Inspectores encubierto de la AFIP han comenzado a recorrer los comercios de todo el país para contral la implementación de Formulario 960/NM – Data Fiscal .
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), está realizando operativos inspectores encubiertos en diversos puntos del país.
El pasado viernes, inspectores que simulaban ser clientes, verificaban el uso de Fomulario Data fiscal en los comercio. Se los puedo ver en la mayoría de los centros comerciales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Gran Buenos Aires.
Los agentes verifican que el comercio cumpla con la obligación de exhibir el formulario según el cronograma establecido por orden de CUIT, para lo cual solicitan el talonario de factura y constancia de inscripción.
En caso de no cumplir con la obligación, se realiza una advertencia al contribuyente, pero desde noviembre comenzarán a implementarse las multas.
PUNTOS RELEVANTES DE DATA FISCAL
- El nuevo formulario deberá estar exhibido en un lugar accesible para ser “capturado” y leído por el público en general,
- La distancia no podrá ser mayor a 1 metro de distancia.
- Deberá ser impreso en tamaño de hoja A4 pudiendo además imprimir en otros tamaños si fuese necesario.
- A través de un smartphone o celular inteligente, los clientes podrán conocer el comportamiento fiscal de los comercios antes de consumir los bienes o servicios
- Los consumidores podrán denunciar ante el fisco las irregularidades impositivas y previsionales advertidas, mediante sus teléfonos en forma gratuita
- DATA FISCAL reemplazará al actual formulario 960 “Exija su factura”, a la “Constancia de Inscripción” y la de “Controladores Fiscales”, entre otros formularios.
- Más de tres millones de contribuyentes deberán implementar el sistema
- Contará con un código de respuesta rápida (QR)
- Aquellos contribuyentes que realizan operaciones o publican sus productos en internet.
- Comenzará por vencimientos escalonados en octubre, y ya el 1º de noviembre entrará en vigencia plena.
¿Cuándo rige la obligación de exhibir el Formulario Nº 960/NM?
La obligación de exhibir el Formulario Nº 960/NM – “Data Fiscal” deberá cumplirse a partir del día del mes de octubre de 2012 que, de acuerdo con la terminación de la Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) del responsable, se fija a continuación:
Terminación de C.U.I.T | Día |
0 | 2 de octubre de 2012, inclusive |
1 | 4 de octubre de 2012, inclusive |
2 | 10 de octubre de 2012, inclusive |
3 | 12 de octubre de 2012, inclusive |
4 | 16 de octubre de 2012, inclusive |
5 | 18 de octubre de 2012, inclusive |
6 | 22 de octubre de 2012, inclusive |
7 | 24 de octubre de 2012, inclusive |
8 | 26 de octubre de 2012, inclusive |
9 | 31 de octubre de 2012, inclusive |
M€T€ORO dice
Si, debe ser impreso en color porque la resolucion dice que hay que respetar tamaño, diseño y colores.
La unica excepcion es el de la vidriera, que segun el art.25 de la RG1415/03 (modificado por la RG3377/12) puede reducirse hasta un tamaño de A6 como minimo (1/4 del A4)
De todos modos conviene tener la resolucion a mano, porque hay inspectores ineptos hasta el punto de desconocer el articulado de las resoluciones que norman sobre lo que ellos salen a "verificar".
Hoy a un cliente que tenia el Data Fiscal en A6 y en colores en la vidriera, le dijeron que ese tamaño no se podia.
De mas esta decir que ya imprimi y le mande la resolucion con el articulo resaltado, porque como si fuera poco tener que estar pendiente de todo lo que hay que cumplir, parece que tambien tenemos que capacitar a los "inspectores".
Me gustaria saber si ese mismo inspector objeto algo a los que lo tienen en blanco y negro, que por lo que vi son la mayoria…
El Formulario en cuestión, debe ser impreso en color?