LEY 26474
Ley de Contrato de Trabajo – Modalidades del contrato de trabajo – Contrato de trabajo a tiempo parcial – Sustitución del art. 92 ter de la ley 20.744 (t.o. 1976).
Fecha de Sanción: 17/12/2008
Fecha de Promulgación: 12/01/2009 Aplicación Art. 80 C. Nacional
Publicado en: BOLETÍN OFICIAL 23/01/2009
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1º – Sustitúyese el artículo 92 ter de la Ley 20.744 (texto ordenado en 1976) -Ley de Contrato de Trabajo- y sus modificatorias, por el siguiente:
Artículo 92 ter:
1. El contrato de trabajo a tiempo parcial es aquel en virtud del cual el trabajador se obliga a prestar servicios durante un determinado número de horas al día o a la semana, inferiores a las dos terceras (2/3) partes de la jornada habitual de la actividad. En este caso la remuneración no podrá ser inferior a la proporcional, que le corresponda a un trabajador a tiempo completo, establecida por ley o convenio colectivo, de la misma categoría o puesto de trabajo. Si la jornada pactada supera esa proporción, el empleador deberá abonar la remuneración correspondiente a un trabajador de jornada completa.
2. Los trabajadores contratados a tiempo parcial no podrán realizar horas suplementarias o extraordinarias, salvo el caso del artículo 89 de la presente ley. La violación del límite de jornada establecido para el contrato a tiempo parcial, generará la obligación del empleador de abonar el salario correspondiente a la jornada completa para el mes en que se hubiere efectivizado la misma, ello sin perjuicio de otras consecuencias que se deriven de este incumplimiento.
3. Las cotizaciones a la seguridad social y las demás que se recaudan con ésta, se efectuarán en proporción a la remuneración del trabajador y serán unificadas en caso de pluriempleo. En este último supuesto, el trabajador deberá elegir entre las obras sociales a las que aporte, a aquella a la cual pertenecerá.
4. Las prestaciones de la seguridad social se determinarán reglamentariamente teniendo en cuenta el tiempo trabajado, los aportes y las contribuciones efectuadas. Los aportes y contribuciones para la obra social será la que corresponda a un trabajador, de tiempo completo de la categoría en que se desempeña el trabajador.
5. Los convenios colectivos de trabajo determinarán el porcentaje máximo de trabajadores a tiempo parcial que en cada establecimiento se desempeñarán bajo esta modalidad contractual. Asimismo, podrán establecer la prioridad de los mismos para ocupar las vacantes a tiempo completo que se produjeren en la empresa.
ARTICULO 2º – Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL OCHO.
-REGISTRADA BAJO EL Nº 26.474-
JOSE J. B. PAMPURO. – EDUARDO A. FELLNER. – Enrique Hidalgo. – Juan H. Estrada.
Rocio Ruiz dice
Hola queria saber si trabajando part time 4 horas de lunes a viernes en ventas textil mayorista, me van a corresponder vacaciones?
Consulta: cuando se refiere a joranada completa para calcular la rem 4-8 . Tambien entrarian el AGUINALDO Y VAC CALCULADAS SOBRE JORNADA TOTAL ????
GRACIAS
hola ignacio trabajo 36hs semanales y en mi recibo me aparece como doble jornada 192hs y 36hs no trabajadas queria saber si esta bien que me paguen asi soy de maestranza de som muchas gracias.
hola ignacio yo trabajo 36hs semanales pero en mi recibo de sueldo me aparece como jornada completa y me descuentan 36hs no trabajadas esta bien que me paguen asi soy de maestranza de som muchas gracias.
hola ignacio yo trabajo 36hs semanales pero en mi recibo de sueldo me aparece como jornada completa y me descuentan 36hs no trabajadas esta bien que me paguen asi soy de maestranza de som muchas gracias.
hola
tengo que liquidar gastronomicos,, y tengo empleados que trabajan 8 horas semanales… el calculo seria el sueldo /48*8= sueldo mensual
ejemplo : 5232/48*8= 872 $ por mes??
hola
la consulta es esta… estoy liquidando gastronomicos,, y tengo empleados que trabajan 8 horas semanales… el calculo seria el sueldo mensual ,,dividido 48 ,, multiplicado por 8…ejemplo : sueldo 5232 /48*8= 872 $ mensuales
Hola Ignacio. se inscriben los contratos de trabajo a tiempo parcial ? Donde ?. Gracias
Hola.. Soy Sabrina! Soy Empleada de Comercio medio tiempo y debo cumplir 120 horas al mes, La consulta es si las horas de los dias feriados, domingo y sabado a la tarde se deberian ser pagas como horas extras? Como se las pagan a los empleados de tiempo competo?
hola, yo tengo un contrato por tiempo parcial. mis jefe la verdad es un mafioso, como se si tengo que cumplir 4 o 6 horas , yo trabajo mas de 32 porque hasta los sabados de mañana trabajo y en la obra social me quieren cobrar porque el no haces los aportes a la misma como jornada completa, abona solo aprox 250$. que tengo que hacer en este caso? no quiero pagar lo que el debe y la obra social me dice que al menos ahi tengo que cumplir 1 año o me dan de baja solo si renuncio al trabajo
hola, yo tengo un contrato por tiempo parcial. mis jefe la verdad es un mafioso, como se si tengo que cumplir 4 o 6 horas , yo trabajo mas de 32 porque hasta los sabados de mañana trabajo y en la obra social me quieren cobrar porque el no haces los aportes a la misma como jornada completa, abona solo aprox 250$. que tengo que hacer en este caso? no quiero pagar lo que el debe y la obra social me dice que al menos ahi tengo que cumplir 1 año o me dan de baja solo si renuncio al trabajo
Hola Ignacio una pregunta, para un pasante con aportes de obra social, en el 931 en remuneración 4 y 8 qe pones? la asignación estimulo o la que seria por jornada completa por su categoría? gracias
Hola. Estoy trabajando 24hs semanales hace 1 año, como franquera en un café. Mis compañeros fijos trabajan 36 horas semanales. Estoy en blanco. Mi consulta es: en caso de enfermedad se me debe abonar la jornada, verdad?
Hola soy johana, yo trabajaba como franquera casi 3 meses en blanco y ahora me despidieron. Corresponde que me den la liquidación? porque cuando fui a reclamar me dijeon que a los franqueros no le corresponde. Espero tu respuesta.
Hola Johana, si, te corresponde una liquidación final, no importa que seas franquera
Hola, soy maira… Hace un tiempo que trabajo 4hs de lun a vier, y 8hs. los sab, las horas no exceden las 2/3 , pero las 4hs de diferencia del sab., como corresponden pagar ?
Son todas horas normales