El titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Ricardo Echegaray, confirmó que se enviará una notificación a los pasajeros que declaren mercadería por menor valor que el que figura en su tarjeta de crédito o débito al ingresar al país.
El límite que rige actualmente es de US$300 por adulto y US$150 por menor. Esto no significa que no se pueda comprar más allá de tal valor, pero lo que supere el límite tendrá un recargo de 50% más el 15% de retención ya anunciado.
Echegaray precisó en declaraciones radiales que se le enviará “una notita” a cada ciudadano que haya declarado productos por menor valor del que figura en sus facturas.
“Todo bien físico, mercadería que ingresa por la Aduana la tiene que declarar. Y si no lo declara, cruzamos los datos y le mandaremos una notita para que solucione su situación. Técnicamente se llama corrida de vista. La realidad es que queremos cobrar impuestos, no es otra cosa”, explicó Echegaray.
En ese sentido, recordó el caso de la “gente que va al exterior, compra ropa, le saca las etiquetas y quiere engañar” a la Aduana.
“Ahora tenemos información más sofisticada, que nos permite ir más hacia el consumo detallado. Pagando el impuesto y siendo compatible su situación fiscal con lo que el ciudadano hace, no hay ningún problema”, detalló.
Echegaray también aclaró: “Nunca dije que tienen que veranear acá. Se tomó en un contexto de análisis fiscal sobre cuál era la posibilidad de dónde nosotros podemos recaudar más y cómo lo podemos recaudar. Cuando la gente consume acá, es más fácil. Ese es el contexto técnico tributario”, indicó, respecto a sus declaraciones del fin de semana.
“Se hace un anticipo de un impuesto que ya existe, como es el Impuesto a las Ganancias, por la cantidad de viajeros, lo que hacemos es establecer que lo que consuma en el exterior con tarjeta pagan un 15% por adelantado de Ganancias”, explicó Echegaray.
“Con situación fiscal transparente los argentinos pueden consumir, viajar, entrar, salir donde quieran, pueden gastar donde quieran. La AFIP lo que hace es cruzar los consumos, entonces deben ser compatibles con las declaraciones juradas. El que paga los impuestos puede hacer lo que quiera”, agregó el funcionario.
“Los que no pagan Impuesto a las Ganancias pueden pasar por la agencia”, agregó.
Anónimo dice
Es tragicómico:
Si un comerciante tiene un saldo de libre disponibilidad en IVA no puede utilizarlo para compensar el importe a pagar del F. 931 u otro impuesto.
Pero si todo lo que gaste en el exterior tendrá recargo total, "TOTAL" se puede usar en ganancias.
Fusionan los gastos cuando quieren y como quieren!