Durante abril, los gremios que no hayan pactado absorber el incremento solidario, deben seguir pagando los 4.000 pesos del decreto 14/20.
El decreto 14/2020 estableció un aumento para los trabajadores en relación dependencia de $3000 en enero y de $4.000 de desde febrero.
Dicho incremento, debía cumplir con una serie de condiciones, la primera de ellas, que “deberá ser absorbido por las futuras negociaciones paritarias.”
Por lo tanto, de no haberse absorbido el incremento solidario por la paritaria, se deberán seguir pagando los $4.000 como hasta ahora.
En esta situación, se encuentran las mayoría de los gremios, que no han comenzado con las negociaciones salariales.
Ahora, en en el caso de que el gremio haya acordado la absorción de dicho aumento, se procederá según el acuerdo que haya logrado cada sindicato. Como por ejemplo, UTEDyC y Sanidad.
Otra de las condiciones establecidas por el decreto 14/20, era sobre la suma del incremento solidario, se eximía del pago de las contribuciones al SIPA, pero sólo para los meses de enero, febrero y marzo (o hasta cuando la paritaria los absorba).
Por lo tanto, desde abril, se pagan todas las contribuciones, ya no corre la eximisión al SIPA.
Por último recordemos, que dicho beneficio, sólo será para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas que cuenten con Certificado MiPyME vigente e igual exención gozarán las entidades civiles sin fines de lucro.
CORINA LUCIA dice
Buenos días, puede ser que cambio nuevamente el formato y ya no discrimina Contribuciones SIPA y NO SIPA para los que tienen prórroga de pago?,
Nancy dice
Tengo la misma consulta
MIRTA dice
buen dia a todos……estoy tratando de liquidar quimicos
alguno tiene idea de como hacerlo???? ya a los empleados recibieron la confirmacion de anses….”””
Vanesa dice
Ignacio quería consultarte si tenes idea si debo pagar los items no remunerativos de viáticos por comida y viático especial a camioneros, aún cuando el empleado no esté trabajando porque no tiene permiso la empresa para estar abierta. La lógica me diría que no, pero teniendo en cuenta que estos items se liquidan aún cuando están de vacaciones, no se como manejarlo en este caso del DNU 297/20.
karina dice
buenas tardes tengo trabajadores de la industria de mercado Stihmpra ellos ya habian homologado escala con salarios hasta el 30 de abril de 2020 obviamente cuando negociaron no estaba el incremento solidario por lo cual entiendo que los $ 4000 hay que seguir pàgandolo es asi?
carlos dice
hola buenas ignacio el aumento del incremento solidario es acumulable a las horas nornales..y alas horas extras….de los 4.000 mil pesos
Mayra dice
Ignacio buenas tardes quise presentar el 931 de Abril 2020 y no eximio los 4000 pero sin embargo yo se los pague ya que el sindicato no lo absorbió.
La consulta seria así, el 931 se realiza con los 4000 pero no se descuentan mas?????? o hay alguna manera de que se eximan???
Y por otro lado tampoco me dejo detraer 10000 solo los 7003 o la mitad en el caso de media jornada.
Leonardo dice
Hable recién con la UOCRA y se siguen abonando normalmente los $4000.00 del incremento solidario.
NO tenia novedades del nuevo convenio.
Cuando se negocie entiendo se harán los ajustes retroactivos pertinentes.
Es como lo publica Ignacio.
Verobea dice
hola queria saber si suther hay que pagar los 4000 ya que marzo tienen nueva escala salarial.
Yésica dice
Hola pudiste solucionarlo, porque por lo que tengo entendido siguen los 4000
NORMA dice
Hola Ignacio, el sindicato de socaya 231/75 y seca 402/05 tienen que seguir pagando los 4000 pesos en Abril?
Monica Gonzalez dice
Hola buen dia quisiera saber si corresponde los $4000 del incremento solidario a los empleados del convenio 4/88 ATILRA. (CONVENIO LACTEOS). No dice nada al respecto.
Y con respecto al convenio 40/89 transporte de cargas recien hable con el representante gremial aca de mi provincia y me dijo que ya no corresponden los $4000 porque ya fue abosrvido por los futuros aumentos paritarios al igual que el convenio sanidad.
Aguardo comentarios.
Gracias
Silvia Pamela dice
Hola, quisiera saber el SABYB hasta cuando paga el incremento solidario. Muchas gracias
safyb ( sindicato argentino de farmaceuticos y bioquimicos)
El decreto en su art 2 d) decie “Cuando la prestación de servicios fuere inferior a la jornada legal o convencional, los trabajadores y trabajadoras percibirán el incremento en forma proporcional,”. Para aquellos que no trabajaron en la cuarentena entiendo que sería cero, y se reduciría en los casos de apertura parcial del establecimiento, y sería completo solo si se trabajó normalmente. ¿Coinciden?
Hola, entiendo que se descuenta solo en caso de ausencia/falta, que no es lo mismo que cuarentena. Interpreto que los 4000 van con el mismo tratamiento que el resto del sueldo. Lo unico que me parece que en los suspendidos, como el resto del sueldo es no renunerativo, es decir deberia no ser 4000 sino en neto mas los conceptos a descontar que queden igual,, Pami, OS, y cuota sindical.
Alguien interpreta lo mismo?
Cuando digo el mismo tratamiento de suspendidos, me refiero a la reduccion (del bruto del 25 o 30%) segun convenio.
Si de los 4000 brutos quedaban en mano neto 3.220, ahora deberian ser -25% 2415, y el bruto debiera incluir creo el 3% pami, 3% os y 2,5 cuota sindical, o sea habria que sumarlos al IS bruto, no?
Hola! Alguien sabe si Camioneros Absorbió los el incremento solidario con el aumento de Febrero y Abril en la escala salarial o si tengo que seguir pagandolos?
Hola. Queria saber si quimicos sigue pagabdo los 4000….gracias
Hola Ignacio una pregunta también le corresponde a los trabajadores rurales de uatre?
hola hice una liquidacion preliminar del 931 de Abril/20 y no me toma la detraccion de los 10.000. Alquien tiene idea que pasa? Gracias
Fijate si en algún momento tenías empleados con códigos de reducción. En mi caso tuve que dar de baja la opción que ya no usaba, desde Simplificación registral.
si lo mantengo aun, pero hasta marzo la detraccion me la aplicaba igual.