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Tablas acumuladas de Deducciones personales para el período fiscal 2014 con las modificaciones incorporadas por el decreto 1242/2013 y reglamentado por la RG 3525 AFIP.
Y hasta el día de la fecha no se a publicado norma alguna que modifique la actual situación del régimen, por lo que quienes deban practicar retenciones a partir del 1º de enero de 2014 deberán hacerlo según la normativa vigente.
A continuación se detallan las rentas imponibles para cada rango de remuneración y zona geográfica. Teniendo en cuenta el incremento establecido por el decreto 1242/13 y reglamentado por la RG 3525.
Sujetos con ingresos brutos mensuales inferiores o iguales a $ 15.000(*): No pagan impuesto a las ganancias
Para aquellos sujetos cuya mayor remuneración y/o haber bruto mensual devengado entre los meses de enero a agosto del año 2013, no supere la suma de $ 15.000, para los meses de septiembre a diciembre, la deducción especial deberá incrementarse en una cuantía tal que determine que la ganancia neta sujeta a impuesto sea igual a cero.
Ganancias: Tablas deducciones Acumuladas 2014
Sujetos con ingresos brutos mensuales hasta $ 25.000 (*):
aquellos sujetos cuya mayor remuneración y/o haber bruto mensual
devengado entre los meses de enero a agosto del año 2013 no supere la
suma de $ 25.000.
Sujetos con ingresos brutos mensuales superiores a los $ 25.000 (*)
Zona patagónica: deducciones incrementadas en un 30%
Las
deducciones se incrementan en un 30% para los empleados en relación de
dependencia que trabajen y jubilados que vivan en zona patagónica.
Consecuentemente, respecto de las remuneraciones que perciban a partir
del 01/09/2013, deberán computarse las siguientes deducciones:
1. y 2. se considerarán las remuneraciones mensuales, normales y
habituales, entendiéndose como tales aquellas que correspondan a
conceptos que se hayan percibido, cómo mínimo, durante al menos 6 meses
en el período comprendido entre los meses de enero a agosto del 2013.
no se hayan devengado remuneraciones en la totalidad del período
mencionado, se considerarán los conceptos que se hayan percibido como
mínimo en el 75% de los meses involucrados.
SEUO
Anónimo dice
mi empleador me informa una deduccion especial por un importe mayor al permitido. como lo expongo en la ddjj de regimen simplificado??
Hola. Me pasó lo mismo con las ddjj de 2014/2015. Cuando las quiero presentar me dice que la deducción no puede ser mayor a 97044,48. Pudiste solucionarlo?
Buenas tardes Ignacio. Soy Natalia. Quería saber como proceder ante un importe de salarios y de deducciones distinto entre el formulario 649 y los recibos de sueldo.
Por otra parte, si no se presento una declaración jurada informativa del 2013 que multa corre por presentarla en 2015. Gracias!
Hola Ignacion, buen día, sabes cual es el monto de Minimo No Imponible aplicable en el caso de un jubilado que percibe jubilaciones y alquileres por menos de $15.000 mensuales?
Ignacio, buenos dias, queria consultarte por la la exención del ganancias en el medio aguinaldo, en el periodo de julio a diciembre de 2014 solo un mes supere los 35000 (sueldo variable), la pregunta es la siguiente, se toma el promedio de los 6 meses o con solo superar un mes no entro en la exencion
Muchas Gracias
Hola Ignacio, no esta mal el inciso c de la zona patagonica??