La Ley 26.476 en su Capítulo II “Promoción y protección del empleo registrado” artículo 16 prevé una reducción de las contribuciones de la seguridad social por el término de de veinticuatro (24) meses contados a partir del mes de inicio de una nueva relación laboral o de la regularización de una preexistente con ausencia total de registración:
¿Quienes pueden acceder?
Pueden acceder los empleadores del sector privado que deseen regularizar empleados que no estén registrados al24 de Diciembre de 2008, o registrados defectuosamente (por ej, remuneración menor a la real, o fecha de inicio incorrecta), lo que incluye deudas originadas en constataciones realizadas por la autoridad de contralor laboral por relaciones no declaradas, aun cuando estén en discusión administrativa o judicial.
¿Cuantos trabajadores se pueden regularizar?
El régimen prevé la posibilidad de regularizar hasta diez trabajadores. Queda condonada la totalidad de la deuda relacionada con aportes y contribuciones a la Seguridad Social, capital e intereses incluidos por los períodos devengados hasta Noviembre de 2008. Si se trata de más de diez trabajadores, la Reglamentación prevé un plan de facilidades de pago a partir del trabajador número once en adelante, de hasta ciento veinte cuotas mensuales y un interés del 6% anual.
La reducción de las contribuciones será sobre:
- Ley 24.241 SIJyP
- Ley 19.032 INSSJyP
- Ley 24.013 Fondo Nacional de Empleo
- Ley 24.714 Asignaciones Familiares
- Ley 25.191 RENATRE Trabajadores agrarios
El beneficio consistirá en que durante los primeros doce (12) meses sólo se ingresará el cincuenta por ciento (50%) de las citadas contribuciones y por los segundos doce (12) meses se pagará el setenta y cinco por ciento (75%) de las mismas.
El periodo de reducción rige desde el mes de diciembre de 2008 a noviembre del 2009.
La reducción citada no alcanzará a las obligaciones por Seguros de salud, Obras sociales y Riesgo del Trabajo.
Edgar Rosenfeld dice
Ignacio, buenos dis
Estoy por presentar una rectificativa de DDJJ de cargas sociales anterior a Junio 1994. Ingresando a Anses me dicen que debo bajar el aplicativo U78 , completar los periodos y armar una cartas para entregar a una sucursal de Anses. Bajo desde el link que me envia Anses el aplicativo , y no me deja instalarlo. Es un formato comprimido. Hable con la gente de sistema de mi empresa y me dicen que el error esta en el archivo. Tenes idea donde mas puedo bajar el U78 o que mas puedo hacer para presentar la rectificativa?
desde ya, muchas gracias
Hola
Estoy intentando bajar de la pagina de Anses el aplicativo U78 porque tengo que hacer una rectificativa de DDJJ de antes de 1994. Cuando ingreso a Anses y bajo el aplicativo, me tira error permanentemente en el archivo zip o rar. Probe con distintas pc pero igual persiste el problema. Tienen idea donde mas puedo bajar el aplicativo o si hay otra forma de generar esa rectificativa?
desde ya, muchas gracias
Ignacio, buenos días
Tengo una duda respecto al blanqueo. Debería hacerlo con 2 empleados desde el 2013.
A ver si el proceso es así:
1- le doy las altas tempranas
2- liquido los sueldos hasta el mes pasado
3- armo los 931 de esos meses
4- … me trabo en los pagos de esos 931, se pagan normales o con intereses? no se pagan? se pagan en cuotas? se pagan con descuento? no entiendo esa parte
Gracias por todo!!!!