La AFIP estableció hoy un Régimen Especial de Facilidades de Pago para la cancelación de deudas impositivas de los recursos de la seguridad social y aduaneras, vencidas al 30 de septiembre pasado, que deberá formalizarse hasta el 30 del actual mes.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) lanzó un nuevo plan de pagos que permite regularizar en hasta 10 años los impuestos vencidos al 30 de septiembre pasado.
La adhesión al régimen deberá formalizarse hasta el día 30 de este mes, y la cantidad máxima de cuotas previstas es de hasta 120, con pagos mensuales no menores a 150 pesos.
La Resolución General 3.806 del organismo recaudador aclara que el beneficio se otorga sin que ello implique una condonación, total o parcial de deudas, o liberación de los correspondientes accesorios y multas.
El régimen tiene características similares a los anteriores dispuestos por la AFIP, “teniendo en cuenta el éxito obtenido en lo que respecta al acogimiento a planes de facilidades instrumentados anteriormente, así como las solicitudes efectuadas por contribuyentes y responsables, tanto del sector privado como del sector público”.
La Resolución General dice que el plan incluye las deudas por aportes personales y de monotributistas, pero excluye las retenciones y percepciones -impositivas o previsionales-, por cualquier concepto; los anticipos o pagos a cuenta; o las cuotas destinadas a las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART).
Tampoco entran en el régimen de facilidad de pagos los aportes y contribuciones con destino al Régimen Especial de Seguridad Social para empleados del Servicio Doméstico y Trabajadores de Casas Particulares; el impuesto Adicional de Emergencia sobre el Precio Final de Venta de Cigarrillos; y la contribución mensual con destino al Registro Nacional de Trabajadores y Empleadores Agrarios (Renatea).
FERNANDO ZARATE dice
Hola! Y LA DEUDA DE AUTONOMOS ESTAN COMPReNDIDAS EN ESTE NUEVO PLAN.