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Comienza el libro de IVA Digital. ¿Quiénes y cómo deben presentarlo? Reemplazo del Régimen de Compras y Ventas. ¿Qué es el IVA Simplificado?
Seguramente muchos de ustedes recibieron la notificación en el Domicilio Fiscal Electrónico en AFIP sobre la implementación del Libro de IVA Digital desde Junio 2020.
Se trata de la primera etapa de implementación que concluirá en octubre próximo.
Junto con el Libro de IVA Digital, también se implementa la “Declaración Jurada de IVA Simplificada“, ambos servicios están dentro del nuevo “Portal IVA” en la web de AFIP.
A continuación un breve informe sobre que es es el Portal IVA, el Libro de IVA Digital y el IVA Simplificado, quienes son los obligados, el procedimiento para presentar cada declaración y el cronograma de implementación.
¿Qué es el Libro de IVA Digital?
Se trata de un régimen de registración electrónica de operaciones de venta, compra, cesiones, exportaciones e importaciones definitivas de bienes y servicios, locaciones y prestaciones, creado por la RG 4597 de AFIP.
Está aplicación en la web de AFIP reemplaza al Régimen de Información de Compras y Ventas. De hecho, la carga de datos es similar, con la diferencia que todo se puede hacer una misma pantalla, y no cargar por un lado en comprobante por un lado y la alícuota por el otro.
La ventaja, es que ahora trae los comprobantes que están en la base de datos de AFIP y permite cargar de manera masiva los comprobantes faltantes.
Para carga masiva desde archivo, se hace con los mismos archivos que se cargan en el CITI Compras Ventas (Comprobantes y Alícuotas).
No reemplaza a la Declaración jurada de IVA
La declaración jurada se sigue presentando como siempre, por “Mis Aplicaciones Web” Formulario “F2002 – IVA por Actividad” o el aplicativo SIAP IVA Formulario F. 731 y F. 810.
“IVA listo”
A las dos opciones mencionadas, ahora se agrega una tercera opción, el “IVA Simplificado,” con el que podrán presentar la declaración jurada mensual IVA de manera simplificada, los contribuyentes obligados a registrar sus operaciones a través del “Libro de IVA Digital”.
Al IVA Simplificado, también se accede a través de la web de AFIP ingresando al servicio con clave fiscal “Portal IVA”.
Actualmente, quienes cuenten con más de una actividad declarada no podrán acceder al IVA simplificado.
¡Importante!: Si tenés pagos a cuenta, para incluirlos en tu declaración jurada de IVA, temporalmente tendrás que seguir utilizando el servicio “Mis Aplicaciones Web” Formulario “F2002 – IVA por Actividad” o el aplicativo SIAP IVA Formulario F. 731 y F. 810.
Pero, volvamos al Libro de IVA Digital…
¿Quienes deben usar Libro de IVA Digital?
Sujetos obligados
Los siguientes sujetos están obligados a registrar electrónicamente sus operaciones a través del “Libro de IVA Digital”:
- Responsables inscriptos en el IVA.
- Sujetos exentos en el IVA.
Incorporación por etapas
La registración electrónica será obligatoria a partir del mes en que se adquiera la condición de responsable inscripto o exento en el impuesto al valor agregado o, en su caso, desde la fecha que corresponda según la normativa.
Primera etapa
Los Contribuyentes obligados a presentar el Régimen de Información de Compras y Ventas con anterioridad al 1 de octubre de 2019.
Para esos casos, se tendrá en cuenta el monto de operaciones de ventas del año 2018 conforme al siguiente cronograma.
Operaciones de ventas (gravadas, exentas y no gravadas) del año 2018: | Período fiscal devengado: |
Iguales o inferiores a $ 500.000 | A partir de Junio 2020 |
Superiores a $ 500.000 e inferiores o iguales a $ 2.000.000 | A partir de Julio 2020 |
Superiores a $ 2.000.000 | A partir de Agosto 2020 |
En estos días, están llegando al Domicilio Fiscal Electrónico (DFE) las comunicaciones por parte de AFIP a los obligados desde Junio 2020.
