Metalúrgicos, CCT 260/1975. Acuerdo salarial. Pendiente de homologación.
Además, los trabajadores metalúrgicos están percibiendo una suma fija no remunerativa de 200 pesos para abril, mayo y junio y de 250 pesos para julio, agosto y septiembre. El acuerdo rubricado tendrá vigencia hasta el 31 de marzo del 2010.El compromiso de los empresarios establece un incremento de un 21.5 por ciento para los trabajadores del sector y no de un 25 por ciento como pretendía el gremio.El principal sindicato industrial del país, liderado por Antonio Caló, había reanudado el lunes 19 el plan de lucha en reclamo de un salario inicial de 1.600 pesos para la actividad ante la ausencia de respuestas por parte de los empresarios.
El acuerdo salarial fue suscripto por representantes de todas las cámaras empresarias, los dirigentes de la UOM, Antonio Caló, Juan Belén, Naldo Brunelli, Antonio Cattáneo, Enrique Salinas, Raúl Torres, Abel Furlán, Francisco Gutiérrez y José Ortiz, entre otros. Al término de las deliberaciones, Caló sostuvo que “no es el mejor acuerdo, pero no es el peor tampoco.
Llegamos a lo que pudimos, ya que entendemos que el sector metalmecánico está mal”. Sobre las medidas de fuerza que contemplaban un paro nacional de 24 horas para mañana, Caló añadió que “obviamente quedan sin efecto y agradeció el acompañamiento de todos los trabajadores metalúrgicos en esta pelea”.
La UOM y las cámaras empresarias comenzaron negociaciones salariales extraoficiales en marzo y oficiales a partir de abril, llegando a un acuerdo salarial tras casi cinco meses.
El conflicto salarial pudo ser finalmente desactivado merced a los oficios del ministerio de Trabajo, que a pesar de las diferencias entre las partes insistió en acercar las posiciones, que ayer dieron como fruto esta nueva grilla salarial.
Detalles del nuevo acuerdo salarial – UOM
El acuerdo se aplicará a las ramas de la actividad representadas por las mencionadas entidades en todo el territorio nacional, con excepción de las ramas Nº 4 Autopartes y la Nº 8 Electrónica de Tierra del Fuego.Beneicia a cerca de 250 mil trabajadores. Recibirán un 18% de aumento de forma escalonada:
- 12% en octubre.
- 3% en diciembre.
- 3% en febrero de 2010..
Asimismo, las partes acuerdan otorgar una gratificación extraordinaria de naturaleza no remunerativa por una suma de $ 1.350 igual para todas las categorías, la cual absorberá la suma de $ 500 acordada en el acuerdo salarial preliminar del 26 de mayo.
La citada suma se abonará bajo el concepto “Gratificación extraordinaria no remunerativa acuerdo UOM 5/8/2009” en 4 cuotas, cada una de ellas por los siguientes importes:
- $ 500 ya abonada el 26 de mayo;
- $ 350 con los haberes de la primera quincena de agosto 2009;
- $ 250 con los haberes de la primera quincena de setiembre 2009 y
- $ 250 con los haberes de la segunda quincena de setiembre 2009.
Por último, dada la naturaleza de no remunerativa, la presenta asignación no generará aportes y contribuciones a los diferentes subsistemas de seguridad social, ni cuotas o contribuciones sindicales de ninguna naturaleza, con la única excepción de que devengará aportes y contribuciones a favor de OSUOMRA (obra social de la actividad).
El citado acuerdo ha sido presentado al Ministerio de Trabajo, encontrándose, a la fecha, pendiente de homologación.
Ignacio dice
Hola Ezequiel con respecto a la primera consulta, hay que tener en cuenta, que las categorías no solo ponen un piso al básico, sino que también establecen tareas y calificaciones para el empleado. Por lo que si estas no se modifican, no habría motivo para cambiarla.
Con respecto a la segunda consulta, mientras lo que te paguen, esté por encima de la categoría, está bien.
Anónimo dice
Buen dia Ignacio, tengo una duda/problema con mi sueldo.
Soy administrativo 3º categoria de la uom, rama 17.
Hace unos meses me aumentaron el sueldo por arriba del basico, a $2400 bruto. En el recibo figura el total como sueldo basico (no figura a cuenta futuros aumentos).
Mi primera consulta era sobre si me tenia que subir de categoria (a la 4ta), por lo que estaba ganando que superaba el basico de esa categoria.
La 2da consulta, es sobre el acuerdo, que no me pagaron el 12% de aumento de octubre porque dicen que estoy por encima del basico de mi categoria.
