• Saltar al contenido principal
  • Skip to secondary menu
  • Saltar a la barra lateral principal
  • Inicio
  • Blog
  • Suscripción
  • Contacto
  • Capacitación
  • Calculadoras
    • Calculadora de Sueldos UOCRA
    • Sueldos Empleados de Comercio
    • Sueldos Comercio Rama Turismo CCT 548/07
    • Calculadora Empleados de Comercio Rama Centros de Contacto CCT 781/22
    • Calculadora de Sueldos UTEDYC CCT 804/23 (ex 736/16)
    • Calculadora de Retenciones RG 830 “Profesiones liberales, oficios”
    • Calculadora de Sueldos SAEOEP CCT 88/90
    • Calculadora de Sueldos UATRE
    • Servicio Doméstico
    • Liquidación Final
    • Vacaciones
    • Calculadora de Plus Vacacional
    • Embargo de Sueldos
  • Aplicaciones
  • Vencimientos

Ignacio online

Es una web de información destinada a Contadores y Profesionales en Ciencias Económicas y Empleados de Comercio

Aconpy
  • Empleados de Comercio
    • Escalas Comercio 2022
    • Escala Salarial Empleados de Comercio 2020
    • Calculadora Empleados de Comercio
    • Ejemplos de Liquidaciones de Sueldo
    • Categorías Comercio
    • Régimen de Licencias y Permisos Especiales
    • Vacaciones de Empleados de Comercio
  • Asignaciones
    • Asignaciones Familiares Montos vigentes
  • Libro de sueldos Digital
  • Servicio Doméstico
    • Calculadora de sueldos Servicio Doméstico
    • Escala Salarial Servicio Doméstico
    • Aportes, contribuciones y ART
    • Formulario 102/RT
  • Monotributo
    • Monotributo Categorías 2023
  • Planillas

Las vacaciones y los feriados de Carnaval

7 febrero, 2013 Por Ignacio 38 comentarios

Quienes comiencen las vacaciones la próxima semana, gozarán de 2 días extras de descanso, ya que el lunes 11 y martes 12 son feriados nacionales por Carnaval.

Quienes comiencen sus vacaciones tendrán 2 días más de descanso, ya que el lunes 11 y martes 12 próximos son Feriados Nacionales, por lo tanto, quienes comiencen sus vacaciones en esa semana, comenzarán a contar los días de la licencia desde el miércoles.

Esto es así, ya que según que lo establecido en el artículo 151 de la Ley de Contrato de Trabajo:
“…la licencia anual por vacaciones comenzará en día lunes o el siguiente hábil si aquél fuese feriado. Tratándose de trabajadores que presten servicios en días inhábiles, las vacaciones deberán comenzar al día siguiente a aquél en que el trabajador gozare del descanso semanal o el subsiguiente hábil si aquél fuese feriado. Para gozar de este beneficio no se requerirá antigüedad mínima en el empleo…”


Ahora bien,el 20 de febrero, también es feriado, en este caso por única vez en conmemoración por la batalla de de Salta, pero este feriado no se suma a las vacaciones.


Por lo tanto, quienes comiencen las vacaciones la próxima semana, gozarán de 2 días extras de descanso:


– quienes gocen de 14 días de vacaciones, se reintegran el miércoles 27 de febrero.



– quienes de goce de 21 días de vacaciones, se reintegran el miércoles 6 de marzo.


– quienes de goce de 28 días de vacaciones, se reintegran el miércoles 13 de marzo.

– quienes de goce de 35 días de vacaciones, se reintegran el miércoles 20 de marzo.

La misma situación se presentará la primer semana de abril, ya que el martes 2 de abril es el Feriado por el Veterano y caídos en Malvinas, y el lunes 1º feriado puente turístico. (ver calendarios de feriados y días no laborables)

Por último, se debe tener en cuenta que las vacaciones, excepto que el convenio de trabajo indique otro cosa, se cuentan por días corridos. Por lo que, en el caso de que el día feriado fuese durante las vacaciones (no ha inicio), ese día se contará como un día más. Tal fue el caso del pasado feriado del 31 de enero.

Me gusta esto:

Me gusta Cargando...

Relacionado

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Publicado en: Sin categoría, Vacaciones Etiquetado como: Feriados 2013

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. Rocío valdovinos dice

    6 marzo, 2019 a las 5:44 pm

    Buenas tardes, tengo una duda. Empeze mis vacaciones el 25 de febrero de 2019 tengo 14 dias osea empezaría a trabajar el dia 12 de marzo. Mi consulta es si los dos feriados de carnaval me corresponden tomarlo como.dos días extras de descanso? Ósea en vez de empezar el lunes 12 de marzo comenzaría el miércoles 14 de marzo?? Muchas gracias espero su respuesta!! Rocío.

    Responder
  3. Mile1986 dice

    21 febrero, 2018 a las 1:18 pm

    Ignacio, buen dia!Si un empleado se pidio una semana de vacaciones del 05/02 al 11/02/2018, debiendo reintegrarse a su trabajo el día 12/02 que justo es feriado. Ese dia se computa como vacaciones? Gracias!

    Responder
  4. Unknown dice

    16 febrero, 2018 a las 4:16 pm

    Buenas tardes.. tengo 28 días y una semana de vacaciones, salí el 15 de enero. Cuando tengo que volver?

    Responder
  5. Unknown dice

    9 febrero, 2018 a las 6:18 pm

    Consulta, si la empresa trabaja los feriados de carnaval, que día comienzan efectivamente mis vacaciones?

    Responder
  6. Cositas Vintage dice

    2 febrero, 2018 a las 4:50 pm

    Hola gente. Lei varios comentarios pero no termino de entender. En mi caso,tomo mis vacaciones el 5 de feb. Y justo me agarran lis dos dias de feriado. Mi consulta es si me correspobden 2 dias mas o "pierdo" estos dos dias. Alguien me puede clarificar? Yo tendria q volver a reincorporarme el 19 o el 21?

