Escala del régimen simplificado de Ingresos Brutos 2020 AGIP
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobó, con el Código Fiscal 2020, un aumento de los topes para tributar Ingresos Brutos por el Régimen Simplificado.
A partir del 1 de enero partir de 2020 se pueden incluir operaciones por hasta $ 1.151.066,58
Las 8 categorías de la nueva escala impulsada por la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, como los valores actualizados de las cuotas, reflejan la evolución de la realidad económica.
Los otros parámetros que establece la norma respecto de superficie, consumo de energía y el precio unitario máximo de venta ($19.629,00), permanecen con los mismos valores.
ESCALA DE RÉGIMEN SIMPLIFICADO 2020 CABA
CATEGORÍA | BASE IMPONIBLE | SUPERFICIE AFECTADA | ENERGÍA ELÉCTRICA CONSUMIDA | CUOTA ANUAL | CUOTA BIMESTRAL | |
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Desde | Hasta | |||||
A | 0 | 138.127,99 | 30 m2 | 3.300 KW | $4.140.- | $690.- |
B | 138.128,00 | 207.191,98 | 45 m2 | 5.000 KW | $6.210.- | $1.035.- |
C | 207.191,99 | 276.255,98 | 60 m2 | 6.700 KW | $8.290.- | $1.380.- |
D | 276.255.99 | 414.383,99 | 85 m2 | 10.000 KW | $12.420.- | $2.070.- |
E | 414.383,99 | 552.511,96 | 110 m2 | 13.000 KW | $16.590.- | $2.765.- |
F | 552.511,96 | 690.639,96 | 150 m2 | 16.500 KW | $20.730.- | $3.455.- |
G | 690.639,96 | 828.767,95 | 200 m2 | 20.000 KW | $24.870.- | $4.145.- |
H | 828.767.95 | 1.151.066,58 | 200 m2 | 20.000 KW | $34.530.- | $5.755.- |
Además, se seguirá trabajando intensamente en el cruce de información tanto con AFIP como con otros actores públicos y privados, a fin de verificar que los contribuyentes estén correctamente categorizados de acuerdo al volumen real de sus actividades, lo cual viene dando origen a recategorizaciones y exclusiones de oficio cuando se detectan irregularidades.
Por otra parte, vale recordar que en el año 2015 AGIP impulsó la exención de Ingresos Brutos de los contribuyentes de la Ciudad adheridos al Monotributo Social de AFIP -que alcanza a personas en situación de vulnerabilidad social, cooperativas de trabajo y emprendimientos productivos reconocidos por ANSES, inscriptos en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social habilitado por dicho Ministerio, que no generen ingresos anuales superiores al límite previsto en la categoría “A” del Monostributo AFIP $208.739,25, por lo cual fueron excluidos de tributar por el Régimen Simplificado.
Recategorización
Es importante que cada contribuyente revise los rangos y su correcta inclusión en la categoría correspondiente.
Para ello, durante los meses de enero, mayo y septiembre, está abierta la recategorización y es obligatoria cuando alguno de los parámetros se modifica de tal forma que implica un cambio de categoría.
Liliana dice
hola. cómo debo hacer para cumplir con el régimen de información de compras y ventas?
Mariano dice
Tenes que presentar la ddjj mediante el aplicativo citi vtas-compras en base Siap.-