Gracias
Ezequiel
Anónimo dice
Lo ideal seria que todos ganasemos 10000 al mes, cierto? Pero es patético que mientras que tenemos un pais que se destruye, los sindicatos, burocracia e idiotez mediante consigan estos aumentos, en vez de generar trabajo y producción para avalar los aumentos, imaginense, un patron que gana 4 manzanas, 1 manzana la invierte para poder seguir trabajando, 1 manzana para el empleado y las otras 2 restantes para su bolsillo… ahora con estas politicas sucede esto, 2 manzanas para inersion (inflacion mediante y suba de precios), 2 manzanas para el empleado (aumentos conseguidos, justos porque el obrero TRABAJA) y ya nos quedamos sin manzanas para el patron, conclusion: el patron o deja de invertir en su empresa (cosa que a la larga hace que todos queden en la calle) o despide a su empleado y trabaja el mismo. De cualquier forma, todos salimos perdiendo… es una reflexión de un estudiante y liquidador de sueldos…
tantas preguntas al pedo y seguimos igual con nada
Hola Cesar, con respecto a los 1350 pesos, en el convenio no dice nada sobre quienes trabajen menos horas, por lo que se entiende que debería pagarse en forma completa. Yo llamé al sindicato y me dijeron que es para todos igual. Asi que te lo deberían pagar en forma completa.
Con respecto a aumentar la jornada, vos les hiciste un favor en su momento, asi que si la situación a cambiado, lógico sería que se revierta.
Hola soy Cesar y estoy en ADIMRA, hace un par de años trabajo 6 hs de lunes a viernes despues de llegar a un comun acuerdo ya que la empresa pasaba por un mal momento (me hicieron presentar una nota solicitando la reduccion de jornada que luego aceptaron) Mi consulta es estos extras de 1350 tengo que cobrar proporcional a las horas ?? y lo otro es si yo quiero volver a la cantidad de hora normales puedo pedirlo??? desde ya muchas gracias!!!
No, no hay mucha información al respecto, lo que publiqué sobre la proporcionalidad, no sale del acuerdo, que es donde debería estar, sino de lo que me comunicaron del sindicato.
Desde una de las seccionales enviaron un mail con un archivo en word informando el tema, eso es lo mas "oficial" que conseguí.
q tal ignacio…ruben …existe alguna planilla o calculo oficial para sacar el tema de las proporcionalidades para los q ingresaron posteriormente al 1 de abril.?
Hola, te corresponde cobrar según cuando entraste a trabajar, si te blanquearon en julio, es porque seguramente entraste antes a trabajar, no se en que fecha, si fue antes del 1 de abril, deberías cobrar todo.
Ahora, seguramente en el recibo, solo te pagarán en forma proporcional desde el 10 de julio, pero de todas formas, si entraste antes, reclamá que te paguen lo que falta, aunque sea en negro.
hola ignacio …me surge la duda respecto de q yo cobro por quincena entonces me corresponde cobrar la gratificacion extraordinaria en forma proporcional xq me blanquearon el 10 de julio 2009 ,, esto es asi y en q forma ,,,muchas gracias,,,ruben
y no hay ningún reglamento interno que impida que no pueda llamar a elecciones?
Ignacio:Mi nombre es carlos hace 20 años que soy obrero ladrillero al igual que mi padre antes que yo puede ser que este gremio con 60 años de antiguedad no tenga un campo de deporte ni una pileta pelopincho y el secretario general actual esta hace 30 años y no quiere convocar a elecciones por miedo a perder que podemos hacer los ladrilleros
LAURA: los $1350 se componen de esta manera:
* Abril $200
* Mayo $200
* Junio $200
* Julio $250
* Agosto $250
* Septiembre $250
como vos entraste en agosto, solo te correponde cobrar las cuotas de agosto y septiembre, en total $500,- Ambas cuotas se pagan en septiembre, la de agosto, en la primera quincena de septiembre, y la de septiembre en la 2da de septiembre.
En este link tenes algunas aclaraciones al respecto.
http://ignacioonline.blogspot.com/2009/08/aclaraciones-con-respecto-al-nuevo.html
hola soy laura yo entre el 6 de mayo de 2009 mi fecha de cobro es el 4/9 cunto tengo que cobrar porque no entendi lo de la suma no remunerativa que tengo que cobrar porque dice 250 en agosto y 700 en total en septiembre. mi sueldo bruto es de 1992 gracias
Marcela, si te corresponde igual, período de pruba es tiempo trabajado, te fecha de ingreso es la de marzo.