- El día del empleado de comercio es el 26 de septiembre.
- Rigen las normas establecidas para los feriados nacionales
- El día será no laborable y será abonado con doble remuneración, siempre que el empleado asista a su trabajo en la forma habitual.
Caso Práctico: Liquidación del día de “Empleados de Comercio”
Hasta aquí es lo que dice el CCT 130/75 y LCT 20.744, ahora veamos un caso práctico de como liquidar el “Día del empleado de Comercio”:
Para el ejemplo vamos a tomar los siguientes supuestos:
- Empleado con 1 año de antigüedad
- Categoría Administrativo C. Básico Categoría: $1340,28
- Mensualizado
Vamos a ver dos casos específicamente, el primero es par aun trabajador mensualizado, que no presta servicios el día del gremio, y otro en el caso de que si trabaje dicho día. Para este último caso vamos a ver dos formas de liquidarlo.
1. Trabajador mensualizado que no trabaja el día del empleado de comercio
- 1340,28 / 25 x 1 = 53,61 (Cálculo del valor del día del gremio)
- 1340,28 / 30 / 29 = 1295,60 (Cálculo del valor del resto del mes)
Concepto
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Días
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Importe
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Sueldo Básico |
29
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1.295,60
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Día del Gremio |
1
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53,61
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Antiguedad |
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6,70
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Presentismo |
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112,99
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Total |
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1.468,90
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2. a. Trabajador mensualizado que si trabaja el día del empleado de comercio
- 1340,28 / 30 x 2 = 89.35 (Cálculo del valor del día del gremio)
- 1340,28 / 30 / 29 = 1295,60 (Cálculo del valor del resto del mes)
Concepto
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Días
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Importe
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Sueldo Básico |
29
|
1.295,60
|
Día del Gremio |
1
|
89,35
|
Antiguedad |
|
6,70
|
Presentismo |
|
115,97
|
Total |
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1.507,62
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2.b. Trabajador mensualizado que si trabaja el día del empleado de comercio
- 1340,28 / 25 x 1 = 53,61 (Cálculo del valor del día del gremio)
- 1340,28 / 30 x 1 = 44,68 (Cálculo del valor del día del gremio por haber trabajado)
- 1340,28 / 30 / 29 = 1295,60 (Cálculo del valor del resto del mes)
Concepto
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Días
|
Importe
|
Sueldo Básico |
29
|
1.295,60
|
Día del Gremio |
1
|
98,29
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Antiguedad |
6,70
|
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Presentismo |
116,72
|
|
Total |
1.517,31
|
Como sabrán, este año el el 26 de septiembre cae en día sábado, con lo cual algunos trabajadores que realizan sus tareas de lunes a viernes, no trabajarán dicho día, pero como se debe respetar las normas que rigen para los días feriados, les corresponde el pago del día del empleado de comercio liquidado de como en el caso número 1.
Ahora, aquellos empleados que sí presten servicios dicho día sábado, deberán percibir su salario como liquidado como en el caso 2, en alguna de las dos opciones. Como dije antes, creo que la correcta es la opción 2.b, pero hay quienes lo liquidan de la otra forma.
Para terminar, espero haber aclarado algunas dudas con respecto a la forma de liquidar el día de los empleados de comercio, que también es válido para la liquidación de los días feriados.
Espero sus comentarios ante cualquier duda o discrepancia.
Nota: Con fecha 15 de diciembre fue publicada en el Boletín Oficial la ley Ley 26.541, que establece al día del Empleado de Comercio como asimilable a un Feriado Nacional, por lo cual los empleados no prestarán labores.