Segunda etapa
? Septiembre 2020: Se incorpora el resto de los Responsables Inscriptos en IVA.
? Octubre 2020: Se incorporan los sujetos exentos en IVA
Adhesión opcional anticipada
También es posible realizar la adhesión anticipada, para eso se deberá acceder con clave fiscal al servicio “Sistema Registral”, menú “Registros Especiales”, opción “Características y Registros Especiales”, “Caracterización” y seleccionar la caracterización “441 – Registración de Operaciones – Libro de IVA Digital”.
Una vez ejercida la opción, el contribuyente estará obligado a la registración electrónica de las operaciones a través de la generación y presentación del “Libro de IVA Digital”.
Caracterización 441 y Caracterización 442
En el sistema registral se van a encontrar con dos caracterizaciones diferentes según la situación de cada contribuyente:
Caracterización 441: Quienes entraron al Libro de IVA Digital por cronograma (desde Junio 2020) o porque realizaron la adhesión anticipada (desde marzo 2020).
Sólo tienen, por ahora, la opción de presentar Libro de IVA Digital y la DDJJ de IVA por F 2002, F 731 y F 810 según corresponda.
Caracterización 442: Quienes ingresaron al Libro de IVA Digital por notificación selectiva por parte de AFIP desde octubre 2019.
Tienen la opción de presentar Libro de IVA Digital Simplificado y la DDJJ de IVA por IVA Listo ó F 2002, F 731 y F 810 según corresponda.
Sujetos exceptuados
Los siguientes sujetos no están obligados a registrar electrónicamente sus operaciones a través del “Libro de IVA Digital”:
❎ Monotributistas.
❎ Quienes presten servicios personales domésticos.
❎ Directores de sociedades anónimas, síndicos, integrantes del consejo de vigilancia, socios gerentes de sociedades de responsabilidad limitada, socios administradores de sociedades en comandita simple y comandita por acciones, fideicomisarios y consejeros de sociedades cooperativas; únicamente por los honorarios o retribuciones que perciban por el desarrollo de las tareas indicadas y en tanto suscriban el correspondiente recibo expedido por la sociedad.
❎ Las reparticiones centralizadas, descentralizadas o autárquicas del Estado Nacional, Provincial, Municipal o del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que no fueren empresas y/o entidades -pertenecientes, total o parcialmente, a dichos Estados.
❎ Instituciones religiosas, asociaciones, fundaciones y entidades civiles de asistencia social, salud pública, caridad, beneficencia, educación e instrucción, científicas, literarias, artísticas, gremiales y las de cultura física o intelectual, entidades mutualistas, asociaciones deportivas y de cultura física.
Cómo realizar la declaración jurada y presentación del “Libro de IVA digital”
Se debe ingresar a la web de AFIP con clave fiscal e ingresar al servicio “Portal IVA”:
En el servicio PORTAL IVA se podrá acceder a los comprobantes emitidos y recibidos que se encuentren en la base de datos de AFIP.
Se podrán realizar los ajustes, modificaciones, incorporaciones y/o eliminación de aquellos datos y/o comprobantes que se consideren omitidos y/o erróneos.
Ajustes al crédito y débito fiscal
Además, se podrán ingresar los ajustes al crédito y débito fiscal que se consideren necesarios:
Ajustes al crédito Fiscal
- Crédito Fiscal por Contribuciones a la Seguridad Social
- Crédito Fiscal por Otros Conceptos
Ajustes al débito Fiscal
- Ajuste del Débito Fiscal por Perfeccionamiento del Hecho Imponible
- Débito Fiscal por Otros Conceptos
- Restitución de Crédito Fiscal por Compras de Bienes Usados a Consumidores Finales
- Restitución de Crédito Fiscal por Otros Conceptos
Generación y presentación de Libro IVA Digital
Una vez completada la información de los comprobantes emitidos (IVA Ventas) y recibidos (IVA Compras) y las adecuaciones realizadas, en caso de corresponder, se deberán registrar las operaciones por sistema, para generar y presentar el libro de IVA digital.
Una vez generada la vista previa, se puede descargar, eliminar o presentar.
