¿Qué es el libro de sueldo digital?
Según AFIP, es una nueva herramienta informática que permite a los empleadores cumplir distintas obligaciones en un único trámite, para generar el Libro de Sueldos y Jornales, – Hojas Móviles -, y la Declaración Jurada mensual (F.931).
Pero lo cierto, es que el Libro de Sueldos Digital, por el momento, no reemplaza a libro de sueldos rubricado del artículo 52 LCT, por lo tanto, el trámite de rúbrica sigue vigente en la modalidad que cada Provincia y la Ciudad de Buenos Aires utilizan.
El nuevo sistema ‘Libro Sueldos Digital’ compatibiliza el sistema de liquidación de haberes del contribuyente, a fin de utilizarlo como portador de los datos de entrada, junto con la información disponible en los servicios ‘Simplificación Registral’ y ‘Sistema Registral’, y a partir de ello, elabora el Libro de Sueldos y Jornales, previsto en el art. 52 de la Ley N° 20.744 y la Declaración Jurada mensual (F.931).
¿Cuáles son las novedades en la utilización de la nueva aplicación?
ANTES
Los contribuyentes debían cumplir con al menos 3 obligaciones:
- Liquidar los sueldos de sus empleados.
- Confeccionar el ‘Libro de sueldos y jornales’.
- Generar el F. 931 por aportes y contribuciones de la nómina salarial para presentar en AFIP.
Para ello, debían cargar los mismos datos de cada empleado, en plataformas o sistemas diferentes, generando así duplicidad de tareas con el consiguiente riesgo de incurrir en errores.
AHORA
El Sistema “Libro Sueldos Digital” sólo requiere del contribuyente, un único ingreso de datos, al llevar a cabo su liquidación de haberes. Ello, cumplida la tarea de parametrizar sus conceptos de pago con los del sistema universal de la AFIP, por única vez o ante cada incorporación de un nuevo concepto en su sistema de haberes.
A partir de allí, el nuevo Sistema captura las altas y bajas de Simplificación Registral, para generar las ‘Hojas móviles del Libro de Sueldos y Jornales’ y la ‘DDJJ F-931’.
Esquemáticamente:
¿Quiénes son los empleadores alcanzados?
Se ha definido implementar el nuevo sistema por etapas, incorporando paulatinamente empleadores por ramas de actividad y/o jurisdicciones. En virtud de ello, los obligados serán especialmente notificados a incorporarse al mismo, a través del domicilio fiscal electrónico.
Procedimiento de adhesión
Emisión de hojas móviles
Ingresar al servicio “Libro de Sueldos Digital”, y por única vez, dar de alta los conceptos de liquidación de sueldo, asociando los propios con los fijados por la AFIP.
Definir, por cada uno de esos conceptos, el/los subsistemas a los que esté obligado a realizar aportes y contribuciones.
Efectuar las liquidaciones de haberes por cada trabajador, del modo habitual, y cargar en el Sistema, la información de la liquidación de haberes y los datos necesarios para confeccionar la declaración jurada F.931. Una vez cumplidos estos pasos, se conformará las hojas del libro en borrador.
Revisar y confirmar los datos. Imprimir y/o enviar el archivo con las hojas del “Libro de Sueldos Digital” correspondientes, disponibles a través del servicio “Domicilio Fiscal Electrónico”, ajustándose a los requerimientos de la autoridad jurisdiccional en materia del trabajo.
Generación de la Declaración Jurada F.931
Ingresar al servicio “Libro de Sueldos Digital”, desde donde se habilitará el acceso al servicio “Declaración en Línea” para confeccionar la respectiva declaración jurada, siempre que se hubiera verificado la conformidad previa del libro de sueldos.
Presentación de la Declaración Jurada F.931 – Rectificativas
Para presentar las declaraciones juradas rectificativas (F.931) es necesario seguir los siguientes pasos:
- Ingresar al sistema “Libro Sueldos Digital” y acceder desde allí al sistema “Declaración en línea”.
- Aplicar la modalidad de confección de las declaraciones juradas utilizada oportunamente, es decir, “Sistema de Cálculo de obligaciones de la Seguridad Social – SICOSS” o “Declaración en línea”, según corresponda, por los períodos anteriores a la utilización del ‘Libro de Sueldos Digital’.
¿Cómo adherirse voluntariamente?
El empleador que no ha sido notificado en el domicilio fiscal electrónico de su obligación de utilizar este nuevo servicio y desee comenzar a utilizarlo voluntariamente podrá solicitarlo en la dependencia asignada mediante una multinota F.206 haciendo mención que la misma debe ser remitida a la Dirección de Operaciones con Instituciones con la Seguridad Social (DI OISS).
Luego de la evaluación pertinente recibirá una comunicación en su domicilio fiscal electrónico, indicando el período a partir del cual estará obligado a utilizar el sistema “Libro de Sueldos Digital”.
¿Cómo funciona el intercambio de información entre sistemas?
La unificación en un único trámite, supone que la información ingresada será validada en los distintos sistemas, evitando duplicidades e inconsistencias.
El empleador, al comenzar a utilizar el ‘Libro de Sueldos Digital’, deberá efectuar una parametrización. Esto significa, registrar todos los conceptos utilizados en la liquidación de haberes y asociarlos con los conceptos predefinidos por la AFIP, – grilla universal – indicando a qué subsistemas de la seguridad social se vincula cada uno.
Esta acción se realizará al utilizar por primera vez el sistema o cuando exista una modificación en los registros por la creación o baja de conceptos en la liquidación de sueldos y jornales.
A partir de ello, se tomarán los datos de cada liquidación de haberes efectuada, junto con los datos provenientes de los servicios Simplificación Registral y Sistema Registral.
