Qué deben hacer los jubilados para cobrar la Reparación Histórica.
Mediante la publicación de la resolución 305/16, la ANSES estableció el procedimiento general para implementar el “Programa de Reparación Histórica para Jubilados y Pensionados”, y detalla cómo se abonarán el pago de sentencias y la actualización de haberes.
El organismo creó la plataforma “Reparación Histórica” con sus aplicativos, desarrollos y herramientas informáticas, disponible en su sitio web.
Los puntos centrales del procedimiento general son los siguientes:
1 • A través de la plataforma los interesados podrán consultar si son alcanzados por el Programa, y en su caso, cuál es la propuesta económica de la ANSeS, cuáles son las pautas aplicadas, y cuáles son las cláusulas sujetas a aceptación, en el supuesto de estar de acuerdo.
2 • El beneficiario deberá confirmar y/o modificar sus datos, así como informar los datos de su abogado, quien también deberá ingresar a la página web, para ver los casos que tiene asignados, y analizar los términos de cada uno de ellos.
3 • Los abogados intervinientes deberán encontrarse con matricula federal habilitada e inscriptos en las notificaciones electrónicas del Poder Judicial de la Nación.
4 • La exteriorización de la voluntad de los beneficiarios y los letrados actuantes se realizará a través de la plataforma “Reparación Histórica”, previo ingreso de las respectivas Claves de la Seguridad Social.
5 • Luego deberán concurrir al lugar que se designe, para la incorporación de la huella digital a través de un sistema de identificación biométrica en el documento que reproduzca el acuerdo transaccional.
6 • El uso de la huella dactilar en esos términos, a efectos de la suscripción de los referidos acuerdos, tiene la validez de la firma ológrafa o digital, a fin de probar la declaración de voluntad expresada en el texto generado por el sistema electrónico, y asegurando tanto la autoría como la integridad del acuerdo suscripto.
7 • Si en algún momento del procedimiento debiera establecerse un orden de prioridades, la elaboración del mismo estará a cargo del Secretario Legal y Técnico.
La Ley de Reparación Histórica para Jubilados y Pensionados tiene como fin reajustar los haberes y cancelar las deudas previsionales.
“Uno de los objetivos es brindar una respuesta a la emergencia en materia de litigiosidad previsional, evidenciada en el prolongado tiempo que se ven obligados a litigar los adultos mayores en pos del cumplimiento de sus derechos”, resaltó la ANSeS, en la resolución.
El organismo aclaró que “un gran número de jubilados se encuentran en situaciones de gran vulnerabilidad, como ser aquellos de mayor edad o aquellos que padecen una enfermedad, y los que perciben haberes de menores montos”.
Luis Eduardo Herrera dice
Hola. Registré la huella, hice la consulta y estoy incluido en la "reparación" (sale una pantalla similar a la del post) ¿Cómo sigue? ¿Es obligatorio nombrar abogado? No inicié juicio anteriormente. Gracias.