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El Trámite de Rúbrica Digital de Documentación Laboral en la provincia de Buenos Aires requiere firma digital. Costo, dónde cómo realizarlo.
A través de la Resolución MTGP 147/24, el Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires puso en marcha el Sistema de Trabajo Digital Bonaerense (SITRADIB), que funciona en el Portal de este organismo y a través del cual se podrá realizar la Rúbrica de documentación laboral, de manera digital.
Para este trámite, uno de los requisitos esenciales para realizar el trámite de rúbrica digital de documentación laboral en la provincia de Buenos Aires es contar con una firma digital.
¿Qué es la Firma Digital?
La firma digital es un mecanismo criptográfico que garantiza la autenticidad, integridad y no repudio de un documento digital.
A diferencia de una firma manuscrita escaneada, la firma digital tiene la capacidad de validar electrónicamente que el documento no ha sido alterado desde que fue firmado y asegura la identidad del firmante.
La firma electrónica y la firma digital son conceptos diferentes, aunque ambos tienen validez jurídica:
- Firma electrónica: Es un término general que se refiere a diversas formas de consentimiento electrónico. Tiene naturaleza legal y da fe de la voluntad del firmante. Por ejemplo, al aceptar las condiciones de un servicio en línea, se utiliza una firma electrónica.
- Firma digital: Es un enfoque más avanzado y seguro de la firma electrónica. Se basa en métodos criptográficos para encriptar los datos de un documento y garantizar su integridad y la identidad del firmante. Se obtiene mediante un certificado, que es una habilitación otorgada por un licenciador autorizado. La firma digital es la opción preferida para transacciones que requieren un alto nivel de seguridad y autenticidad.
En Argentina, la Ley 25.506 regula la firma digital y la firma electrónica.
¿Cómo se tramita la Firma Digital?
Para obtener una firma digital en Argentina, el proceso varía según el tipo de firma que queremos obtener (con o sin token). En ambos casos, el trámite se realiza a través de entidades certificadoras autorizadas que cumplen con las normativas establecidas por el gobierno.
Tipos de Firma Digital: Con y Sin Token
Existen dos tipos principales de firma digital: con token y sin token. Ambas opciones tienen el mismo valor legal, pero se diferencian en su funcionamiento y método de acceso.
1. Firma Digital con Token
Este tipo de firma digital requiere un dispositivo físico conocido como token criptográfico, que actúa como un “dispositivo USB” donde se almacena de manera segura el certificado digital del usuario. Este token debe ser conectado al equipo desde el cual se desea firmar documentos, y una vez conectado, se puede proceder a utilizar la firma.
- Ventajas: Mayor seguridad, ya que el certificado se encuentra en un dispositivo físico que debe conectarse para firmar.
- Recomendado para: Usuarios que requieren firmar documentos de alta seguridad, como grandes empresas o profesionales con necesidad de una alta frecuencia de uso. Para algunos trámites se requiere este tipo de firma.
2. Firma Digital sin Token
Esta modalidad es totalmente digital y no requiere el uso de dispositivos físicos. La firma se realiza a través de sistemas en la nube o aplicaciones específicas que gestionan el certificado digital sin la necesidad de un token. Es una alternativa más sencilla y económica.
- Ventajas: Mayor practicidad, ya que no se necesita un dispositivo físico para firmar, se puede hacer por celular.
- Recomendado para: Profesionales que realizan firmas esporádicas o para aquellos que priorizan la comodidad.
Firma Digital Remota sin Token
Existe la posibilidad de tramitar la Firma Digital de manera gratuita, para ello se debe solicitar ante la Autoridad Certificante MODERNIZACIÓN. Se trata de la Firma Digital sin token, que son únicamente para personas humanas.
La firma digital remota (sin token) sirve únicamente para firmar digitalmente archivos en formato PDF a través del FIRMADOR de la Plataforma de Firma Digital Remota (PFDR), que no es otra cosa que una plataforma web a la que hay que ingresar con usuario y clave, y de la cual se firman los documentos PDF.
