Formulario 1350. Volante de pago trabajador de casas particulares. Aportes y contribuciones – Cese Relación Laboral.
Mediante la Resolución General 3693, la AFIP aprobó el “Volante de pago trabajador de casas particulares. Aportes y contribuciones – Cese Relación Laboral.” (Formulario 1350).
En el caso de la extinción de una relación laboral, sólo deberán ingresarse los aportes y/o contribuciones correspondientes al último período mensual devengado.
En tal supuesto, el empleador realizará el correspondiente pago mediante el volante de pago F. 1350, a cuyo fin deberá, previamente, informar el cese de dicha relación en el Registro Especial de Personal de Casas Particulares.
Anónimo dice
El Banco de Entre Rios. Parana suc, Paraná. Sec. Corrales. no tiene en su sistema de cobros el F.1350 y loa desconocen.
Yo tampoco pude pagar este formulario, el F.1350 No lo cobran en Pago Facil ni en los bancos. Me rechazaron en el Frances y el Nacion.
Llame a la afip y me dijeron que se puede resolver x la web si el empleador tiene clave fiscal
Es todo una porqueria. Yo hace dos semanas que quiero dar de baja a la empleada domestica y no logro completar los tramites. Igual por lo que entiendo, el F1350 es para imprimir dos copias y que la otra parte te firme el recibo de abajo (que es igual al F102/RT). Para pagar el Cese hay que hacer el VEP y con eso el banco (no se Rapipago) lo deberia tomar. Igual nadie te explica como hacer ni que hacerle firmar para que la "ex-empleada" no te denuncie que le hiciste mal la liquidacion…
Una consulta, la fecha de baja es la del ultimo día de trabajo o la de la fecha de envío del telegrama de renuncia,? gracias
Me pasa igual…no se que hacerle firmar para demostrar que ella está conforme con el cese de la relación laboral!
A mí me pasa exactamente lo mismo. No lo puedo pagar en Pago Fácil, ni en Rapipago. Según comentarios anteriores, tampoco en los bancos lo toman. Todo este tramiterío que impone la AFIP a una persona común y corriente, sólo hacen, por lo menos en mi caso (que empleé a una persona para el cuidado de mi padre enfermo), que nunca más en la vida emplee a otra persona, aunque eso implique que tenga que hacer malabares con mis obligaciones y horarios de todos los días.
Pregunto,tengo la baja de mi empleada,imprimi y llene el formulario 1350 y no lo puedo pagar en ningun lado .Como hago ? Gracias
Me pasa lo mismo; en la página de AFIP al buscar el F 1350 sale con una leyenda de " sólo pago electrónico"; o sea no puede pagarse en Bancos o Rapipago????
Ignacio, actualiza este instructivo porque estas confundiendo a la gente. Si primero se da de baja el empleado en el registro de relaciones laborales luego no hay manera de generar el VEP.
Hola Anonimo, tu comentario es errado. Si no das de baja el empleado no podrás pagar el VEP en caracter de "Cese de Relacion" que es el modo correcto.
Por lo tanto el orden es: Dar de Baja el empleado en Registro de Relaciones Laborales, luego Generar VEP, luego ir a pagomiscuentas o Link y pagar el VEP. "CUIT del Contrubuyente" = CUIL del Empleado. "CUIT del Generador" = CUIL del Empleador.
Saludos.
María Laura, me parece que el F 1350 no está habilitado para pagarlo via interbanking, por eso te debe dar error…. habrá que ver si en el futuro lo actualizan….
hola Lucrecia, creo que en los rapipago y pago facil no los estaban cobrando aún, habrá que esperar a que actualicen los sistemas…
Si, parece que recién el viernes o la semana que viene. Igual extendieron el vencimiento al 28/11 Lo estableció mediante la Resolución General 3700
http://www.ignacioonline.com.ar/2014/11/servicio-domestico-extienden-el-vencimientos-hasta-el-28-de-noviembre.html
les hago una consulta, este mes un cliente pago la ART primero con el F 102/RT y luego con el 575, o sea que se ha duplicado…
como puedo recuperar el pago duplicado?
podría el mes que viene pagar los aportes con el F1350 a fin de que se compense el saldo a favor??
gracias
ESTE FORMULARIO NO SE PUEDE PAGAR POR PAGO FACIL O RAPIPAGO?
SALUDOS
LUCRECIA
Hola Lucrecia, los CENTROS Pago Facil lo taman, RAPIPAGO el viernes. Igual extendieron el vencimiento al 28/11 Lo estableció mediante la Resolución General 3700
http://www.ignacioonline.com.ar/2014/11/servicio-domestico-extienden-el-vencimientos-hasta-el-28-de-noviembre.html
Hola Nacho! te cuento que mi empleada renuncio y antes de hacer la liquidacion final, le di la baja con fecha 31/10!!! que puedo hacer ahora??
Nachoooo, yo la di de baja antes de hacer la liquidacion final!!!! y ahora, no me deja. La baja es con fecha 31/10. Como hago ahora???
Hola, justo mi empleada trabajó hasta el 31 de octubre y el telegrama que envió dice que a partir del 1 de noviembre ya no desempeñará sus tareas. Di la baja el 1 de noviembre en AFIP y cuando intento generar el VEP de Cese de relaciones laborales (porque no llegamos a contratar ART) no me lo permite porque dice que hay un error en la fecha… Es que debí poner 31 de octubre como fecha de baja en vez de 1 de noviembre?? Cómo puedo pagar el 1350 o enmendar la situación? Muchas gracias.
Buenos días maria laura, lo pudiste solucionar? como hiciste el pago? tengo el mismo caso.
tengo el mismo caso., finalizo la relacion laboral el 03/03 , le di de baja y me sale el mismo error cuando quiero hacer el vep
Hola! Yo justamente tengo un cliente que extinguio una relación laboral el 31/10/14, yo ese dia hice los formularios e informe la baja, ahora me entero de este nuevo formulario…que cambia? tengo que volver a tramitar todo? Gracias Solange
TENES QUE HACER ESTE FORMULARIO PARA QUE NO PAGUE ART AL VICIO, YA QUE SE PAGA MES ADELANTADO. PARA QUE VAS A PAGAR ART DE NOVIEMBRE SI LA EMPLEADA SE FUE EL 31/10/2014. SE ENTIENDE?
SALUDOS
LUCRECIA
Hola Ignacio! Como es, no se paga aportes y contribuciones por el mes en que se produjo el fin de la relación laboral? Cuales solos los items que deben retenerse del sueldo de la empleada, solo aportes de jub y obra social? Saludos