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Descubre los detalles sobre duración, requisitos, trámites y beneficios que debes conocer para garantizar un periodo de descanso y cuidado adecuado tanto para vos como para tu futuro bebé.
La licencia por maternidad es un derecho fundamental para las mujeres trabajadoras en Argentina. En este artículo, te proporcionaremos información vital sobre la licencia por maternidad gestionada por ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
La Ley Nº 20744 de Contrato de Trabajo establece, en su artículo 177, que la trabajadora gozará de una Licencia por Maternidad 45 días antes y 45 días después de la fecha probable de parto, pudiendo optar por hacer uso de la misma 30 días antes y 60 días después de la fecha probable de parto.
Además establece que si el nacimiento se produce pre-término, es decir, cuando el parto se produce antes del inicio de licencia pactada con el empleador, la licencia comenzará a partir de la fecha en el cual ocurrió el parto.
La trabajadora debe comunicar su embarazo ante el empleador a través de un certificado médico del que surja la fecha probable de parto y las semanas o meses de gestación a partir del 3º mes o 12 semanas de gestación.
Solicitud ante ANSES de la Asignación por Maternidad
Se informa que al momento en que una trabajadora deba solicitar la Asignación Familiar por Maternidad ante ANSES, la empresa debe declarar en el formulario PS.2.55 – DDJJ Novedades Unificadas – SUAF, dentro del rubro 5:
- cuál fue la opción efectuada por la trabajadora para hacer uso de su licencia por maternidad (30 días Pre-Parto y 60 días Post-Parto o 45 días Pre-parto y 45 días Post-Parto) y
- la fecha (dd/mm/aaaa) en la cual la trabajadora, habiendo declarado el estado de embarazo, le comunicó a la empresa como haría uso de su licencia por maternidad.
Cerificado Médico
Además se aclara que en el rubro 6 del citado formulario, debe constar el certificado médico con el cual la trabajadora declaró el estado de embarazo y a través del cual, en base a la fecha probable de parto, comunicó a la empresa como haría uso de su licencia, o en su defecto, debe omitirse la cumplimentación del rubro 6 y adjuntar copia, certificada por la empresa que es copia del original, del certificado médico que obre en el legajo de la trabajadora con el cual haya declarado el estado de embarazo y a través del cual haya comunicado su decisión de como hacer uso de su licencia por maternidad.
Comunicación
Es importante recordar que la solicitud de esta asignación, una vez que la trabajadora haya comunicado a la empresa como hará uso de su licencia, puede ser efectuada ante ANSES desde 3º mes o semana 12 de gestación y hasta el mismo día en que finaliza la licencia por maternidad, aunque se recomienda que la solicitud se efectúe antes del inicio de la licencia a fin de que el pago acompañe el transcurso de la licencia.
Inicio del trámite
Se recuerda que esta solicitud puede ser efectuada por la trabajadora o por otra persona designada por la trabajadora, para lo cual se debe cumplimentar el Rubro 9 – Representante del formulario PS.2.55, con los datos de la persona que efectuará la presentación ante ANSES y que deberá solicitar turno a través del 130 o la página web de ANSES.
Declaración Jurada (F.931) durante la Licencia por Maternidad.
Se recuerda que a partir del aplicativo SICOSS – versión 32 de AFIP, se incluyó dentro del F.931 el campo informativo “Remuneración Maternidad”, con lo cual las empresas a toda trabajadora en los meses en los que transcurre la “Licencia por Maternidad o Licencia por Maternidad Down” debe declarar en el campo “Remuneración Maternidad” de la DDJJ (F931), el monto correspondiente a la remuneración bruta que le corresponde percibir a la trabajadora por la cantidad de días que figure declarada dentro de cada mes con situación de revista “Licencia por Maternidad”.
Aumentos salariales durante la liencia
En el caso en que surgiera un incremento salarial que se otorgara con retroactividad a meses durante los cuales transcurrió la Licencia por Maternidad, la empresa debe rectificar la o las DDJJ correspondientes a los meses en que se encuentre comprendido el incremento salarial otorgado, consignando en el campo “Remuneración Maternidad” de la DDJJ (F931) la nueva remuneración que corresponda que perciba la trabajadora, a fin de que el sistema SUAF pueda liquidar las diferencias que correspondan.
Sumas no remunerativas
Para la ANSES, se entiende por “Remuneración Bruta” las sumas remunerativas y no remunerativas, siempre y cuando éstas últimas hayan sido establecidas por Convenios Colectivos de Trabajo y no hayan sido abonadas por el empleador.
Remuneración Variable
En el caso de remuneraciones variables (a destajo, producción, etc.) corresponde una suma de dinero que se obtiene del promedio de las remuneraciones correspondientes a los tres meses anteriores al inicio de la Licencia por Maternidad.
Por último se informa que si la empresa omitiera declarar el monto correspondiente en el campo “Remuneración Maternidad” de la DDJJ (F931), en cada mes que transcurra la licencia, la liquidación de la asignación familiar por maternidad se efectuará en base al promedio de las 3 remuneraciones anteriores al inicio de la respectiva licencia y si la trabajadora reclamara diferencias a su favor, la empresa en primer lugar deberá cumplir en declarar el campo “Remuneración Maternidad” en el o los formularios 931 de los meses que correspondan.
Fuentes consultadas: ANSeS
Anónimo dice
Hola ignacio no entiendo mucho lo de la licencia pero yo salia de licencia el 12 de Noviembre pero estuve con parte medico desde el 23 de octubre. Y me depositaron mi sueldo 30 de Noviembre un poco menos de la mitad que suelo cobrar ..que tengo q hacer a quien reclamar a anses o a mi empresa.
