¿Qué es el libro de sueldo digital?
Según AFIP, es una nueva herramienta informática que permite a los empleadores cumplir distintas obligaciones en un único trámite, para generar el Libro de Sueldos y Jornales, – Hojas Móviles -, y la Declaración Jurada mensual (F.931).
Pero lo cierto, es que el Libro de Sueldos Digital, por el momento, no reemplaza a libro de sueldos rubricado del artículo 52 LCT, por lo tanto, el trámite de rúbrica sigue vigente en la modalidad que cada Provincia y la Ciudad de Buenos Aires utilizan.
El nuevo sistema ‘Libro Sueldos Digital’ compatibiliza el sistema de liquidación de haberes del contribuyente, a fin de utilizarlo como portador de los datos de entrada, junto con la información disponible en los servicios ‘Simplificación Registral’ y ‘Sistema Registral’, y a partir de ello, elabora el Libro de Sueldos y Jornales, previsto en el art. 52 de la Ley N° 20.744 y la Declaración Jurada mensual (F.931).
¿Cuáles son las novedades en la utilización de la nueva aplicación?
ANTES
Los contribuyentes debían cumplir con al menos 3 obligaciones:
- Liquidar los sueldos de sus empleados.
- Confeccionar el ‘Libro de sueldos y jornales’.
- Generar el F. 931 por aportes y contribuciones de la nómina salarial para presentar en AFIP.
Para ello, debían cargar los mismos datos de cada empleado, en plataformas o sistemas diferentes, generando así duplicidad de tareas con el consiguiente riesgo de incurrir en errores.
AHORA
El Sistema “Libro Sueldos Digital” sólo requiere del contribuyente, un único ingreso de datos, al llevar a cabo su liquidación de haberes. Ello, cumplida la tarea de parametrizar sus conceptos de pago con los del sistema universal de la AFIP, por única vez o ante cada incorporación de un nuevo concepto en su sistema de haberes.
A partir de allí, el nuevo Sistema captura las altas y bajas de Simplificación Registral, para generar las ‘Hojas móviles del Libro de Sueldos y Jornales’ y la ‘DDJJ F-931’.
Esquemáticamente:
¿Quiénes son los empleadores alcanzados?
Se ha definido implementar el nuevo sistema por etapas, incorporando paulatinamente empleadores por ramas de actividad y/o jurisdicciones. En virtud de ello, los obligados serán especialmente notificados a incorporarse al mismo, a través del domicilio fiscal electrónico.
Procedimiento de adhesión
Emisión de hojas móviles
Ingresar al servicio “Libro de Sueldos Digital”, y por única vez, dar de alta los conceptos de liquidación de sueldo, asociando los propios con los fijados por la AFIP.
Definir, por cada uno de esos conceptos, el/los subsistemas a los que esté obligado a realizar aportes y contribuciones.
Efectuar las liquidaciones de haberes por cada trabajador, del modo habitual, y cargar en el Sistema, la información de la liquidación de haberes y los datos necesarios para confeccionar la declaración jurada F.931. Una vez cumplidos estos pasos, se conformará las hojas del libro en borrador.
Revisar y confirmar los datos. Imprimir y/o enviar el archivo con las hojas del “Libro de Sueldos Digital” correspondientes, disponibles a través del servicio “Domicilio Fiscal Electrónico”, ajustándose a los requerimientos de la autoridad jurisdiccional en materia del trabajo.
Generación de la Declaración Jurada F.931
Ingresar al servicio “Libro de Sueldos Digital”, desde donde se habilitará el acceso al servicio “Declaración en Línea” para confeccionar la respectiva declaración jurada, siempre que se hubiera verificado la conformidad previa del libro de sueldos.
Presentación de la Declaración Jurada F.931 – Rectificativas
Para presentar las declaraciones juradas rectificativas (F.931) es necesario seguir los siguientes pasos:
- Ingresar al sistema “Libro Sueldos Digital” y acceder desde allí al sistema “Declaración en línea”.
- Aplicar la modalidad de confección de las declaraciones juradas utilizada oportunamente, es decir, “Sistema de Cálculo de obligaciones de la Seguridad Social – SICOSS” o “Declaración en línea”, según corresponda, por los períodos anteriores a la utilización del ‘Libro de Sueldos Digital’.
¿Cómo adherirse voluntariamente?