¿Qué necesito para tramitar sin costo la firma digital sin token?
- Correo electrónico: Tener acceso a una cuenta de correo electrónico al momento de concurrir a la Autoridad de Registro a realizar el trámite.
- Teléfono Móvil: Tener un teléfono inteligente con una aplicación instalada para generar el OTP (One Time Password). Esta app te permitirá generar contraseñas temporales que utilizarás como uno de los tres (3) mecanismos de autenticación. (Es una aplicación como la que se usan para los bancos)
- DNI y tener número de CUIL o CUIT.
¿Cómo se realiza el trámite?
Se debe sacar un turno en la Autoridad de Registro, el problema es que hay muy muy pocos lugares en todo el país, por eso no es accesible para todos:
En la sede, el Oficial de Registro te solicitará la documentación requerida, te tomará los datos biométricos y te guiará en el proceso.
Una vez finalizado el trámite, ya se puede firmar digitalmente a través del FIRMADOR de la Plataforma de Firma Digital Remota (PFDR).
Firma Digital por Hardware (token)
La Firma Digital con Token requiere de un dispositivo físico donde se almacena el certificado de firma digital para poder firmar (el token).
Con esta modalidad se puede firmar todo tipo de documento digital y transacción, permite hacerlo de a varios documentos a la vez y es posible distinguir en el documento si está firmado digitalmente.
Para esta firma, se debe adquirir un dispositivo criptográfico (token) que cumpla con el estándar FIPS 140-2 nivel 2 o superior, que soporte claves RSA de 2048 bits. Los mismos deberán tener certificación NIST (National Institute of Standards and Technology).
Estos dispositivos tienen un costo de de 50 a 60 USD más IVA, en algunos casos los mismos Certificantes ofrecen el dispositivo, en otros uno se debe hacer cargo de conseguirlo.
Al costo del token, hay que sumarle el costo del trámite (unos 200 USD) antes el los certificadores licenciados que son entidades públicas o privadas que se encuentran habilitados por el Ente Licenciante para emitir certificados digitales, en el marco de la Ley 25.506 de Firma Digital.
Las Certificadores licenciados con licencia vigente:
- ONTI – Oficina Nacional de Tecnologías de Información
- Lakaut S.A.
- Box Custodia de Archivos S.A.
- Digilogix S.A.
- Encode S.A.
- Ministerio de Modernización
Pasos para tramitar la firma digital con token
Hay que comunicarse con el Certificador elegido, que indicará los pasos a seguir. Estos pasos incluyen completar un formulario con los datos del firmante, DNI, CUIL o CUIL para el caso de Personas Humanas, y en el caso de personas físicas se requiere copia del contrato o poder que acredite el carácter del firmante.
Toma de datos biométricos
Una vez completada la documentación, se acuerda con el Certificante para realizar la toma de datos biométricos, la entrega del token (si es que lo proveen o comprarlo con anterioridad) y las instrucciones para el procedimiento de firma.
Pasos para tramitar la firma digital:
- Verificar Requisitos: Asegúrate de contar con la documentación solicitada, como tu DNI y en algunos casos, dispositivos específicos como un token.
- Seleccionar el Certificante: Elegir una entidad certificante autorizada que ofrezca el servicio de emisión de firma digital (detallado más adelante).
- Solicitar el turno: De acuerdo con la entidad elegida, debes obtener un turno para iniciar el trámite.
- Presentarse en la entidad certificante: En la mayoría de los casos, deberás asistir personalmente para acreditar tu identidad. En esta instancia, se realiza la validación de tus datos y, de ser necesario, la configuración del token.
- Generación y activación del Certificado: Una vez realizado el trámite, recibirás un certificado digital que será la base de tu firma. En el caso de los tokens, este certificado queda alojado en el dispositivo.
- Uso de la Firma Digital: Dependiendo del tipo de firma, podrás usarla directamente desde el sistema sin token o, en el caso del token, conectando el dispositivo al equipo desde el cual firmarás.
