad no se en que se fundamenta, la antiguedad actual es del 0.75%.
Hola Maxi, si el empleador se niega a pagarlo, si, la única vía será la judicial.
Con respecto al embarazo, no se que hacés referencia.
Hola Analía MdP, no entiendo, la antiguedad va sobre el básico de convenio, es solo eso.
Hola Diego, pero no entiendo bien, por qué querés aplicar el acrecentamiento sobre la zona?
Hola Verónica, no, te va a dar un poco mas, quedará como un adicional.
Hola Luis, no, la consultas no son vincualantes, si se equivocan en lo que te dicen, no se hacen cargo, como por lo visto, tampoco se hacen cargo de presentar las planillas en tiempo y forma, se ve que al sindicato todavía no ha llegado el excel.
Gracias Verónica!
Hola Gustavo, yo también me pregunté lo mismo, y la verdad no se, trataré de investigar.
Hola MARCELO, como dijo Selva, se toman los brutos.
Hola Valeria, muchas gracias, me alegro saber que he sido claro, porque la verdad es tan engorroso todo, que me cuesta explicarlo. saludos!
Hola Fernando, los 75 pesos son fijos, pero van en forma proporcional para los casos de jornada parcial.
Hola Silvia, imaginate que si FAECYS, los SEC de Bahía Blanca, la CAME y la CAC, no se ponen de acuerdo, poco es lo que puedo decir, yo esperaría a que FAECYS publique la escala.
Anónimo dice
HOLA IGNACIO,MUY BUENAS LAS EXPLICACIONES, LA VERDAD QUE NO SE PARA QUE LA COMPLICAN TANTO,FUE MUCHA TU AYUDA.
GRACIAS POR ACLARAR ALGUNAS DUDAS QUE TENIA
Hola Ignacio: Muy interesante tu blog. La verdad es que para noviembre del 2011 cuando se terminen de incorporar todos los no remunerativos podríamos tener 50 variables de escalas. Ya que se pueden hacer muchas interpretaciones. De la CAME me dieron una escala que no coincide con las de Mar del Plata ni Bahía Blanca, que sería la oficial (de la FAECYS) pero que todavía está en el Ministerio para homologarla. Pero no tiene los adicionales por km y por cajeros. Y la de Bahía Blanca y Mar del Plata difieren en esos valores. Vos me podrías decir
en cuánto quedan los adicionales por km. para choferes (más de 100 km) y cómo los sacás?, porque entiendo que tienen una parte remunerativa y otra No remunerativa. Sabrías decir cuánto es cada una? Y otra cosa.Podrías publicar un ejemplo con horas extras?.: Gracias. Silvia
hola ignacio, queria saber porque en los ejemplos de las liquidaciones no entiendo porque el aumento del 15% no varia de un mes a otro.-
ignacio para los casos de media jornada para el calculo del acuerdo de junio se mantiene 75 pesos la parte fija debido a que no dice nada el acuerdo
O sea el 15 % mas 75 pesos en este tramo y luego el 22% mas75 y luego el 27% + 75 pesos; estoy en lo correcto?
Saludos. Fernando
HOLA IGNACIO . MI RECIBO DE SUELDO TIENE OTROS ITEMPS. QUE NADA QUE VER A LO QUE DETALLAS VOS. ME PODES PASAR UN MAIL PARA ENVIARTE UNA COPIA Y ME DECIS SI ESTA BIEN LIQUIDADO O NO ?? SIENTO QUE ME CAGAN SIEMPRE. POR EJ AMI ME FIGURA LEY DE TIQUETS Y OTRAS YERBAS LOS ACUERDOS NO ME DAN LOS $763.91 COMO A VOS !! NECESITO UNA MANITO PODRIAS ??
Hola Ignacio, soy abogada y tu explicación me ayudo muchisimo para ocmprender la liquidación de empleados de comercio. Realmente te agradezco y sin dudas te FELICITO por tu claridad al explicar los temas, saludos, Valeria.-
Marcelo, para la Asig. Fliar. se considera el total de remuneraciones que percibe el trabajador (total bruto).
Simplemente muchas gracias, para los que liquidamos sueldos tu blog roza la excelencia.
saludos,
Raul
HOLA IGNACIO,LA ASIGNACION FAMILIAR X HIJO SE TOMA DEL BASICO O DEL NETO?
Si la escala no coincide..ostia
Hola Ignacio: Es cierto en la escala de Bahia Blanca sacan la antiguedad al 1.2% y no al 0.75% ¿Porque?
Gabriel
Excelente blog Ignacio…nos saca muchas dudas de este bolonqui del SEC, y para agregar algo una pregunta…
¿la antigüedad que calcularon en Bahia Blanca no coincide con la que yo saqué…es mucho más que un 0.75 por año, es distinta allá…?
Bueno…Saludos y Gracias por todo…
Gustavo…
En relacion a la consulta 3 de Franco, yo también me inclinaría a la primer respuesta que le diste Ignacio, ya que para quienes cobran un sueldo mayor al basico (que para el acuerdo 06/2010 es tomado como adicional con tope $ 900), si calculamos de nuevo cada mes el 15% se va a ir reduciendo el importe porque lo limita este tope de $ 900, que antes se incluia en la base de calculo del 15% porque era acuerdo anterior que segun el convenio entraba en esta base. Pero ahora al salirse del acuerdo anterior pasa al básico, el acuerdo sobre el que se calcula el 15% se reduce y el basico que se usa es el nuevo, que lleva aumento pero no alcanza para cubrir lo que se sacó del acuerdo anterior, que queda absorbido por el tope.
En fin, es un despelote, no veo la hora que se incorporen todos los acuerdos al basico y sea una liquidacion normal.
Hasta tanto haremos lo que podemos.
Muchas gracias por tu ayuda Ignacio, es buenisimo el blog!
Veronica
Ignacio, recien me pude comunicar con los muchachos del Sindicato de Empleados de Comercio de Capital, luego de llamar casi toda la semana y escuchar como sonaba el telefono porque gremiales no atendia… me dijeron que HASTA LA SEMANA QUE VIENE "NO ESTA LA ESCALA NUEVA", y que liquide sumando al basico directamente el 17.4% del valor de la cuota de los acuerdos no remunerativos anteriores, pero de Junio 2010 (dejandolo como valor fijo para los siguientes meses descontar la misma cuota).
Comente tambien que no para todos los casos la tasa de acrecentamiento, por la antigüedad y algún otro descuento extra, a lo que me respondieron: "SUMALE EL 17.40% Y LISTO"
Estaria bueno que algun responsable ponga una firma con esto que me dijeron por tel. ya que hay muchas maneras de interpretar los convenios y despues vienen los lios…
Mil gracias por tu aporte diario!!
Luis