Hola ignacio como estas…. gracias por cont todo lo q se t consulta… mi hija nació con 37 semanas y mi licencia por maternidad empezaba el 22 de noviembre… osea nació antes… de la fecha probable de parto porq seria 40 semanas… quiero saber si modifica en algo? Tendría q volver a hacer el tramite? Y volver la fecha ya programada anteriormente a trabaajr? Soy jessica castaño
Hola como estas… t hago una consulta ya q veo q cont a todas y agradezco eso… saque mi licencia de maternidad 30 dias antes y 60 después. .. resulta q mi hija nació con 37 semana osea faltaron 3 semanas para q se cumpliera fecha probable de parto… q tengo q hacer en ese caso.. dejarlo como esta o ir de vuelta al ansses…. me corresponde reincorporarme la fecha pactada? Soy jessica castaño gracias
hola buen dia necesito URGENTE una respuesta .. estoy en la semana 33.5 y tengo contracciones leves me dieron certificado medico por 72 hs mi empleador me dice que como tengo certificado me tengo que tomar luego de esas 72 hs mi licencia por maternidad cuando anses me las dio para el 04 del 12.-
Buen dia ..quisera saber como hacer para trabajar hasta el ultimo dia de embarzo que quiero pasar mas tiempo con mi bebe ? porq segun anses solo puedo 30 /60 o 45/45.y no se con quien hablar?
Hla buen dia qria saber yo soy empleada d comercio y stoy embarazada trabajo 8 horas x dia d lunes a sabado mi licencia x maternidad cuando yo salgo to2 esos meses q ste con licencia tengo q cobrar el sueldo completo??? Osea yo voy a sacar 30dias pre parto y 60 dias post parto
Buenos días, tengo una empleada como servicio doméstico. Faltó unos días y cuando volvió resulta que tuvo un bebé (nunca avisó ni nadie se había dado cuenta). ¿Cómo se hace el trámite ante el ANSES? Veo que el Form. 2.75 se debería haber presentado previamente pero no obviamente no lo hizo.
Estimado, tengo una empleada doméstica en blanco y faltó unos días. Cuando apareció nuevamente había tenido un bebé. Nadie se había dado cuenta y no dijo nada porque tenía miedo de perder el trabajo. Cómo se hace para presentar el formulario 2.75 en el ANSES ya que este dice que tiene que ser previo a esta situación. Gracias
hola soy empleada domestica trabajando en blanco quisiera saber cuanto tarda anses en pagar la licencia porque yo tramite la licencia en junio y ya estoy de licencia y no me pagaron todavia y no se porque.
hola, estoy embarazada de 8 meses, por un problema en la solicitud no pude entregar mis papeles al anses para la licencia en mi trabajo, cuando pude arreglarlo no puedo entregarlos ya que el anses esta de paro desde entonces, y en pocas semanas tendria que entrar en la licencia por maternidad, la empresa para la que trabajo me esta pidiendo la entrega de los papeles pero yo aun no he podido por el paro, quisera saber porque estan apurados y si el anses se tiene que hacer cargo del total de mi sueldo o solo una parte. desde ya muchas gracias.
Hola Ignacio, veo que sabes bastante del tema. Mi situacion es que mi empleador actual esta por firmar una cesion de contrato con mi nuevo empleador (me van a efectivizar) yo ya hice el tramite en la anses pero este cambio implicaria un aumento de sueldo, durante la licencia (que empieza en dic) creo que me corresponde cobrar el nuevo sueldo no? como hago el tramite para avisar a la anses de este cambio de empleador y del cambio de remuneracion?
Hola Ignacio, veo que sabes bastante del tema. Mi situacion es que mi empleador actual esta por firmar una cesion de contrato con mi nuevo empleador (me van a efectivizar) yo ya hice el tramite en la anses pero este cambio implicaria un aumento de sueldo, durante la licencia (que empieza en dic) creo que me corresponde cobrar el nuevo sueldo no? como hago el tramite para avisar a la anses de este cambio de empleador y del cambio de remuneracion?
Hola, quisiera saber lo siguiente: En octubre de 2014 estaba embarazada de 5 meses y me dio el medico reposo absoluto por embarazo de riesgo, el 30 de enero comenzo a correr mi licencia por maternidad y el 24/04/2015 debía reintegrarme a mi trabajo pero el medico me dio licencia por cuatro meses ya que se me agravo mi situación de salud a causa del embarazo, antes del embarazo tenia una sola hernia de disco luego del embarazo se me herniaron dos discos mas. En septiembre envíe un telegrama optando por la compensación por tiempo de servicio. Me corresponde cobrarla? porque no me la quiere pagar la empresa?
Consulto. Perdí un embarazo a los 8 meses de gestación. Por lo tanto, luego de la recuperación médica de una cesárea me reincorporé al trabajo. Este mes el Anses me pagó la primer cuota de la licencia. Cuales son los pasos a seguir para dar de baja la licencia?
ignacio buen dia te consulto, el 18 de octubre entro en licencia de maternidad, ayer fui a mi sindicato me avisaron que tengo que acercarme en los meses de licencia a pagar mis aporte ahi. te consulto esto es asi? segundo cuando ingrese en licencia mi sueldo lo deposita anses en mi cuenta sueldo? si hay algun aumento o aguinaldo en ese periodo tambiem me lo pagan?