El Ministerio de Trabajo homologó el acuerdo que establece trasladar el día del empleado de comercio al lunes 27 de septiembre.
El Ministerio de Trabajo homologó mediante la resolución 1210/21 el acuerdo firmado por la FAECyS y las cámaras mercantiles en el cual establecieron trasladar la celebración del día del trabajador mercantil del domingo 26 al lunes 27 de setiembre.
Según el comunicado de la FAECyS:
De acuerdo a la Ley 26.541 se ha instituido el 26 de septiembre como Día del Empleado de Comercio, atento ello las partes firmantes en uso de su autonomía colectiva acuerdan trasladar la conmemoración del mencionado día por el corriente año 2021, al 27 de septiembre a los fines que los empleados de comercio puedan celebrar en dicha fecha, su día, con todos los alcances de la mencionada ley.
Homologación acuerdo salarial
Resolución 1210/21 Secretaría de Trabajo
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