Anónimo dice
Hola Ignacio. Una vez más, gracias por aclararnos las dudas. De paso, cañazo: tengo una duda con mi recibo. Además del básico, la empresa nos paga a ciertas personas una bonificación (remunerativa, o sea que nos hacen los descuentos). Mi consulta es la siguiente: ¿tanto para el 15 % como para el 7% de este mes, deben tomar también en el cálculo las bonificaciones? Se que el presentismo remunerativo está excluído de este aumento, pero ¿con la antigüedad que pasa? ¿No la tendrían que tomar también para el cálculo de los acuerdos?
Mil gracias otra vez, saludos, Paula B.
Ignacio dice
Hola Mariana, lo di como ejemplo porque hay quienes lo interpretan así, no es mi caso
Hola FLor, básico sobre 25, y sobre eso aplicamos también antigüedad y presentismo.
Hola Alpe, si, sería asi.
Alpe dice
Hola Ignacio, soy Alfredo de Salta.
Mi consulta, es acerca del 26/09/10.
Deberia liquidar asi:
basico/25 (para feriado) y Basico/30/29 (para el resto del mes)?
Aclaracion, el dia domingo no trabajaron.
Muchas gracias, muy bueno el blog.
El Dia del gremio incluye la antiguedad??…o es correcto hacer basico/30 y listo?
GRACIASSSSSSSSSSSS
Flor
Hola ignacio: la duda me surge, porque en el 2010 el 26/09 cae domingo. y segun lo que yo habia liquidado seria :
sueldo + a cta futuros aumentos / 30 ( para el dia del gremio)
sueldo + a cta futuros aumentos /30*29 ( para el resto del mes)
porque si yo lo divido por 25 como vos indicas en la opcion 1 , entonces todos los feriados nacionales deberian tener ese plus tambien, esten o no trabajados… Es asi, o yo entendi mal?
Gracias,
Hola Ignacio, me surge una duda en el caso 2.a(trabajados mensualizado que si trabaja el día del empleado de comercio), no entiendo por qué dividís el día del empleado del gremio por 30 en vez de por 25 cómo en el caso 1.
Aguardo tu respuesta, muchas gracias, Mariana.-
Gracias Gabriela! saludos!
Gracias Ignacio, como siempre, desde que te encontré, me ayudas mucho. Me vienen bárbaro los casos prácticos. Besos.
Hola Fausta, se paga como un feriado.
hola soy fausta me podrias contestar este 26 de setiembre si lo trabajo como me lo pagan cae domingo y trabajo en un supermercado gracias
Hola Marcos, si está dentro de las 48 horas semanales, se liquida normalmente, si supera esa cantidad, ya son horas extras al 100%
Buenas tardes,mi consulta es sobre como se liquida los sabados trabajados por la tarde,y que tiempo se compensa.Muchas Gracias
Hola Lila, pero por qué siendo enfermera, estás como empleada de comercio?, no entiendo. Cuántas horas hacés a la semana o al mes?
correntinosed,
1. ¿ me corresponde adicional horas nocturnas? si, corresponde que se pague como hora nocturna.
2. ¿estoy bien con mii sueldo básico ya que no encuentro una cuadrilla de categorisación para mi puesto?.Parecería que si, habría que ver cual es la categoría y como se liquidó.
3. si mis compañeros cobran 1915 de básico porque yo si realizo el mismo trabajo no cobro lo mismo. No lo se, habría que ver la situación de tus compañeros.Buenas tardes, mi nombre es Cecilia, queria onsultar si a una persona jornalizada, trabaja el dia feriado, como debe ser la liquidacion feriado mas horas trabajas por 2? muchas graciasliquidacion
Hola Daniel de Pompeya, como se cobra un día feriado, con un plus del 20%.
hoal, soy enfermera pero trabajo por comercio yo trabajo lun,mierc y vier una semana y la otra mart y juev de 22 a 06 y sab dom y feriados jornadas de 12 hs a mi me pagan igual que la que trabaja de lunes a viernes con jornadas de 8 hs me estan liquidando bien porq yo trabajo mas horas al mes que las otras compañeras no me dan ninguna diferencia por sab o domin gracias. lila