Durante el mes de septiembre podrán recategorizarce los contribuyentes inscriptos en el Régimen Simplificado de Ingresos Brutos de la Ciudad de Buenos Aires.
Durante todo el mes de septiembre los contribuyentes de la Ciudad de Buenos Aires, inscriptos en el Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos, cuyo nivel de actividad no se corresponda con su categoría, deberán recategorizarse.
Se recomienda efectuar el cambio antes de pagar la cuota del 4º bimestre (julio-agosto), cuyo vencimiento es del 20 al 26 de septiembre. En caso de realizar la recategorización con posterioridad al pago de la cuota, se deberá imprimir desde la página web (www.agip.gov.ar) una boleta complementaria con la diferencia.
El nivel de ingresos (base imponible) a tomar en cuenta para esta recategorización corresponde al total de lo facturado durante el periodo julio 2012 – junio 2013. También deberá tomarse en consideración la energía eléctrica consumida y la superficie afectada para seleccionar la categoría, de corresponder.
Estos tres parámetros deben ser consecuentes con lo informado a la AFIP por quienes estén dentro del Monotributo. Rentas realiza en forma permanente cruces de información a efectos de corroborar los datos declarados.
A partir del periodo fiscal 2013 existen siete (7) categorías de contribuyentes de acuerdo a los ingresos y a los parámetros máximos de las magnitudes físicas (“superficie afectada” y “energía eléctrica consumida”).
En 2012 las categorías I y II fueron eliminadas y la mínima establecida es la categoría III. En 2013 se agregó la categoría IX.
Categoría
|
Base Imponible
|
Superficie Afectada
|
Energía Eléctrica consumida
|
Impuesto para actividades con Alícuotas
|
||||
Más de
|
Hasta
|
Del 3% y superiores
|
Inferiores al 3%
|
|||||
Anual |
Bimestral |
Anual |
Bimestral
|
|||||
III
|
0
|
36.000
|
45 m2
|
5.000 KW
|
$720.-
|
$120.-
|
$360.-
|
$60.-
|
IV
|
36.000
|
48.000
|
60 m2
|
6.700 KW
|
$1.080.-
|
$180.-
|
$540.-
|
$90.-
|
V
|
48.000
|
72.000
|
85 m2
|
10.000 KW
|
$1.440.-
|
$240.-
|
$960.-
|
$160.-
|
VI
|
72.000
|
96.000
|
110 m2
|
13.000 KW
|
$2.180.-
|
$363.-
|
$1.080.-
|
$180.-
|
VII
|
96.000
|
120.000
|
150 m2
|
16.500 KW
|
$2.880.-
|
$480.-
|
$1.440.-
|
$240.-
|
VIII
|
120.000
|
144.000
|
200 m2
|
20.000 KW
|
$3.600.-
|
$600.-
|
$1.800.-
|
$300.-
|
IX
|
144.000
|
200.000
|
200 m2
|
20.000 KW
|
$4.320.-
|
$720.-
|
$2.160.-
|
$360
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me puedo recategorizar en ingresos brutos despues de septiembre o debo esperar a marzo ?