La Corte Suprema de Justicia declaró inconstitucional la inclusión de sumas no remunerativas en los salarios de los trabajadores. Instrumento que exime a los empleadores del pago de cargas sociales y afecta el financiamiento del sistema de seguridad social que se nutre de los aportes patronales.
El fallo ratifica el carácter salarial de los vales alimentarios, ya derogados por la ley en 2009, tal como el propio tribunal estableció en a causa. “Pérez, Aníbal Raúl contra Disco S.A.” y ratifica tanto la posición de las Cámaras de Trabajo que ya venían fallando en esa dirección, como anteriores resoluciones de la Corte que en 2010 había cuestionado la constitucionalidad de los decretos firmados por el ex presidente Eduardo Duhalde que dispusieron aumentos no remunerativos en medio de la emergencia posterior a la crisis de 2001.
El diputado y ex asesor letrado de la Confederación General del Trabajo (CGT) Héctor Recalde, consideró que se trata de una decisión “trascendente”. Recalde es autor de un proyecto de ley que va en la misma dirección del fallo del máximo tribunal y que propone transformar en remunerativas todas las sumas no remunerativas acordadas entre empleadores y trabajadores.
Para el también presidente de la Comisión del Legislación del Trabajo, el fallo de la Corte va en la misma dirección de la ley de su autoría que terminó con la vigencia de los tickets canasta y que incluso motivó una denuncia de Recalde por intento de coimas contra la empresa francesa Accor Service que le ofreció dinero a cambio de anular la iniciativa.
El fallo ratifica el carácter salarial de los vales alimentarios, derogados en 2009.
“En la primera ronda de negociaciones colectivas que se desarrolle a partir de la entrada en vigencia de la presente ley, las sumas que con carácter no remunerativo fueran pactadas a favor de los trabajadores en convenios colectivos y acuerdos con fuerza de tales sólo podrán mantener tal carácter por el término de seis (6) meses, convirtiéndose en remuneratorias a partir del mes subsiguiente, en cuyo caso serán incrementadas en un monto equivalente al que corresponda en concepto de aportes a cargo del trabajador previstos por la legislación nacional con destino a los distintos subsistemas de Seguridad Social”, sostiene la iniciativa de Recalde que por esas horas busca despacho de comisión. En el Senado, el radical Eugenio “Nito” Artaza impulsa una iniciativa similar.
Para el abogado de la Central de Trabajadores Argentino (CTA), Horacio Meguira, “es un fallo importantísimo de la Corte porque las sumas no remunerativas surgieron como una etapa de transición cuando empezaron las negociaciones colectivas en 2003. Fueron un elemento de la negociación pero después costó mucho revertirlas y hubo un cierto abuso de los empleadores como una merma de eludir cargas sociales”.
También desde Ginebra, Meguira señaló a Tiempo Argentino que el “el fallo de la Corte respecto a Disco es muy oportuno porque ya se dio un tiempo de maduración de la negociación colectiva y se van a tener que reformular todos los convenios que incluyan esas sumas no remunerativas”.
Meguira considera que “la mejor vía para adecuar esto va a ser la negociación colectiva porque si los empleadores lo hacen unilateralmente implica un nuevo recorte al salario real que ya se ve afectado por el impuesto a las Ganancias”. Tanto Meguira como Recalde sostienen que el costo que conlleva esa decisión deberá correr por cuenta de los empresarios.
EMPLEADOS DE COMERCIO
Eso aplica para los convenios colectivos ya cerrados. En varios casos, como el de los mercantiles que acordaron un incremento del 24% anual no remunerativo y no acumulativo, están presentes ese tipo de instrumentos.
PRÓXIMAS PARITARIAS
Para Kritz, “este fallo si bien sienta jurisprudencia en un caso, no está modificando la legislación pero sienta precedente de constitucional. Ahora la Corte debería hacer una comunicación más amplia del tema y el Ministerio de Trabajo, cuando haga la convocatoria a las paritarias debería informar a las partes de la necesidad de adecuarse a este precedente”.
El economista advirtió en diálogo con Tiempo Argentino que en los convenios paritarios ya cerrados “puede haber alguna apelación judicial. Teniendo en cuenta este caso no me sorprendería que algunos convenios tengan que reabrirse”, alertó.
Las sumas no remunerativas nacieron en 2001 como un mecanismo para disponer incrementos salariales en plena crisis económica, pero con un impacto reducido sobre los empleadores que no afrontaban el pago de los aportes patronales.
Pero a la salida de la emergencia, ese mecanismo empezó a sumar objeciones tanto de trabajadores como de representantes gremiales que consideraban que traían aparejadas consecuencias en los salarios y en el financiamiento del sistema de la seguridad social.
Anónimo dice
Y con comercio que ya está homologado? Se mantienen las sumas no rem.?
creeme que cuando te jubiles te vas a llebar un bajon con lo que te ban a pagar 1800 pesos es preferible que esa plata del aporte este en tu bolsillo ahora !!!
Y CON ESTO QUE HACEMOS????? TRABAJAN AL PEDO Y NO HACEN NADA SOLO LEYES QUE NI SE CUMPLEN!!!!!!!!!!!!!!! IGUAL QUE EL DERECHO A NUESTRA PROPIEDAD… YA NI DERECHOS TENEMOS LOS QUE TRABAJAMOS!!!!!!!! PERO EL SINDICATO Y LAS OBRAS SOCIALES NO PIERDEN NI UN PESO DE LOS AUMENTOS NO REMUNERATIVOS……… MIENTRAS QUE EL QUE TRABAJA SOY YO Y CUANDO ME JUBILE QUE???
Espero la corte se expida también sobre la insconstitucionalidad de el aporte de $50 a OSECAC o al menos el Ministerio de Trabajo lo revise
Espero que se haga algo con esos 50 pesos que son un robo sobre todo para los empleados que no estan afiliados a OSECAC