Ya realizada la presentación, el sistema emitirá un acuse de recibo como constancia de la información presentada. La obligación de registración de las operaciones quedará cumplida con la generación y presentación del libro de IVA digital.
Importante:la información de los comprobantes emitidos y recibidos que se encuentran en las bases de datos no implicará reconocimiento alguno respecto de la veracidad de las operaciones ni de la exactitud del débito fiscal liquidado ni de la exactitud, legitimidad y/o procedencia del crédito fiscal que se compute en la respectiva declaración jurada por parte del fisco.
Declaraciones Juradas rectificativas del IVA
Antes de realizar la presentación de una declaración jurada rectificativa del IVA que modifique alguno de los valores que constituyen el saldo técnico, se deberá rectificar el libro de IVA digital generado y presentado para el mismo período.
Periodicidad y vencimiento
La registración electrónica de las operaciones será por mes calendario y la presentación del “Libro de IVA Digital” deberá realizarse hasta el día de vencimiento fijado para la presentación de la declaración jurada determinativa del Impuesto al Valor Agregado.
Vencimiento Junio 2020 Iva y Libro de IVA Digital
Terminación de CUIT | Fecha de vencimiento |
---|---|
0-1 | 20/07/2020 |
2-3 | 21/07/2020 |
4-5 | 22/07/2020 |
6-7 | 23/07/2020 |
8-9 | 24/07/2020 |
Cuando se trate de sujetos exentos en el mencionado impuesto, la registración y presentación del “Libro de IVA Digital” deberá efectuarse dentro de los primeros 15 días corridos del mes inmediato siguiente a aquél en el cual se haya producido la emisión o recepción de los comprobantes respectivos.
Presentación sin movimiento
IMPORTANTE: La obligación de registrar y presentar el “Libro de IVA Digital” deberá cumplirse aun cuando no se hubieran efectuado operaciones. En este último supuesto, se informará a través del sistema la novedad “sin movimiento”.
La presentación del “Libro de IVA Digital” de los períodos sucesivos sólo podrá efectuarse si previamente se generó el “Libro de IVA Digital” del período anterior.
Más información: resolución general 4597 AFIP
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Dos herramientas para facilitar la carga del Libro de IVA Digital
Verónica dice
Hola, estoy desde el otro día intentando y me queda en blanco la página igual que a Uds. (en https://siapweb.cloud.afip.gob.ar/iva/) . Lo del formato la verdad no lo sé porque iba a probar de subirlo, pero si ni la página anda… Espero que no les genere esto problemas a los contribuyentes.. Saludos,
LORENA dice
Hola Verónica tengo el mismo problema que vos con 3 clientes distintos y que fueron notificados que desde junio deben presentar libro digital.
Hace una semana estoy lidiando con ese tema y la página queda en proceso y no habilita el libro digital. Hay otros contribuyentes que vengo presentando hace tiempo sin problemas; solo ocurre con los nuevos!!…
¿Alguien pudo solucionarlo?
Saludos.-
sebastian dice
Hola Lorena..pasa lo mismo que vos..solo que con contribuyente que tiene que presentar en 06-2020 me abrio el portal de iva pero dentro de la solapa me da la opción de presentar la DJ f2002, es decir, esta el boton que te lleva a mis aplicativo web..y no me figura para la carga del libro iva digital, a alguien le paso lo mismo?
Laura dice
Hola! a mí me pasó lo mismo, pero como habia presentado ya el mes pasado por f2002, presenté en cero….espero esté bien, no me sale como rectificada. Entonces a partir de ahi pude cargar el mes julio,
Sofia dice
En la vista previa no me muestra ni el débito ni el crédito correspondiente a la alícuota de 10,5%, pero si me los muestra dentro de cada libro. A alguien mas le paso? Lo pudieron solucionar?
Emanuel dice
Sofia, recién veo tu comentario, quizá ya lo solucionaste, pero si no deberías eliminar el comprobante y cargarlo manualmente. Luego, verás que en la vista previa se ha cargado correctamente. Afip, debería solucionar esto cuanto antes.-
Saludos.-
Agustina dice
Hola, no hace falta eliminarlo, entras al comprobante y modificas los importes, te situas en la alicuota 10,5 % y tipeas el monto o borras el ultimo numero y lo volves a poner y te levanta el monto del iva solo.
