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Impuesto País: ¿qué operaciones están alcanzadas y cuáles no por el recargo del 30%?

30 diciembre, 2019 Por Ignacio 3 comentarios

El Gobierno reglamentó quiénes deben pagar el impuesto y quiénes quedan exceptuados. Se estableció un alícuota especial para servicios como Netflix.

El gobierno reglamentó el “Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS)”, que implica un 30% de recargo a todas las operaciones que impliquen la adquisición de moneda extranjera,

La medida fue oficializada el sábado, mediante la publicación en el Boletín Oficial del decreto 99/2019, que reglamenta la ley 27.541 de Emergencia Económica.

Operaciones alcanzadas por el impuesto

Las operaciones que sí pagarán son:

  • la compra de dólares para atesoramiento
  • la compra de bienes y servicios, incluyendo la compra de pasajes al exterior, cualquiera sea su medio de pago.A

Alícuota especial del 8% para servicios digitales

En el caso de servicios digitales en moneda extranjera (gravados por el IVA), la alícuota será del de 8%. Esto alcanza, por ejemplo, a las plataformas de música y series, como Netflix y Spotify.

También se incluye la contratación de servidores de internet y demás servicios en la nube..

Operaciones no alcanzadas por el impuesto

Desde el Ministerio de Economía detallaron en que caso no se aplica el impuesto PAÍS:

  • Adquisición de pasajes por vía terrestres con destino a países limítrofes.
  • Gastos referidos a prestaciones de salud.
  • Compra de medicamentos.
  • Adquisición de libros en cualquier formato.
  • Utilización de plataformas educativas.
  • Software con fines Educativos.
  • Gastos asociados a proyectos de investigación, desarrollados por investigadores en el ámbito del Estado, universidades e instituciones que integran el sistema universitario Argentino.
  • Además, no se aplica el impuesto cuando el pago de las operaciones se realiza con moneda extranjera utilizando la que se tuviera en existencia.
  • De lo recaudado mediante este impuesto, se destinará un 70% a la ANSES e INSSJP.

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Comentarios

  1. -
  2. Francisco palacio dice

    4 enero, 2020 a las 8:03 pm

    Cn el servicios de UBER conductor también debemos pagar el 30 %??

    Responder
  3. Pablo dice

    4 enero, 2020 a las 12:14 pm

    “No se aplica cuando se paga con dolares que se tuviera en existencia”
    Pero si pago con tarjeta de crédito el impuesto me va a venir en el resumen por mas que yo pague el resumen con dolares en existencia lo termino pagando igual. Esto es asi?

    Responder
  4. Luter dice

    30 diciembre, 2019 a las 8:59 am

    Dice “compra de moneda extranjera para atesoramiento”, si uno ya tiene los pasajes comprados y los declara, podria comprar moneda extranjera para uso en ese viaje? (no seria atesoramiento)

    Responder

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