Ley 4665 – El Poder Ejecutivo incorporará a las facturas de ABL folletería para la prevención de la violencia contra las mujeres
Buenos Aires, 12 de setiembre de 2013
Publicación en el B.O.: 17/10/2013
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1°.- El Poder Ejecutivo, a través de la
Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, incorporará junto a
las facturas de ABL (Alumbrado, Barrido y Limpieza) del mes de noviembre
de cada año, folletería que contenga información sobre programas
referidos a la prevención y atención de la violencia hacia las mujeres,
que dependan de la DGM y la siguiente leyenda:
Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, incorporará junto a
las facturas de ABL (Alumbrado, Barrido y Limpieza) del mes de noviembre
de cada año, folletería que contenga información sobre programas
referidos a la prevención y atención de la violencia hacia las mujeres,
que dependan de la DGM y la siguiente leyenda:
“Terminar con la violencia hacia las mujeres es tarea de todas y todos”.
Además, deberá estar impreso el número telefónico de la línea Mujer, una dirección y una página web o correo electrónico.
Art. 2°.- Comuníquese, etc.
Fdo.: Ritondo – Pérez
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