Algunas cuestiones a tener en cuenta
Es importante tener una PC o notebook actualizada porque se requiere bajar archivos para el procedimiento de firma.
Cada token puede alojar hasta 5 firmas del mismo suscriptor, por ejemplo puede firmar como apoderado en una empresa y socio gerente en otro, o representándose así mismo. Pero no puede alojar firmas de otro persona en el mismo dispositivo.
Además, el token permite incorporar al documento la imagen de la firma ológrafa.
Costos de la firma digital y el token
Los costos varían según la empresa, pero estos son los que pude relevar hasta el momento:
Lakaut
- Tramite: 200 USD + IVA
- Token: 50 + IVA
ENCODE
El costo varía según la cantidad de empleados y si se trata de persona humana o jurídica:
- Persona jurídica hasta 100 empleados: dos cuotas anuales de $90.000 + IVA
- Persona jurídica más de 100 empleados: dos cuotas anuales de $120.000 + UVA
- Persona humana Responsable Inscripto: dos cuotas anuales $62.000 + IVA
- Persona humana monotributistas: dos cuotas anuales de $50.000 + IVA
Estos precios, por lo que me informaron son para quienes solicitan la firma por el el trámite SITRADIB. El token no lo proveen, por lo que se debe comprar por separado.
Costo del token
La empresa SITEPRO ofrece el SafeNet eToken 5110+ FIPS Nivel 2 por $60.00 + IVA. Se puede retirar en sus oficinas o se puede pedir que lo envíen por correo con costo a cargado del comprador.
Digilogix
Ofrece la opción con y sin token, estos son los precios y opciones de pago:
- Firma digital en la Nube: 80 usd + iva Certificado Físico
- Firma digital con Token USB: 80 usd + iva Certificado Fisico + 78,50 usd +iva el token por única vez.
En todos los casos los certificados duran 2 años, una vez cumplido ese plazo, se debe renovar pagando nuevamente el costo, se hace de manera online.
CPBA
El Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Buenos Aires informó que pronto comenzará a realizar el trámite de firma digital como entidad certificante.
Estos son los costos que pude relevar hasta el momento, si alguien tiene los costo y modalidades de Box Custodia, se los agradezco así los sumo al informe.
Por último, y volviendo al SITRADIB, en relación a los plazos, a partir del 02/09/24, podrán acceder en forma voluntaria todos los empleadores que así lo deseen.
Asimismo, estarán obligados desde el 01/10/24, los empleadores que rubricaban a través de microfichas. Desde el 01/11/24, los empleadores con 50 o más trabajadores. Y finalmente, desde el 01/12/24, los empleadores con menos de 50 trabajadores.
Valeria García dice
Buen día, quisiera saber si alguien ya pudo firmar el pdf con token enchufado a la pc desde alguno de los firmadores que ofrece el SITRADIB (no subiendo el pdf ya firmado). Gracias.
Gracias Kicillof, mas trabajo, mismo sueldo.Hermoso todo Axelito
Llego a subir todos los archivos, el problema es que no reconoce a la persona que firma digitalmente como apoderada de la empresa. Las firmas digitales son `personales y el tema es que no sabemos como vincular esa firma de apoderada para que la reconozca el sistema a pesar de que ingresamos con el usuario de esa persona vinculada a la empresa. Al subir el archivo firmado digitalmente arroja error diciendo que no pertenece a la empresa. Alguien pudo firmar digitalmente el libro y que el sistema lo acepte?
gracias
Me pasa lo mismo, soy firmante de estudio contable, autorizada mediante Carta Poder del Ministerio pero al firmar no reconoce mi firma digital y sale mensaje que dice que la firma no pertenece a la empresa. Por teléfono el Ministerio me dijo que si soy Apoderada por carta poder podía firmar, pero…
En el Ministerio me dijeron que quien debe gestionar y vincular su firma digital a la empresa es el Administrador de clave fiscal Afip, ¿será por eso que no lo reconoce? ¿El apoderado es el Administrador de AFip?