Mar dice
Hola ignacio ! donde cargo el SAF disponibilidad del periodo anterior en el libro iva digital ? Gracias
Ignacio dice
No se carga
alguien sabe donde se carga el saldo técnico anterior en el libro iva? o solo se carga en el f2002?
No se carga en el libro de iva
Hola!! a alguien le pasó encontrar habilitada automáticamente la opción de Portal IVA sin haber recibido la notificación?? Me pasó con un contribuyente que por su facturación debería arrancar en septiembre. Cuando entro al libro iva digital me aparece que tengo que presentarlo desde el 10/2019.
Gracias!!
hola Nancy, me paso eso que mencionas, el contribuyente tiene habilitada la opción de Portal IVA, me dice que le vence la presentación el 24/7 y no recibió la notificación en el DFE. De echo le hice la presentación del mes por el régimen informativo compra-venta, presenté la DDJJ de iva y ya la pagó. En este caso aconsejan hacer también la presentación del libro iva digital? Saludos.
hola, buenas noches! contribuyente tiene operaciones gravadas y exentas. En Citi, marcaba opción no prorratea credito fiscal computable. En Libro Iva Digital, elegí la primera opción, prorrateo directo (incongruencia porque si lo afecto directamente no lo prorrateo) pero es lo que pude, las otras opciones eran peor. Cuando veo el borrador para presentar. Aparece en crédito fiscal el iva de la factura. Pero abajo de todo,aparece CREDITO FISCAL COMPUTABLE, pero con el casillero vacío. No lo arrastró. Y no permite editarlo. Alguna sugerencia?
Me pasa lo mismo!!!!!!!!!!!!!!!!!! Tengo un cliente que tiene 3 actividades: arquitecto, empresa unipersonal y alquileres. Y cuando hago el libro de iva digital me pone iva computable cero cuando corresponde el 100% porque en la actividad de construcción no vendió ninguna unidad y debe tomarse el iva cuando las venda!!!!!!!!!!!!
Me pasa lo mismo. Una de las actividades que realiza (tiene otras) esta exenta (arrendamiento rural) entonces elegí prorrateo con asignación directa. En IVA CREDITO veo bien el iva de las facturas pero abajo de todo en CREDITO FISCAL COMPUTABLE esta en 0 . Encontraste alguna solución??
Similar… Importa los comprobantes de compra desde afip y necesito prorratear la compra de un vehículo que según artículo 13 tiene un tope de $20,000.
El IVA computable serian $4200… Pero sistema de toma la factura por el total.
No sé como diferenciarlo…
Alguien que me ayude?
Buenas tardes,
El formato del txt para importar las compras y las ventas es igual que el de la RG 3685? EN caso negativo, de donde puedo obtener el excel para generar el txt correcto?
Gracias
tengo entendido que no es el mismo formato.
Si alguien sabe donde conseguir el excel también estoy interesada.
Gracias!
Hola! si estan trbajando con Holistor en la parte de emisiones esta libro digital, y lo bajan en excel,.
Saludos Celeste
quisimos utilizar el excel de Holistor y nos tira un error en el tipo de cambio. Alguien pudo solucionarlo?
HOLA EN EL CASO DE TRANSPORTISTAS DONDE SE CARGA los Pagos a Cuenta Artículo a continuación del
art 15 – Ley 23966, donde se cargan ahora con el libro iva digital
Tengo la misma duda….
Ignacio te hago una pregunta, hay establecido algun formato para la importacion de los comprobantes ? Gracias
Si, son los formatos de archivos para el Libro de IVA DIgital son los mismos que los formatos para el Régimen de Información de Compras Y Ventas CITI
Hola , cómo estás? Tengo un problema, con esto tengo FAC a computar como crédito fiscal que son de enero y me dice el sistema que están fuera del rango de fecha… saben si hay una limitación en el computo de estos comprobantes de meses anteriores?
