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Formulario 1350 Trabajador de casas particulares. Cese Relación Laboral

31 octubre, 2014 Por Ignacio 40 comentarios

Formulario 1350. Volante de pago trabajador de casas particulares. Aportes y contribuciones – Cese Relación Laboral.

Mediante la Resolución General 3693, la AFIP aprobó el “Volante de pago trabajador de casas particulares. Aportes y contribuciones – Cese Relación Laboral.” (Formulario 1350). 

En el caso de la extinción de una relación laboral, sólo deberán ingresarse los aportes y/o contribuciones correspondientes al último período mensual devengado.

En tal supuesto, el empleador realizará el correspondiente pago mediante el volante de pago F. 1350, a cuyo fin deberá, previamente, informar el cese de dicha relación en el Registro Especial de Personal de Casas Particulares.

F1350-VOLANTE-DE-PAGO-TRABAJADOR-DE-CASASDescarga

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Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. Anónimo dice

    2 febrero, 2015 a las 4:28 pm

    El Banco de Entre Rios. Parana suc, Paraná. Sec. Corrales. no tiene en su sistema de cobros el F.1350 y loa desconocen.

    Responder
  3. Anónimo dice

    15 enero, 2015 a las 5:57 pm

    Yo tampoco pude pagar este formulario, el F.1350 No lo cobran en Pago Facil ni en los bancos. Me rechazaron en el Frances y el Nacion.

    Responder
    • Anónimo dice

      22 abril, 2015 a las 4:36 am

      Llame a la afip y me dijeron que se puede resolver x la web si el empleador tiene clave fiscal

      Responder
  4. Anónimo dice

    14 enero, 2015 a las 2:50 am

    Es todo una porqueria. Yo hace dos semanas que quiero dar de baja a la empleada domestica y no logro completar los tramites. Igual por lo que entiendo, el F1350 es para imprimir dos copias y que la otra parte te firme el recibo de abajo (que es igual al F102/RT). Para pagar el Cese hay que hacer el VEP y con eso el banco (no se Rapipago) lo deberia tomar. Igual nadie te explica como hacer ni que hacerle firmar para que la "ex-empleada" no te denuncie que le hiciste mal la liquidacion…

    Responder
    • Luciano Andrés González dice

      5 marzo, 2015 a las 2:34 am

      Una consulta, la fecha de baja es la del ultimo día de trabajo o la de la fecha de envío del telegrama de renuncia,? gracias

      Responder
    • Maira dice

      19 abril, 2018 a las 11:18 am

      Me pasa igual…no se que hacerle firmar para demostrar que ella está conforme con el cese de la relación laboral!

      Responder
  5. Anónimo dice

    9 enero, 2015 a las 3:22 am

    A mí me pasa exactamente lo mismo. No lo puedo pagar en Pago Fácil, ni en Rapipago. Según comentarios anteriores, tampoco en los bancos lo toman. Todo este tramiterío que impone la AFIP a una persona común y corriente, sólo hacen, por lo menos en mi caso (que empleé a una persona para el cuidado de mi padre enfermo), que nunca más en la vida emplee a otra persona, aunque eso implique que tenga que hacer malabares con mis obligaciones y horarios de todos los días.

    Responder
  6. Anónimo dice

    8 enero, 2015 a las 3:32 pm

    Pregunto,tengo la baja de mi empleada,imprimi y llene el formulario 1350 y no lo puedo pagar en ningun lado .Como hago ? Gracias

    Responder
    • Anónimo dice

      13 enero, 2015 a las 12:06 pm

      Me pasa lo mismo; en la página de AFIP al buscar el F 1350 sale con una leyenda de " sólo pago electrónico"; o sea no puede pagarse en Bancos o Rapipago????

      Responder
  7. Anónimo dice

    17 diciembre, 2014 a las 12:10 am

    Ignacio, actualiza este instructivo porque estas confundiendo a la gente. Si primero se da de baja el empleado en el registro de relaciones laborales luego no hay manera de generar el VEP.

    Responder
    • German dice

      26 diciembre, 2014 a las 1:11 am

      Hola Anonimo, tu comentario es errado. Si no das de baja el empleado no podrás pagar el VEP en caracter de "Cese de Relacion" que es el modo correcto.
      Por lo tanto el orden es: Dar de Baja el empleado en Registro de Relaciones Laborales, luego Generar VEP, luego ir a pagomiscuentas o Link y pagar el VEP. "CUIT del Contrubuyente" = CUIL del Empleado. "CUIT del Generador" = CUIL del Empleador.

      Saludos.

