¿Qué es el libro de sueldo digital?
Según AFIP, es una nueva herramienta informática que permite a los empleadores cumplir distintas obligaciones en un único trámite, para generar el Libro de Sueldos y Jornales, – Hojas Móviles -, y la Declaración Jurada mensual (F.931).
Pero lo cierto, es que el Libro de Sueldos Digital, por el momento, no reemplaza a libro de sueldos rubricado del artículo 52 LCT, por lo tanto, el trámite de rúbrica sigue vigente en la modalidad que cada Provincia y la Ciudad de Buenos Aires utilizan.
El nuevo sistema ‘Libro Sueldos Digital’ compatibiliza el sistema de liquidación de haberes del contribuyente, a fin de utilizarlo como portador de los datos de entrada, junto con la información disponible en los servicios ‘Simplificación Registral’ y ‘Sistema Registral’, y a partir de ello, elabora el Libro de Sueldos y Jornales, previsto en el art. 52 de la Ley N° 20.744 y la Declaración Jurada mensual (F.931).
¿Cuáles son las novedades en la utilización de la nueva aplicación?
ANTES
Los contribuyentes debían cumplir con al menos 3 obligaciones:
- Liquidar los sueldos de sus empleados.
- Confeccionar el ‘Libro de sueldos y jornales’.
- Generar el F. 931 por aportes y contribuciones de la nómina salarial para presentar en AFIP.
Para ello, debían cargar los mismos datos de cada empleado, en plataformas o sistemas diferentes, generando así duplicidad de tareas con el consiguiente riesgo de incurrir en errores.
AHORA
El Sistema “Libro Sueldos Digital” sólo requiere del contribuyente, un único ingreso de datos, al llevar a cabo su liquidación de haberes. Ello, cumplida la tarea de parametrizar sus conceptos de pago con los del sistema universal de la AFIP, por única vez o ante cada incorporación de un nuevo concepto en su sistema de haberes.
A partir de allí, el nuevo Sistema captura las altas y bajas de Simplificación Registral, para generar las ‘Hojas móviles del Libro de Sueldos y Jornales’ y la ‘DDJJ F-931’.
Esquemáticamente:
¿Quiénes son los empleadores alcanzados?
Se ha definido implementar el nuevo sistema por etapas, incorporando paulatinamente empleadores por ramas de actividad y/o jurisdicciones. En virtud de ello, los obligados serán especialmente notificados a incorporarse al mismo, a través del domicilio fiscal electrónico.
Procedimiento de adhesión
Emisión de hojas móviles
Ingresar al servicio “Libro de Sueldos Digital”, y por única vez, dar de alta los conceptos de liquidación de sueldo, asociando los propios con los fijados por la AFIP.
Definir, por cada uno de esos conceptos, el/los subsistemas a los que esté obligado a realizar aportes y contribuciones.
Efectuar las liquidaciones de haberes por cada trabajador, del modo habitual, y cargar en el Sistema, la información de la liquidación de haberes y los datos necesarios para confeccionar la declaración jurada F.931. Una vez cumplidos estos pasos, se conformará las hojas del libro en borrador.
Revisar y confirmar los datos. Imprimir y/o enviar el archivo con las hojas del “Libro de Sueldos Digital” correspondientes, disponibles a través del servicio “Domicilio Fiscal Electrónico”, ajustándose a los requerimientos de la autoridad jurisdiccional en materia del trabajo.
Generación de la Declaración Jurada F.931
Ingresar al servicio “Libro de Sueldos Digital”, desde donde se habilitará el acceso al servicio “Declaración en Línea” para confeccionar la respectiva declaración jurada, siempre que se hubiera verificado la conformidad previa del libro de sueldos.
Presentación de la Declaración Jurada F.931 – Rectificativas
Para presentar las declaraciones juradas rectificativas (F.931) es necesario seguir los siguientes pasos:
- Ingresar al sistema “Libro Sueldos Digital” y acceder desde allí al sistema “Declaración en línea”.
