Ley 15.311 El texto completo de la Ley Impositiva: cuánto aumentan los impuestos en la provincia de Buenos Aires.
Se aprobó la Ley Impositiva de la Provincia de Buenos Aires, la cual prevé un aumento de los impuestos patrimoniales del 35% promedio para la mayoría de los contribuyentes.
La Ley Impositiva impone topes de crecimiento progresivos y los montos de Ingresos Brutos no sufrirán cambios en el régimen de alícuotas.
Asimismo, en IIBB mantiene el esquema tributario vigente, de entre el 5%, 3,5%, 1,5% ó 0,75% según el rubro.
Además, la Ley Impositiva 2022 prevé una eximición por 12 meses a nuevos contribuyentes que se encuentren dentro de la categoría “A” del Régimen Simplificado del Monotributo e Ingresos Brutos.
En tanto, los impuestos patrimoniales se establecieron topes progresivos de crecimiento donde la gran mayoría de los contribuyentes tendrán aumentos igual o menores al 35%.
Ley impositiva 2022 ARBA cuánto aumentan los impuestos
Impuesto Automotor
se disponen topes crecientes a mayor valor del dominio. Según la proyección oficial el incremento será igual o menor al 35%.
Inmobiliario Urbano Edificado
Se establecieron topes respecto del año anterior, ascendentes a mayor patrimonio. Así, casi el 90% de los contribuyentes pagará subas menores al 35%, y el resto afrontará incrementos de hasta 45%.
Impuesto Inmobiliario Urbano Baldío
Se reconstruyen los límites de la tabla de alícuotas para no sumar presión tributaria y se incorporó un tope del 45% de aumento.
Impuesto al Inmobiliario Rural
La Ley Impositiva actualiza la base imponible con similar escalonamiento progresivo al del Edificado. De esta forma, la mayoría de los contribuyentes tienen un incremento inferior al 35%.
Impuesto a los Sellos
Ley Impositiva adopta la misma política impositiva que la vigente durante 2021, manteniéndose las alícuotas vigentes.
Jose dice
Consulta, si una Asociación Civil esta exenta en IIBB ARBA, debe igualmente presentar la DDJJ mensual y la DDJJ anual? O no debe cumplir con estas obligaciones? Gracias!!!
Luz dice
Donde puedo ver la tabla de amiguitas según la actividad. Para provincia de Bs as
DANIEL OMAR LIÑEIRA dice
Buenas tardes, la ley reduce la alícuota según ARTÍCULO 23. Establécese en dos con cinco por ciento (2,5%) la alícuota del impuesto sobre los
Ingresos Brutos aplicable exclusivamente a las actividades detalladas en el inciso A) del artículo 20 de la
presente Ley, cuando el total de ingresos gravados, no gravados y exentos, obtenidos por el
contribuyente en el período fiscal anterior, por el desarrollo de cualquier actividad dentro o fuera de la
Provincia, no supere la suma de pesos seis millones treinta mil ($6.030.000)
Ese monto es IVA incluido o solo neto grabado?
desde ya muchas gracias.- Saludos Daniel
Juan dice
neto gravado