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Novedades sobre vencimientos y aplicativo de Ganancias y Bienes Personales. Gestiones de la FACPCE ante AFIP.
La Mesa Directiva de la FACPCE mantuvo en día de ayer, una reunión con funcionarios de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
En la mencionada reunión, se se planteó que, en relación con las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias -Personas Humanas y Sucesiones Indivisas- y del Impuesto sobre los Bienes Personales correspondientes al periodo fiscal 2020, no contar con las aplicaciones web hasta la fecha, afecta el normal desarrollo de la tarea de los profesionales en ciencias económicas y dificulta el cumplimiento de sus obligaciones por parte de los contribuyentes y responsables de tales gravámenes.
Por esta razón, la FACPCE solicitó se analice la posibilidad de diferir los vencimientos originalmente previstos.
Aplicativos en proceso de homologación
Por su parte, los funcionarios comentaron que se encuentra en proceso de homologación la aplicación del Impuesto sobre los Bienes Personales y que se están trabajando en las adecuaciones de la aplicación para el Impuesto a las Ganancias -Personas Humanas y Sucesiones Indivisas- que, una vez finalizado, será puesto a disposición para iniciar dicho proceso.
Vencimientos de las Declaraciones Juradas
Además, informaron que no existe intención de desdoblar los vencimientos para ambos impuestos y que tienen como objetivo elaborar (para futuras presentaciones) una sola aplicación web que permita su liquidación de manera unificada.
En relación con el diferimiento de los vencimientos previstos, expresaron que quieren ser prudentes y que, en función de cómo avance ese proceso, existiría la posibilidad de establecer un cronograma de vencimientos que contemplen un plazo razonable para la generación y presentación de las declaraciones juradas.
Ganancias Personas Jurídicas
Por último, la Mesa Directiva solicitó que, considerando que la RG 4.968 por la que se aprobó el programa aplicativo “Ganancias Personas Jurídicas – Versión 19.0” fue publicada recién el 20 de abril pasado, es necesario diferir los vencimientos que comienzan a partir del día 13 del corriente mes o en su defecto considerar presentadas en término las declaraciones hasta determinada fecha, situación que los funcionarios prometieron analizar.
En conclusión:
- Con relación al Impuesto a las Ganancias -Personas Humanas y Sucesiones Indivisas- la AFIP asumió el compromiso que una vez que se encuentre operativa la aplicación web se establecerá un plazo razonable para el vencimiento de la declaración jurada.
- Impuesto a las Ganancias -Sociedades cierre diciembre 2020- se volvió a solicitar prórroga, asumiendo la AFIP el compromiso de analizarlo.
Por la AFIP, estuvieron presentes, el Dr. José A. Bianchi, Subdirector General de Recaudación; el Mg. Alejandro Otero, Director de Relaciones Institucionales y el Dr. Luis Di Salvo, Asesor de la Subdirección de Servicios al Contribuyente.
Por la FACPCE, participaron los Dres. Silvio Rizza, Presidente; Sergio Pantoja; Vicepresidente 1°; Sergio Almirón, Vicepresidente 2°; Catalino Nuñez, Secretario; Heraclio Juan Lanza, Tesorero; Osvaldo Rebollo, Prosecretario; Aníbal Marsall, Protesorero y Ana María Daqua, Gerente General.
Vencimientos
Los vencimientos para Ganancias y Bienes Personales Período Fiscal 2020, hasta el momento son:
– | 0-1-2-3 | 4-5-6 | 7-8-9 |
Presentación DDJJ | 11/06/2021 | 14/06/2021 | 15/06/2021 |
Pago | 14/06/2021 | 15/06/2021 | 16/06/2021 |
puede ser que el sistema de liquidacion de ganancias de la plataforma de AFIP este con problemas, porque no me deja cargar los ingresos exentos de monotributo en la parte de variaciones patrimoniales
Ganancia de 4º categoría relación de dependencia, cuando vence
Hola. En mi caso particular que realizo declaración jurada informativa en el portal integrado (ganancias y cedular, bajo clave fiscal y bienes personales) me indica que vence el 14/06/2021. Por supuesto que ni para ganancias ni para bienes personales está habilitado para hacer el 2020.