La Inspección General de Justicia (IGJ) fijó para el próximo 18 de septiembre la fecha limite para el cumplimiento del pago de la tasa anual empresarial.
Vencida la fecha, será de aplicación la multa correspondiente, dicha sanción equivale al monto que resulta de aplicar una vez y media la tasa de interés mensual que utiliza el Banco de la Nación Argentina en sus operaciones de descuento para documentos comerciales, sobre los importes omitidos.
La emisión de boletas se hace vía Web
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