Debido al nuevo acuerdo salarial celebrado el 21 de enero de 2010 por los empleados de comercio, CCT 130/75, se incrementa desde este mes de enero de 2010 la contribución patronal obligatoria al INACAP.
El nuevo acuerdo otorgó dos sumas no remunerativas a todos los empleados de comercio, desde este mes de enero de 2010, la primera es de $100,- y la segunda, una asignación por única vez, de $300, que se paga en 4 cuotas de $75, de enero a abril.
Forma de cálculo de la nueva contribución patronal obligatoria al INACAP a partir de enero de 2010:
Conceptos | Maestranza A inicial | % aporte INACAP | Cuota INACAP |
Salario – Base de Cálculo Maestranza A inicial (remunerativo vigente ) |
$ 1.293,65 | 0,50% | $ 6,47 |
No Remunerativo Acuerdo Abril 2008 (20%+$100) |
$ 358,73 | 0,50% | $ 1,79 |
No remunerativo Acuerdo Abril 2009 |
$ 300 | 0,50% | $ 1,50 |
No remunerativo Acuerdo Enero 2010 |
$ 100 | 0,50% | $ 0,50 |
Asignación especial Acuerdo Enero 2010 |
$ 75 | 0,50% | $ 0,37 |
Cuota INACAP por empleado | $ 10,63 |
El importe a pagar a favor del INACAP, surge de multiplicar la suma de $ 10,63 por cada empleado alcanzado por el CCT 130/1975. Dicho importe se deberá ingresar hasta el día 15 del mes siguiente en los siguientes lugares de pago:
- Banco de la Nación Argentina,
- Banco de la Provincia de Buenos Aires,
- Pago Fácil
- Bapropagos
De todos modos, en abril próximo deberá firmarse un nuevo acuerdo, por lo cual es posible que se realicen cambios que modifiquen estos cálculo.
Anónimo dice
hola Ignacio, una consulta, si un empleado de comercio se encuentra accidentado mas de 1 año y es la ART que se encarga de abonarle la remuneracion + aportes, pasado ese año debo seguir pagango inacap, sindicato?? lo debo sacar del f931?? gracias!!!
hola ignacio te hago una consulta tengo una empleada de comercio a quien se le reservo el puesto de trabajo, no debo seguir pagando por ella el inacap? en el 931 informo tal situacion pero como no goza de remuneracion alguna entiendo que tampoco corresponde pagarlo …
excelente tu blog!!!!
mariana N
Hola Angélica, no, el importe integro al empleado está a cargo del empleador.
saludos
ANGELICA.
IGNACIO, FELICITACIONES Y MUCHAS GRACIAS POR LA AYUDA QUE NOS BRINDA TU BLOG.
MI CONSULTA ES SI EL 0.50% DE INACAP SE LE DESCUENTA AL EMPLEADO, SIENDO ASÍ APORTE Y CONTRIBUCION, O ES SOLO CONTRIBUCION. MAS QUE NADA PORQUE EN LOS ACUERDOS, CONFUNDE POR EJ. EN EL ART.3 DEL AC.JUNIO, DONDE HABLA DE LOS ADICIONALES SOBRE OS., SINDICATO E INACAP.
DESDE YA MUCHAS GRACIAS POR TU VALIOSA RESPUESTA
Hola Virginia, las horas extras se toman por los valores normales.
Hola Ignacio! una consulta.. tengo q liquidar un sueldo al q le tengo q descontar días de trabajo por falta injustificada y obviamente el presentismo, pero a su vez tengo que liquidarle y calcularle horas extras, la pregunta es si las horas extras las calculo sobre el sueldo q le tocaría si hubiese trabajado el mes completo o sobre el que me da este mes al descontarle los dias de trabajo??
Hola María José, no entiendo la consulta.
Hola Ignacio, la consulta es la siguiente, se liquida con el sueldo de enero $ 200 mas por vacaciones o algo similar.
Todos nos estamos tomando vacaciones, y veo q algunos compañeros han cobrado los 175 del acuerdo + 200 de vacaciones. Estan en la misma situacion y categoria q la mia y yo solo cobre el acuerdo. Gracias
Hola Carlos, es un tema para discusión, mi parecer es que se tienen que pagar, porque el perjuicio económico que se haría si no se pagasen, sería muy alto para el trabajador. Pero, hay quienes sostienen que se debe pagar en forma proporcional.
disculpa ahor que lo leo yo no entiendo. jaja mi pregunta es si los aumentos no remunerativos ,me los pagan si estoy de vacaciones, o ese mes cobro menos??gracias
Hola Guillermo, no, el nuevo acuerdo la postergó.
Hola Carlos, no entiendo la consulta
soy adm b tengo vacaciones del primero a al catorceme me dieron el recibo
y dice
sueldo 14 806.82 (incluye el prsentismo segun calcule)
y descuentos por
jub
ley 19032
obra social
cuota sindical
seg de vida
campo deportes
AHORA TODO LO NO REMUNERATIVO QUE ME CORRESPONDERIA UN MES COMUN CUANDO VA A FIN DE MES CON EL RESTO DE LOS DIAS COMPLETO O COBRO MENOS?? COMO 300 PESOS MENOS?
GRACIAS
GRACIAS
buenas tardes ignacio te hago una consulta esta vigente la nueva escala salarial de empleado de comercio a partir del me de enero de 2010. donde un empleado de comercio vendedor categoria A inicial cobra $ 1693.83 + todos los adicionales. desde ya muchas gracias
guillermo
Hola Cristian, no, no se homologó, eso lleva tiempo, unas semanas para que salga la resolución y luego esperar a que se publique.
De todos modos, tarde o temprano tendrán que pagarlo.
Para mi no tiene sentido retrasarlo, porque después hay que pagarlo retroactivo.
Ignacio, consulte esto que vos me dijiste a las persona que me liquida el sueldo y me dijo que aún no se homologo es por esto que no me lo liquidaron, se sabe cuanto puede tardar en homologar el mismo?