El empleador que no ha sido notificado en el domicilio fiscal electrónico de su obligación de utilizar este nuevo servicio y desee comenzar a utilizarlo voluntariamente podrá solicitarlo en la dependencia asignada mediante una multinota F.206 haciendo mención que la misma debe ser remitida a la Dirección de Operaciones con Instituciones con la Seguridad Social (DI OISS).
Luego de la evaluación pertinente recibirá una comunicación en su domicilio fiscal electrónico, indicando el período a partir del cual estará obligado a utilizar el sistema “Libro de Sueldos Digital”.
¿Cómo funciona el intercambio de información entre sistemas?
La unificación en un único trámite, supone que la información ingresada será validada en los distintos sistemas, evitando duplicidades e inconsistencias.
El empleador, al comenzar a utilizar el ‘Libro de Sueldos Digital’, deberá efectuar una parametrización. Esto significa, registrar todos los conceptos utilizados en la liquidación de haberes y asociarlos con los conceptos predefinidos por la AFIP, – grilla universal – indicando a qué subsistemas de la seguridad social se vincula cada uno.
Esta acción se realizará al utilizar por primera vez el sistema o cuando exista una modificación en los registros por la creación o baja de conceptos en la liquidación de sueldos y jornales.
A partir de ello, se tomarán los datos de cada liquidación de haberes efectuada, junto con los datos provenientes de los servicios Simplificación Registral y Sistema Registral.
Con ellos se conformará el ‘Libro de Sueldos Digital’, en borrador y definitivo, a partir del cual, podrá ser generada la Declaración Jurada F.931, mediante el servicio Declaración en Línea.
Ver guías temáticas del Libro de Sueldos Digital
Tutorial en video Primero pasos en el Libro de Sueldos Digital
Cómo parametrizar y cargar las liquidaciones del Libro de Sueldos Digital de AFIP paso a paso desde cero.
Planilla Excel
En el siguiente enlace pueden bajar la planilla Excel de Armado del TXT de liquidaciones del Libro sueldos que utilicé en el ejemplo del video:
Clara dice
Hola Ignacio, muy bueno el tutorial! pero cuando genero el archivo txt me tira erro: “El tipo de Registro de la línea 76 es inválido”… y no encuentro ningún error en esa línea es igual a las demás… y estoy cargando 9 empleados.
Gracias!
graciela passanise dice
Hola. en nuestra liquidacion de sueldos colocan un items DESCUENTO DE PRESENTISMO , esto esta dentro del remunerativo lo debo asociar a DESCUENTOS ? No veo otra forma . Si me pueden orientar. gracias
Ariel dice
Para aplicar el descuento puedes usar el mismo concepto pero (-) siempre y cuando el descuento sea menor o igual al importe de presentismo que estas liquidando. Si el concepto esta identificado eln LSD como “premio por presentismo” o “adicional” debes si o si tener en la misma liquidación otro conceptos de “Adicional” (+) sobre el cual puedas aplicar el descuento.
Recuerda que el LSD trabaja con sistema de DEBITO Y CREDITO. No puedes aplicar DEBITO si no tiene un CREDITO sobre el cual aplicar . Si el caso fuera que ese concepto esta identificado como SUELDO en el LSD y tienes liquidado el concepto de sueldo en tu liquidacion, ahi vas a poder aplicar el DEBITO porque se aplican sobre el mismo tipo de dato (recuerda que el debito y credito se aplica sobre el mismo tipo de dato, en como lo hayas identificado en el LSD)
Martin dice
AYUDA!!
Buenas! Alguien sabría decirme cómo se hace para cargar el SAC, si es una nueva liquidación dentro del período o va junto a las de los salarios, porque al hacer una nueva liquidación siempre debo ingresar horas o días trabajados, y en una liquidación de SAC eso no corresponde, si lo dejo en cero luego me da error liquidación inválida., y si ingreso los días de ese mes se suman a los de la liquidación del sueldo básico.
María dice
Hola, al validar un recibo de sueldo con 3 dias de vacaciones gozadas me aparecen los siguientes errores.
La base imponible 1 informada a nivel de nomina (45.408,00) difiere de la determinada (41.074,20) a partir de las liquidaciones de sueldo ingresadas
La base imponible 4 informada a nivel de nomina (45.408,00) difiere de la determinada (41.074,20) a partir de las liquidaciones de sueldo ingresadas.
