Quienes comiencen las vacaciones la próxima semana, gozarán de 2 días extras de descanso, ya que el lunes 11 y martes 12 son feriados nacionales por Carnaval.
Quienes comiencen sus vacaciones tendrán 2 días más de descanso, ya que el lunes 11 y martes 12 próximos son Feriados Nacionales, por lo tanto, quienes comiencen sus vacaciones en esa semana, comenzarán a contar los días de la licencia desde el miércoles.
Esto es así, ya que según que lo establecido en el artículo 151 de la Ley de Contrato de Trabajo:
“…la licencia anual por vacaciones comenzará en día lunes o el siguiente hábil si aquél fuese feriado. Tratándose de trabajadores que presten servicios en días inhábiles, las vacaciones deberán comenzar al día siguiente a aquél en que el trabajador gozare del descanso semanal o el subsiguiente hábil si aquél fuese feriado. Para gozar de este beneficio no se requerirá antigüedad mínima en el empleo…”
Ahora bien,el 20 de febrero, también es feriado, en este caso por única vez en conmemoración por la batalla de de Salta, pero este feriado no se suma a las vacaciones.
Por lo tanto, quienes comiencen las vacaciones la próxima semana, gozarán de 2 días extras de descanso:
– quienes gocen de 14 días de vacaciones, se reintegran el miércoles 27 de febrero.
– quienes de goce de 21 días de vacaciones, se reintegran el miércoles 6 de marzo.
Ahora bien,el 20 de febrero, también es feriado, en este caso por única vez en conmemoración por la batalla de de Salta, pero este feriado no se suma a las vacaciones.
Por lo tanto, quienes comiencen las vacaciones la próxima semana, gozarán de 2 días extras de descanso:
– quienes gocen de 14 días de vacaciones, se reintegran el miércoles 27 de febrero.
– quienes de goce de 21 días de vacaciones, se reintegran el miércoles 6 de marzo.
– quienes de goce de 28 días de vacaciones, se reintegran el miércoles 13 de marzo.
– quienes de goce de 35 días de vacaciones, se reintegran el miércoles 20 de marzo.
La misma situación se presentará la primer semana de abril, ya que el martes 2 de abril es el Feriado por el Veterano y caídos en Malvinas, y el lunes 1º feriado puente turístico. (ver calendarios de feriados y días no laborables)
Por último, se debe tener en cuenta que las vacaciones, excepto que el convenio de trabajo indique otro cosa, se cuentan por días corridos. Por lo que, en el caso de que el día feriado fuese durante las vacaciones (no ha inicio), ese día se contará como un día más. Tal fue el caso del pasado feriado del 31 de enero.
Rocío valdovinos dice
Buenas tardes, tengo una duda. Empeze mis vacaciones el 25 de febrero de 2019 tengo 14 dias osea empezaría a trabajar el dia 12 de marzo. Mi consulta es si los dos feriados de carnaval me corresponden tomarlo como.dos días extras de descanso? Ósea en vez de empezar el lunes 12 de marzo comenzaría el miércoles 14 de marzo?? Muchas gracias espero su respuesta!! Rocío.
Mile1986 dice
Ignacio, buen dia!Si un empleado se pidio una semana de vacaciones del 05/02 al 11/02/2018, debiendo reintegrarse a su trabajo el día 12/02 que justo es feriado. Ese dia se computa como vacaciones? Gracias!
Buenas tardes.. tengo 28 días y una semana de vacaciones, salí el 15 de enero. Cuando tengo que volver?
Consulta, si la empresa trabaja los feriados de carnaval, que día comienzan efectivamente mis vacaciones?
Hola gente. Lei varios comentarios pero no termino de entender. En mi caso,tomo mis vacaciones el 5 de feb. Y justo me agarran lis dos dias de feriado. Mi consulta es si me correspobden 2 dias mas o "pierdo" estos dos dias. Alguien me puede clarificar? Yo tendria q volver a reincorporarme el 19 o el 21?
tengo 10 años de empresa,si comienzo mis vacaciones el 5/2/18 cuando debo volver a trabajar?? hay 2 dias de carnavales feriado en el medio,se computan?? Gracias
tengo 10 años de empresa,si comienzo mis vacaciones el lunes 5/2/18 como se toman los 2 dias de carnavales 12 y 13 …cuando debo regresar a trabajar???
mucha gracias
si yo tengo dos feriados dentro de mis vacaciones estos se me abonan aparte?
Salgo de vacaciones el día 13 de febrero…desde cuando cuentan los días?…desde el 16 o el 18?
De acuerdo a lo que dice el Sr. Ignacio, y la Ley de Contrato de trabajo en su artículo 151, "La licencia comenzará en día lunes o el siguiente hábil si aquél fuese feriado", en su caso se deberían contar desde el miércoles 18 a mi entender.
Asi es
Tengo que calcular las vacaciones no gozadas.
Ingrese al trabajo el 27-10-2014 y renuncie el 15/01/2015. ¿Debo calcular las vacaciones por separado para cada año? Es decir:
Proporcionales 2014 de 1 dia cada 20 efectivos trabajados (si no me equivoco me da 45 dias habiles de lunes a viernes sin contar los feriados del 24/11, 25/12 y 08-12 que no los trabaje y contando el feriado del 26/12 que si lo trabaje¿esta bien como conte los feriados o por mas que no los trabaje se cuentan como dia de trabajo?) Osea aca 45/20 me dio 2.25 dias.
Y las vacas proporcionales 2015 tome 16 dias trabajados/360anuales*14=0.62 dias
¿esta bien el calculo 2015 de no usar 1dia cada 20? ¿como cuento los feriados no trabajados para el calculo de los dias de servicio?
si un empleado esta de vacaciones y dentro de las vacaciones caeen feriados, se pagan esos feriados aparte?
No
Ignacio tengo la siguiente duda, un empleado que tiene 21 dias de vacaciones, decide tomarse solo 14 dias a partir del 02/02/2015, ahora, mi duda es la siguiente: deberian tomarse el 16/02/2015 y el 17/02/2015 como feriado o como dias de vacaciones restando a los 7 dias que le restan de los 21?