Incremento de la deducción especial para la segunda cuota del aguinaldo 2016. Detalles y Caso práctico. Ejemplo para su cálculo y determinación.
Como sabemos, el Gobierno nacional eximió del pago del Impuesto a las Ganancias a la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario (SAC) de 2016. La medida fue oficializada el hoy cuando se publicó en el Boletín Oficial el decreto 1253/16.
El mencionado decreto, incrementa la deducción especial establecida en el inciso c) del artículo 23 de la ley de impuesto a las ganancias, hasta $15.000 equivalente al importe neto de la primera cuota del Sueldo Anual Complementario.
Por lo tanto, el incremento de la deducción especial será al equivalente a obtener el importe neto de la segunda cuota del Aguinaldo, para lo cual, al Monto Bruto del Aguinaldo se le deberán detraer los aportes correspondientes al:
- Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) o, en su caso, los que correspondan a cajas Provinciales, Municipales u otras
- Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados,
- Régimen Nacional de Obras Sociales
- Cuotas sindicales ordinarias.
Lo dispuesto tendrá efectos exclusivamente para la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario devengado en el año 2016 y para los sujetos cuya mayor remuneración bruta mensual, devengada entre los meses de julio a diciembre del año 2016, no supere la suma de $ 55.000.
Ejemplo:
Para una mejor comprensión realizaré un breve ejemplo. Supongamos el caso de un empleador, cuya mayor remuneración bruta devengada en el segundo semestre fue del 2016 fue de $ 35.000, el cálculo de su “deducción especial” será el siguiente:
– Mayor remuneración bruta devengada en el semestre: $ 35.000
Como la mayor suma devengada entre los meses de julio a diciembre del año 2016 es de 35.000, no supera los $ 55.000 podemos aplicar el beneficio.
Cálculo del SAC
2º S.A.C. bruto: $ 35.000 / 2 = $17.500
Al S.A.C. Bruto, le descontamos los aportes Aportes:
– Jubilación 11%: $1925
– Ley 19032 3%: $525
– Obra social 3%: $525
– Sindicato 2% : $350
Total 2º SAC neto: $ 14.175,-
Total del incremento de la deducción especial: $ 14.175,-
Estos $14.175 pesos se suman a la deducción especial aplicable al ejercicio fiscal 2016.
La deducción especial no puede superar los 15.000, en este caso es de 14.175.
Por lo expuesto, y como sucedió en años anteriores, la deducción especial será diferente para cada caso particular, ya que el beneficio se estableció por concepto, no por un importe fijo determinado.
El mencionado decreto, incrementa la deducción especial establecida en el inciso c) del artículo 23 de la ley de impuesto a las ganancias, hasta $15.000 equivalente al importe neto de la primera cuota del Sueldo Anual Complementario.
Total del incremento de la deducción especial: $ 14.175,-
Unknown dice
Hola Ignacio, ¿Cómo estás? Gracias por tú gran aporte. Podrás orientarme sobre que normativa leer para saber si las gratificaciones extraordinarias y vacaciones quedan comprendidas dentro de la remuneración bruta mensual a considerar. Tengo el caso de una persona que sólo un mes supera los $55.000 debido al las gratificaciones extraordinarias. Gracias
Los 15.000 deben aumentar un 3,8 veces mas?