La base imponible 5 informada a nivel de nomina (45.408,00) difiere de la determinada (41.074,20) a partir de las liquidaciones de sueldo ingresadas.
Por que para aportes tengo que poner un importe menor en la parte de remuneraciones imponibles 1, 4 y 5 cuando tendria que aportarse sobre las horas trabajadas mas las vacaciones gozadas de esa quincena?
Gracias por la ayuda!!
Irene dice
No esta sumando en la base imponible el concepto que hayas utilizado para liquidar las vacaciones en el recibo, Tenes que modificar el concepto e indicarle que aporta para todas los subsistemas, de ese modo lo va a sumar a la base.
PATRICIA dice
Ignacio, buen dia:
Consulta:
ingrese en el libro digital una suma por devolucion de retenciones (el concepto esta bien utilizado ya que use uno que dice IMPORTE NO REMUN. ESPECIALES DE USO LIBRE) y por error al cargar el f.931 tome como remuneracion bruta ese importe.
ahora bien, necesito rectificar, y cuando intento me da diferentes errores:
************** La remuneración bruta informada (xxxxxxxx) a nivel de nómina difiere de la determinada (xxxxxxxxx) a partir de las liquidaciones de sueldo ingresadas.
me podrias indicar que debo hacer por favor? muchas gracias
Cecilia dice
Ignacio, hola. Tengo que presentar Junio 2022 DDJJ sin empleados, en Declaracion en Linea me dice que la presente desde Libro Sueldos Digital, genero periodo sin empleados y la presento desde ahi ? es correcto esto?
Muchas Gracias.
daniel paez dice
tengo un caso donde el empleado en el mes solo tiene liquidado 22 dias de vacaciones. (no tiene dias trabajados) es empleado de viña. cdo hago el archivo para exportar al lsd me dice que el empleado no tiene informado dias trabajados igual mensaje me informa la afip lsd , cuando quiero validar los datos. que se hace en ese caso.
Delfina dice
hola, si tengo empleados quincenales. Debo hacer una presentacion por liquidacion?
Y si en junio pago en dos liquidaciones (y dias ) diferentes el sac y el sueldo, debo hacer dos presentaciones?
Ricardo dice
Excelente video sobre LSD
Lisandro dice
Buenas tardes!
tengo empleados quincenales con jornada reducida. Para calcular la obra social aplico el 6% pero cuando
quiero validar los datos no me deja ya que me dice que tendria q usar el 3%.
como hago para ingresar el monto q corresponde?
Yanina dice
https://www.ignacioonline.com.ar/libro-de-sueldos-digital-como-cargar-la-obra-social-en-jornada-parcial/
marcela dice
tengo que hacer libro sueldos digital de una empresa de salud que tiene aportes al sipa , fne y ley 19032 pero las contribuciones solo al fne y ley 19032 sobre el salario de 2020 como los conceptos para que esto me de?
ANGELES dice
Buen día, quisiera hacer la carga del libro manual y según entendí, sólo puede hacerse si tenemos hasta 3 empleados? Muchas gracias.
Cristian Nadal dice
Puedo hacer el txt de carga de la liquidacion, de x ejemplo los 10 empleados que liquido. en un solo txt.?
Ignacio dice
si, se puede
Buen dia, en el mes de abril solicite prorroga a mayo, la cual vencio el 20/05, no me permite volver a solicitar prorroga el sistema, tengo que esperar a que se active la prorroga?
hola, es la primera vez que presento el LSD, prepare todo el txt pero al momento de subirlo me dice que el últio registro no puede estar en blanco (no tengo eventuales). y no me deja seguir adelante, probe de mil formas pero nada.
hola, fijate si no hay espacio demás en el txt
IGNACIO EN MI CASO, ME PASA QUE AL INTENTAR SUBIR LA LIQUIDACION ME TIRA ERROR DE AFIP ME DICE QUE NO ES TXT ANSI. YO CAMBIO A FORMATO ANSI, Y NO ME LO PERMITE IGUAL, SABES QUE ME PODRIA ESTAR PASANDO? YO USO HOLISTOR PARA LIQUIDAR SUELDOS, Y LA EXPORTACION DICE SER EXITOSA, PERO LLEGADO EL MOMENTO DE SUBIR A LA AFIP DICE ERROR
Hola Marianela, y que error te da?