- Aplicar la modalidad de confección de las declaraciones juradas utilizada oportunamente, es decir, “Sistema de Cálculo de obligaciones de la Seguridad Social – SICOSS” o “Declaración en línea”, según corresponda, por los períodos anteriores a la utilización del ‘Libro de Sueldos Digital’.
¿Cómo adherirse voluntariamente?
El empleador que no ha sido notificado en el domicilio fiscal electrónico de su obligación de utilizar este nuevo servicio y desee comenzar a utilizarlo voluntariamente podrá solicitarlo en la dependencia asignada mediante una multinota F.206 haciendo mención que la misma debe ser remitida a la Dirección de Operaciones con Instituciones con la Seguridad Social (DI OISS).
Luego de la evaluación pertinente recibirá una comunicación en su domicilio fiscal electrónico, indicando el período a partir del cual estará obligado a utilizar el sistema “Libro de Sueldos Digital”.
¿Cómo funciona el intercambio de información entre sistemas?
La unificación en un único trámite, supone que la información ingresada será validada en los distintos sistemas, evitando duplicidades e inconsistencias.
El empleador, al comenzar a utilizar el ‘Libro de Sueldos Digital’, deberá efectuar una parametrización. Esto significa, registrar todos los conceptos utilizados en la liquidación de haberes y asociarlos con los conceptos predefinidos por la AFIP, – grilla universal – indicando a qué subsistemas de la seguridad social se vincula cada uno.
Esta acción se realizará al utilizar por primera vez el sistema o cuando exista una modificación en los registros por la creación o baja de conceptos en la liquidación de sueldos y jornales.
A partir de ello, se tomarán los datos de cada liquidación de haberes efectuada, junto con los datos provenientes de los servicios Simplificación Registral y Sistema Registral.
Con ellos se conformará el ‘Libro de Sueldos Digital’, en borrador y definitivo, a partir del cual, podrá ser generada la Declaración Jurada F.931, mediante el servicio Declaración en Línea.
Ver guías temáticas del Libro de Sueldos Digital
Tutorial en video Primero pasos en el Libro de Sueldos Digital
Cómo parametrizar y cargar las liquidaciones del Libro de Sueldos Digital de AFIP paso a paso desde cero.
Planilla Excel
En el siguiente enlace pueden bajar la planilla Excel de Armado del TXT de liquidaciones del Libro sueldos que utilicé en el ejemplo del video:
Fabiana dice
Hola como estas?
Tengo error en el siguiente caso.
Liquido mensuales en una empresa textil, donde el Director Presidente de la SA cobra por recibo de sueldos, con lo cual solo se le retiene el 3% por OS. (Paga Autonomos por separado).
Cuando cargo por mensuales me sale incompatible como sueldo bruto, y si lo ingreso como no remunerativo en las base impo 1 -2-3-5 las debo dejar en cero pero lo saca como error.
El sistema lo valida pero no puedo generar el 931. (aclaro que igual cargo las bases impo 4-8- y 9 )
No me doy cuenta donde esta el error. El resto de los mensuales salen perfecto. Y los quincenales tambien salen bien.
Desde ya muchas gracias.
Marina dice
Hola, buenas tardes. Una consulta, porque la Asignación Estimulo de una Pasantía no aparece en el Libro de Sueldos Digital? Está cargada en la nómina y es sumada en el F.931.
El código utilizado está dentro de los códigos de Conceptos Remunerativos como lo solicita la AFIP.
Gracias.
LUCAS dice
ESTOY EN LA MISMA
Eva dice
Hola, una pregunta como se carga de Comercio la Suma no Remunerativa para que calcule solo la Obra Social, Sindicato, Faecys y ART ?
Con que codigo puede ser
Ignacio dice
lo explico en este video Eva https://www.youtube.com/watch?v=fla_qvrTOmU
Buenas tardes, mi consulta es por el sueldo del director, cuando estoy por aceptar la liquidación, me aparece lo siguiente.