Buenos días, estoy teniendo el mismo error y el mes pasado lo tuve que cargar a mano. Como lo pudiste solucionar??
Gracias!!!
Saludos!!!
En realidad no son los mismos. A mí me los rebotó. Sería bueno que la afip diga que fue lo que modificó porque los del CITI no sirven
si el contribuyente tiene màs de 1 actividad se debe usar el Libro de Iva digital ???
si, es independiente de las actividades
Me sumo a la duda de Sergio Gopinger.Estuve probando desde el 10 y aun no carga la pagina.Es un problema general?
BUENOS DIAS, DADO QUE EL LINDO PORTAL QUE HABILITO AFIP. PROPONGO, GENERARLES LOS LIBROS IVA COMPRA Y VENTAS TANTO POR CITI O POR NUESTROS SISTEMAS CONTABLES MANDARSELOS POR PRESENTACIONES DIGITALES CON ADJUNTO DE ARCHIVOS PDF. DAR POR CUMPLIDA LA OBLIGACION DE PRESENTARLOS, ESTABLECER UN MODELO DE NOTA UNIFORME PARA TODO EL PAIS, Y QUE PONGAN A TODOS LOS INSPECTORES A CARGAR LOS LIBROS DE TODA LA MASA DE CONTRIBUYENTES. CREO QUE SI NOS EMPEZAMOS A PONER DE ACUERDO ENTRE TODOS NOS VAN A DEJAR DE PISOTEAR
Me parece excelente tu propuesta. Eso mismo deberían promover los Consejos Profesionales. Pero hay que tener h.–v-s para eso. Es más fácil recaudar y hacer la plancha.
Te deja habilitar el servicio PORTAL IVA, pero luego no lo carga para su utilización,
hoy 10/07/2020 a días del vencimiento no podemos trabajar ordenadamente,
un circo…. y nos siguen llenando la mochila de sistemas inoperables (y después nos dicen que hay que ahorrar en contadores, verdad?).
No da para probar los sistemas antes de intimar a usarlos?.
Diego, totalmente de acuerdo, y en medio de las presentaciones de ganancias y bienes personales…de terror…
Hasta el momento no puedo ingresar al libro IVA Digital. El sistema de queda en “siapweb.cloud.afip.gob.ar” Alguien sabe si es un problema técnico generalizado ?? Gracias
me pasa igual
Ami tmb me pasa lo mismo
Hola tengo el mismo problema. No puedo ingresar. Pudiste solucionarlo?
Hola colegas, acabo de verificar el correo en sistema registral y automáticamente se carga el servicio.
No se so es casualidad o que pero pude entrar.
Saludos!
Hola!! ami desde el viernes me pasa lo mismo, no se como resolverlo
aun hoy sigue el mismo error.
no puedo ingresar.
desde el 8 /jul intento entrar y hoy lunes 17/7 me sigue pasando lo mismo que a vos…se queda pensando… asimismo a pesar de tener ventas mayores de 500.000 y que no me llegó el correo electronicamente como dicen que debe llegar, al querer presentar el citi ventas compras, me salió la leyenda que desde este mes (junio/2020) debo presentar el Libro IVA Digital, dí de alta el Portal IVA y cuando entro, se queda colgado
Buen día, me paso exactamente lo mismo, todavía hoy, 21/07, no puedo ingresar al portal?
Alguien pudo solucionar este error?
Gracias
Desde hace mas de una semana no puedo ingresar al servicio Portal IVA, que raro que algo funcione adecuadamente en la web de afip, justo cuando hay obligación de hacerlo de esa manera….Harto ya de este tomada de pelo por parte de Afip, harto, harto….
Alguien logro trabajar con el sistema de AFIP? Es increible con el viejo sistema ya estarian listas las cosas y con lo nuevo no va para ningun lado. Porque la AFIP sigue mudando cosas en linea cuando no tienen la capacidad para hacerlo? Quien se hace cargo de las multas e intimaciones por no poder presentar las cosas?
no funciona!! se queda colgado. y esto vence mañana una c”ca
Gracias siempre muy clara tus exposiciones.