La AFIP actualizó el Manual F. 1357 – Versión 9, Manual para la generación de las Declaraciones Juradas Anuales, Informativas y Finales para el año 2023 y para el régimen general del año 2024 y siguientes.
Novedades
Esta versión 9.0. del F. 1357 recepta las novedades incorporadas por los diferentes dictámenes emitidos por la Dirección Nacional de Impuestos y la Subsecretaría de Ingresos Públicos, relacionados con la interpretación sobre el tratamiento en el impuesto a las ganancias de distintos conceptos que integran la remuneración de los empleados en relación de dependencia.
Se deberá utilizar para generar las Declaración Juradas del Tipo Anual, Finales e Informativas correspondientes al año 2023 y siguientes.
Recepta las modificaciones introducidas por la Ley N° 27.737, plexo que estableció diversos incentivos impositivos aplicables a la locación de inmuebles, entre los cuales se incorporó al artículo 85 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019 y sus modificaciones, una deducción del 10% del monto total anual de alquileres de inmuebles destinados a casa-habitación, que puede ser computada por el inquilino y por el propietario.
Asimismo y en virtud de lo establecido por la ley 27.725, esta herramienta deberá emplearse para
la confección de las declaraciones juradas finales e informativas periodo 2024, citadas en el párrafo anterior para el universo definido como régimen general del impuesto a las ganancias para los períodos iniciados a partir del 1° de enero de 2024.
Dicho universo lo integran las personas que laboran:
- Magistrados, funcionarios y empleados del Poder Judicial de la Nación y de las provincias y del
Ministerio Público de la Nación, cuando su nombramiento hubiera ocurrido a partir del año
2017 inclusive y por quienes se desempeñen como secretarios de Estado en adelante y sus
equivalentes, diputados y senadores del Poder Legislativo.
Remuneraciones provenientes de los consejeros de las sociedades cooperativas y a las
asignaciones mensuales y vitalicias reconocidas a presidentes y vicepresidentes de la Nación –
dispuestas por la L. 24018-.
Sueldos percibidos por directores, síndicos y miembros de consejos de vigilancia de sociedades
anónimas y cargos equivalentes de administradores y miembros de consejos de administración
de otras sociedades, asociaciones, fundaciones y cooperativas.
A tener en cuenta:
No cumple con la RG 5521 publicada esta semana, donde se indicaba que un campo propio para 2023 respecto a la nueva deducción de Alquileres, llamado “Otras Deducciones”. En cambio, el manual dice: ALQUILERES DE INMUEBLES DESTINADOS A SU CASA HABITACIÓN – Art. 85 inc. k) 10%.
tiago dice
Hola que pasa si mi empleador no presentó el formulario en tiempo? y en mi caso si cargué el formulario en la afip como empleado en relacion de dependencia
pabloaon dice
Hola alguien tiene la planilla de excel version 9 para generar el txt del formulario 1357 ? no la puedo conseguir, muchas gracias , mi correo es [email protected]
Leandro M dice
Estoy en la misma disyuntiva, por favor hagan un vivo con esta novedad!!
sergio dice
Buenas tardes
Cuanto cuesta la planilla para generar el formulario 1357 periodo 2023
Ana dice
Hola Ignacion, donde deberia hacer la aclaracion de que remuneraciones corresponden al periodo Octubre-Diciembre???. Lo habia armado con la version 9.5 y ahora cuando lo quiero presentar otra vez me pide usar la version 9
Marcelo dice
Buenas tardes! a ver si alguien lo puede aclarar. Se genera un solo txt o dos para presentar en afip? uno por cada período, enero-sept y oct-dic? las novedades anuales se deben computar en cada período? y despues sumar las retenciones de ambos? que hermoso lío esto.
Buzzard dice
Siguen sin discriminar los tramos de enero-septiembre y octubre-diciembre como se indico en su momento que se debían tomar las remuneraciones y deducciones, para calcular dos ganancias netas sujetas a impuesto separadas…
Y eso que al aprobarse el paquete fiscal se convalidaron los decretos de Massa…