    Responder
  7. Dany Diosa dice

    16 enero, 2018 a las 2:02 pm

    tengo 10 años de empresa,si comienzo mis vacaciones el 5/2/18 cuando debo volver a trabajar?? hay 2 dias de carnavales feriado en el medio,se computan?? Gracias

    Responder
  8. Dany Diosa dice

    16 enero, 2018 a las 2:01 pm

    tengo 10 años de empresa,si comienzo mis vacaciones el lunes 5/2/18 como se toman los 2 dias de carnavales 12 y 13 …cuando debo regresar a trabajar???
    mucha gracias

    Responder
  9. Anónimo dice

    20 febrero, 2015 a las 9:58 pm

    si yo tengo dos feriados dentro de mis vacaciones estos se me abonan aparte?

    Responder
  10. Anónimo dice

    26 enero, 2015 a las 7:46 pm

    Salgo de vacaciones el día 13 de febrero…desde cuando cuentan los días?…desde el 16 o el 18?

    Responder
    • Anónimo dice

      20 febrero, 2015 a las 5:48 am

      De acuerdo a lo que dice el Sr. Ignacio, y la Ley de Contrato de trabajo en su artículo 151, "La licencia comenzará en día lunes o el siguiente hábil si aquél fuese feriado", en su caso se deberían contar desde el miércoles 18 a mi entender.

      Responder
    • Ignacio dice

      20 febrero, 2015 a las 3:11 pm

      Asi es

      Responder
  11. Natalia dice

    16 enero, 2015 a las 8:44 pm

    Tengo que calcular las vacaciones no gozadas.
    Ingrese al trabajo el 27-10-2014 y renuncie el 15/01/2015. ¿Debo calcular las vacaciones por separado para cada año? Es decir:

    Proporcionales 2014 de 1 dia cada 20 efectivos trabajados (si no me equivoco me da 45 dias habiles de lunes a viernes sin contar los feriados del 24/11, 25/12 y 08-12 que no los trabaje y contando el feriado del 26/12 que si lo trabaje¿esta bien como conte los feriados o por mas que no los trabaje se cuentan como dia de trabajo?) Osea aca 45/20 me dio 2.25 dias.
    Y las vacas proporcionales 2015 tome 16 dias trabajados/360anuales*14=0.62 dias

    ¿esta bien el calculo 2015 de no usar 1dia cada 20? ¿como cuento los feriados no trabajados para el calculo de los dias de servicio?

    Responder
  12. Anónimo dice

    15 enero, 2015 a las 12:12 pm

    si un empleado esta de vacaciones y dentro de las vacaciones caeen feriados, se pagan esos feriados aparte?

    Responder
    • Ignacio dice

      16 enero, 2015 a las 2:46 am

      No

      Responder
  13. Alejandro Iturre dice

    5 enero, 2015 a las 7:34 pm

    Ignacio tengo la siguiente duda, un empleado que tiene 21 dias de vacaciones, decide tomarse solo 14 dias a partir del 02/02/2015, ahora, mi duda es la siguiente: deberian tomarse el 16/02/2015 y el 17/02/2015 como feriado o como dias de vacaciones restando a los 7 dias que le restan de los 21?

    Responder
« Comentarios anteriores

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Barra lateral principal

SOS Contador Soft Contable en la nube

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Etiquetas

Acuerdos Salariales (139) AFIP (1499) AGIP (173) Aguinaldo (78) Aguinaldo - SAC (109) ANSeS (522) Aplicativos (206) ARBA (350) Asignación Universal por Hijo (246) Autónomos (122) Bienes Personales (109) bono (94) Calendario de pago (261) Casos Prácticos (217) CNTA (92) Convenio Multilateral (88) coronovirus (89) Escala Salarial (188) Factura Electrónica (78) FAECYS (395) FATSA (77) Ganancias (420) Homologación Acuerdos (126) IGJ (129) Ingresos Brutos (133) IVA (119) Jubilados y Pensionados (199) Mis Facilidades (83) Monotributistas (172) Noticias (87) Paritarias (532) Paritarias 2013 (82) Personal Casas Particulares (189) Plan de Facilidades de pago (159) Recategorización (87) Recibo de Sueldos (209) Resoluciones (493) Sanidad (94) SEC (101) Servicio Doméstico (111) SICOSS (85) SIPA (88) UOCRA (125) UOM (217) UTEDYC (148)

Copyright © 2025 Ignacio online · Creada por Hormigas en la Nube

Derechos de autor © 2025 · Magazine Pro en Genesis Framework · WordPress · Acceder

Utilizamos cookies propios y de terceros para mejorar nuestros servicios y experiencia de usuario. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso. Aceptar Reject Leer Más
Privacidad & Política de Cookies

Privacy Overview

This website uses cookies to improve your experience while you navigate through the website. Out of these, the cookies that are categorized as necessary are stored on your browser as they are essential for the working of basic functionalities of the website. We also use third-party cookies that help us analyze and understand how you use this website. These cookies will be stored in your browser only with your consent. You also have the option to opt-out of these cookies. But opting out of some of these cookies may affect your browsing experience.
Necessary
Siempre activado
Necessary cookies are absolutely essential for the website to function properly. This category only includes cookies that ensures basic functionalities and security features of the website. These cookies do not store any personal information.
Non-necessary
Any cookies that may not be particularly necessary for the website to function and is used specifically to collect user personal data via analytics, ads, other embedded contents are termed as non-necessary cookies. It is mandatory to procure user consent prior to running these cookies on your website.
GUARDAR Y ACEPTAR
%d