La cantidad de empleados con liquidación de sueldos no permite cumplir con el requisito de control de base 2021 relacionado con el Decreto 551/2021.
Recuerde que si esta condición se mantiene al finalizar el ingreso de todas sus liquidaciones, no podrá generar el F931.
Alguien me puede ayudar, Gracias!
Es un error que ya se solucionó, intentá nuevamente
hola para poder cargar a los empleados del portal empleo tenes algun ejemplo
PARA SANIDAD PODRIAS DAR ALGUN EJEMPLO, GRACIAS
Hola estoy teniendo problemas para cargar libro sueldo digital de una empresa agraria. Al cargar el concepto Renatrae 18006, luego debo informar en el reg 3 e lvalor para que la afip me lo valide. La DDJJ me sale bien pero el libro sueldo digital me lo agrega como un descuento al empleado cuando no es asi, ya que es una contribucion. Como debo cargarlo para que no ocurra eso en el libro sueldo digital
Desde ya muchas gracias
Hola Ignacio, Tengo una empresa con codigo de actividad 97 por lo cual tiene una contribucion Renatre. Parametrize el concepto bajo 81006 como dice la afip. Luego me pide que agregue en reg 3 la linea pero me aparece como deduccion en el libro sueldo cuando no deberia figurar. La DDJJ es correcta pero el libro sueldo es incorrecto. Sabes como se debe cargar el Renatre para que no figure como descuento en el libro sueldo?
Desde ya muchas gracias por tu ayuda
Hola Ignacio, Como se informa el Renatre en los libros sueldos? Se carga un concepto mas de deducion con el codigo 810006?
Muchas gracias
Hola Ignacio, como estas? Te hago una consulta por un error que no logro resolver. Se trata de un socio administrador titular de una SAS. Tiene un sueldo mensual pero en el recibo no tiene aportes (Paga autónomos y prepaga por su cuenta).
El alta temprana está dada con codigo 099 en modalidad de contrato, convenio 9999/99 (Excluido de convenio) aunque tiene marcado SIPA si y en obra social registrada la prepaga que paga. Al validar la carga del primer mes de libro de sueldos digital (período septiembre) da un error informando que el libro digital calcula el 3% de la obra social mientras que los datos del recibo cargados informan $0. Sabes si hay alguna forma de solucionarlo? Muchas gracias de antemano
Me parece el código en el LSD, tiene que ser 099
Buenas tardes Ignacio: tengo el caso de una liquidacion puramente constituida de un concepto no remunerativo. Concretamente un ajuste de sueldo abonado a traves de un concepto no remunerativo (o no sujeto a retencion, como prefieran) cargo el archivo, inicio el proceso de validacion y me indica como “VALIDA” pero al intentar generar el F931 borrador, me muestra el error “El valor de las bases 1, 2, 3, 4, 5 y 8 deben ser mayores a cero” ???? es como si AFIP esperara una retencion de un concepto no sujeto a retencion. Y lo mas llamativo es que la valida perfectamente. No sé que hacer. Gracias
Hola! Queria consultarte sobre la carga de un director, ya que me tira que ponga un determinado importe en la rem 1,4 y 5 la cual no se de donde se determina dicho monto. Quisiera saber que concepto debo utilizar o como parametrizarlos, o alguna solucion para poder cargarlo correctamente. Gracias
31Hola Camila, es la remuneración que se le paga al Director, es igual que en el F931
Hola!
Sigue con el error 0% Generando PDF y enviando…
que manera de perder tiempo!!!!!
Buen dia alguien sabe por que no genera afip el Libro de sueldos
Buen día, Ignacio. Gracias por todos tus explicaciones.
Te consulto si tuviste un caso así: estoy liquidando sueldo de Indemnización y necesito utilizar el Concepto SAC Proporcional. (120003). Al generar el TXT indico:
– cantidad de días. (75)
– unidades (D)
Sin embargo, la aplicación falla indicando: “Verificar el campo CANTIDAD del SAC PROPORCIONAL”.
Sabés cuál puede ser el error? Gracias.