Con ellos se conformará el ‘Libro de Sueldos Digital’, en borrador y definitivo, a partir del cual, podrá ser generada la Declaración Jurada F.931, mediante el servicio Declaración en Línea.
Ver guías temáticas del Libro de Sueldos Digital
Tutorial en video Primero pasos en el Libro de Sueldos Digital
Cómo parametrizar y cargar las liquidaciones del Libro de Sueldos Digital de AFIP paso a paso desde cero.
Planilla Excel
En el siguiente enlace pueden bajar la planilla Excel de Armado del TXT de liquidaciones del Libro sueldos que utilicé en el ejemplo del video:
Veronica dice
Buen día intento subir la liquidación y me arroja el error
Relacioné el Sepelio con el Renatre pero me dice lo siguiente:
El aporte de RENATEA calculado por AFIP en el periodo es de $:1.147,89 y Ud. informa $0,00
Gustavo Miguel dice
A mi me da el mismo error
Laura dice
Hola Verónica, tengo el mismo error, podrías decirme si lo solucionaste? y de que forma? gracias!
Leticia dice
Si estas en periodo de prueba aun no te deja presentar desde el libro de sueldos digital , es probable que te este pasando eso … por eso solo te deja ver el borrador.
adriana dice
Si Leticia si estas en prueba, no te lo deja presentar
Buenos días! generé el libro de sueldos y el 931 sin ningún inconveniente gracias a los excelentes tutoriales de esta página pero cuando miro el 931 me figura en borrador no sé si me falta un último paso…
Una vez que validaste la liquidación, ves el F931 en borrador y si esta todo ok, te da para aceptar y enviar el F 931. Te va a pedir que ingreses la clave de afip y alli se envia la decla.
LLegaste a poner nuevamente la clave de afip?
Buenos días, consulto, van a estar disponibles las planillas de excel que mostrás en el video (las dos hojas de color) que serían básicamente las que utilizás para el control antes de subir el libro? Gracias
Hola! cuando quiero entra a modificar la liquidación para poder revisar y enviar la ddjj se tilda con el relojito y se queda ahí! hace 3 días que me pasa esto, quería saber si esto le ha pasado a alguien , de afip no tengo solución, gracias
Buenas tardes, consulta estoy en el periodo de prueba si “acepto la liquidación” ¿ pasa algo ?. Cargue la primera quincena de Junio 2022 para probar y quiero cargar la segunda quincena, pero pongo agregar liquidación y me sale: “Ud. tiene una liquidación pendiente de aceptación. Debe cumplimentar ese procedimiento antes de ingresar una nueva liquidación.” Por lo que se ve tengo que aceptar la primer liquidación para poder agregar otra.
Pasa algo si lo hago ahora en el periodo de Prueba la acepto, se que luego del periodo de prueba una vez que se acepta ya esta.
Pasarias tu archivo excel con agregados? Vi tu video por youtube y es estupendo! Gracias
CUANDO SUBO EL LIQUIDACION.TXT, EL SISTEMA DEVUELVE ESTOS ERRORES Y NO SE COMO ARREGLARLO:
El tipo de Registro de la línea 2 es inválido:’02’
El tipo de Registro de la línea 16 es inválido:’03’
El tipo de Registro de la línea 25 es inválido:’03’
El tipo de Registro de la línea 38 es inválido:”
Buenas tardes, me sale exactamente el mismo error…pudiste solucionarlo? Muchas Gracias
Buenos días tengo el mismo error y no lo puedo solucionar, chequee todo y sigue pasando. pudieron solucionarlo? muchas gracias
hola! validado el libro de sueldos digital, intento generar el F931, lo veo, pero nunca me aparece la opción (el link en celeste) que dice, “aceptar y enviar”. Qué podrá ser?
A mi me pasa lo mismo, no sé como solucionarlo…
Hola tengo una consulta, para la actividad 097 (empleados rurales) cuando intento validar me tira el siguiente error: El aporte de RENATEA calculado por AFIP en el periodo es de $:1.062,14 y Ud. informa $0,00
Alguien sabe como hacer para cargar este aporte de RENATEA? Muchas gracias
hola…cuando valido la liquidacion me tira este solo error
Importe excedente aportes de seguridad social inválido
como se puede solucionar ?
aguardo respuesta
gracias
Hoal Ignacio. Estoy realziando uan rectificativa y em tiar este error cudno vy a validar “La base imponible 9 informada a nivel de nómina (150.000) difiere de la determinada (0,00) a partir de las liquidaciones de sueldo ingresadas.
Es un empeldo eventual todos lso numeros estan correctos y los conceptos y no puedo modificar. Sabes que s eteien que hacer. Gracias!
hola ignacio, estoy en el periodo de prueba, y tengo empleados con licencias, de matrimonio y paternidad, y me sale el error que la base imponible difiere de la declarada, como lo tengo que ingresar? desde ya espero tu respuesta. mil gracias
Hola, por favor, si alguien sabe a que se debe el siguiente error: El tipo de Registro de la línea 11 es inválido, se los agradezco de antemano, saludos
Eran los espacios. Tengo otra consulta Ignacio, para cargar diferencias de sueldo, ¿cuál es el código de afip? en la tabla de conceptos no lo veo ¿como se cargaría?
¡lo logre! valide mayo. Tanto leí y re leí, acá y en otros foros… Gracias por el aporte, espero respondan a los que tienen tantas dudas. Es complicado
con 1 empleado. ni pensar si me tocan con 78. Afip tiene todos los datos, debería ser más simple. Nuevamente gracias y buena suerte a todos.
En el reg 3, se debe hacer una hoja por cada empleado en caso de tener mas de 1 o los puedo cargar a todos en la misma? Excelente la explicacion en general, solo me quedo esa duda. Gracias!