Buenas tardes, Ignacio. quien debe hacer el tramite de la firma digital?, el empleador o el estudio contable?, no comprendi ese punto, ya que tenemos varias empresas
gracias
Yo consulté eso mismo en el ministerio y ni ellos sabían…
Son la autoridad de aplicación y los que imponen este nuevo mecanismo pero no son capaces de responder algo tan simple. Encima no son muy cordiales en la atención.
Me mandaron a consultar con las empresas que venden lo de la firma. No lo consulté porque me van a contestar lo que comercialmente más les convenga a ellas obviamente…
«La firma digital es la opción preferida para transacciones que requieren un alto nivel de seguridad y autenticidad.»
En serio el LSD requiere un un «alto nivel de seguridad y autenticidad»???
Además, una vez que se subieron los archivos solamente podría alterarlos el propio ministerio.
No será más bien «la opción preferida para quienes necesitan inventar una caja»??
Hola que tal?, preguntamos en el ministerio y nos indicaron que aun no tienen nada, que no saben bien como va a funcionar, si que hay que comprar los token alli, pero no tienen idea, recien en noviembre iban a recibir indicaciones, entiendo que va a ser un caos para los empleadores y para el ministerio, entre que el tramite es presencial, que tiene un costo importante y que ya es obligatorio desde noviembre y nadie te sabe informar nada, estamos en el horno!!!
Consulta…no se dio una prorroga a las fechas de cumplimiento corriendo todo un mes???
El Decreto 847/2024 sustituye el libro de la Ley 20744 por la registracion en el sitio de AFIP
no
Tal cual, opino lo mismo y me llama la atención que nadie lo dice
Lo que yo interpreto es que ya no es más requisito a nivel nacional que la relación esté asentada en el libro de sueldo para considerarse en regla. Algo bastante lógico porque si la relación ya está registrada por sistema, se pagan las cargas sociales, los sueldos vía transferencia, etc… el simple hecho de que no esté por libro no significa que sea una relación “no registrada” o “en negro”.
No obstante, más allá de eso, interpreto que si el ministerio a nivel provincia exige el LSD y uno no lo tiene pueden aplicar sus multas.
Desde esta pagina se puede sacar turnos para PERSONAS FISICAS, CON O SIN TOKEN.
EL TOKEN lo deben llevar la persona que necesite realizar su firma digital.
el TRAMITE ES GRATUITO, para personas Físicas. NO realizan el tramite para personas jurídicas .
Y el Token se puede conseguir en mercado libre por un costo que comienza a partir de $ 68.000.
https://www.argentina.gob.ar/servicio/solicitar-firma-digital-remota-sin-token#:~:text=%C2%BFCu%C3%A1l%20es%20el%20costo%20del%20tr%C3%A1mite%3F&text=La%20Autoridad%20Certificante%20no%20percibe%20arancel%20alguno%20por%20la%20emisi%C3%B3n%20del%20certificado
Hola, ya el tramite de la certificación por ahi? Pudiste gestionar alguna rubrica con esa firma? Gracias
yo tengo un cliente que ya realizo el tramite gratuito. La macana es que cada vez que tenga que firmar los pdf le tengo que pedir el token, pero bueno supongo q los pasos que da el ministerio aca no sirve porque 1ro deberia firmar digitalmente los pdf desde la pagina firmar.gob.ar/firmador y luego recien subirlos al portal de ellos. Es distinto al instructivo q pusieron en el portal.
Te consuto, que App se descargó en el celu. Vi que hay varias, pero no se cual conviene. Muchas gracias.
Yo tengo firma digital por OTP y descargué FreeOTP, me va mejor que la de Google Authenticator. Algo muy importante a tener en cuenta es desactivar en el celular la función de “comprimir aplicaciones poco usadas en forma automática”, ya que si se te comprime la app, al descomprimirla se te desconfigura la firma.
En mdp es gratuito FD SIN TOKEN, No hay opción de que ellos nos realicen un poder de la firma digital sin token?
Ya que tengo un contubuyente que es mayor y no tiene gmail