      Responder
  8. Karina Lulich dice

    12 noviembre, 2014 a las 6:14 pm

    María Laura, me parece que el F 1350 no está habilitado para pagarlo via interbanking, por eso te debe dar error…. habrá que ver si en el futuro lo actualizan….

    Responder
  9. Karina Lulich dice

    12 noviembre, 2014 a las 6:13 pm

    hola Lucrecia, creo que en los rapipago y pago facil no los estaban cobrando aún, habrá que esperar a que actualicen los sistemas…

    Responder
    • Ignacio dice

      12 noviembre, 2014 a las 8:30 pm

      Si, parece que recién el viernes o la semana que viene. Igual extendieron el vencimiento al 28/11 Lo estableció mediante la Resolución General 3700
      http://www.ignacioonline.com.ar/2014/11/servicio-domestico-extienden-el-vencimientos-hasta-el-28-de-noviembre.html

      Responder
  10. Karina Lulich dice

    12 noviembre, 2014 a las 6:12 pm

    les hago una consulta, este mes un cliente pago la ART primero con el F 102/RT y luego con el 575, o sea que se ha duplicado…
    como puedo recuperar el pago duplicado?
    podría el mes que viene pagar los aportes con el F1350 a fin de que se compense el saldo a favor??
    gracias

    Responder
  11. Anónimo dice

    7 noviembre, 2014 a las 5:47 pm

    ESTE FORMULARIO NO SE PUEDE PAGAR POR PAGO FACIL O RAPIPAGO?
    SALUDOS
    LUCRECIA

    Responder
    • Ignacio dice

      12 noviembre, 2014 a las 8:33 pm

      Hola Lucrecia, los CENTROS Pago Facil lo taman, RAPIPAGO el viernes. Igual extendieron el vencimiento al 28/11 Lo estableció mediante la Resolución General 3700
      http://www.ignacioonline.com.ar/2014/11/servicio-domestico-extienden-el-vencimientos-hasta-el-28-de-noviembre.html

      Responder
  12. Unknown dice

    6 noviembre, 2014 a las 9:20 pm

    Hola Nacho! te cuento que mi empleada renuncio y antes de hacer la liquidacion final, le di la baja con fecha 31/10!!! que puedo hacer ahora??

    Responder
  13. Unknown dice

    6 noviembre, 2014 a las 9:15 pm

    Nachoooo, yo la di de baja antes de hacer la liquidacion final!!!! y ahora, no me deja. La baja es con fecha 31/10. Como hago ahora???

    Responder
  14. María Laura Candioti dice

    4 noviembre, 2014 a las 6:34 pm

    Hola, justo mi empleada trabajó hasta el 31 de octubre y el telegrama que envió dice que a partir del 1 de noviembre ya no desempeñará sus tareas. Di la baja el 1 de noviembre en AFIP y cuando intento generar el VEP de Cese de relaciones laborales (porque no llegamos a contratar ART) no me lo permite porque dice que hay un error en la fecha… Es que debí poner 31 de octubre como fecha de baja en vez de 1 de noviembre?? Cómo puedo pagar el 1350 o enmendar la situación? Muchas gracias.

    Responder
    • cin R dice

      21 enero, 2015 a las 12:44 pm

      Buenos días maria laura, lo pudiste solucionar? como hiciste el pago? tengo el mismo caso.

      Responder
    • Luciano Andrés González dice

      6 marzo, 2015 a las 10:49 pm

      tengo el mismo caso., finalizo la relacion laboral el 03/03 , le di de baja y me sale el mismo error cuando quiero hacer el vep

      Responder
  15. Anónimo dice

    3 noviembre, 2014 a las 12:25 pm

    Hola! Yo justamente tengo un cliente que extinguio una relación laboral el 31/10/14, yo ese dia hice los formularios e informe la baja, ahora me entero de este nuevo formulario…que cambia? tengo que volver a tramitar todo? Gracias Solange

    Responder
    • Anónimo dice

      7 noviembre, 2014 a las 5:46 pm

      TENES QUE HACER ESTE FORMULARIO PARA QUE NO PAGUE ART AL VICIO, YA QUE SE PAGA MES ADELANTADO. PARA QUE VAS A PAGAR ART DE NOVIEMBRE SI LA EMPLEADA SE FUE EL 31/10/2014. SE ENTIENDE?
      SALUDOS
      LUCRECIA

      Responder
  16. Anónimo dice

    1 noviembre, 2014 a las 12:34 pm

    Hola Ignacio! Como es, no se paga aportes y contribuciones por el mes en que se produjo el fin de la relación laboral? Cuales solos los items que deben retenerse del sueldo de la empleada, solo aportes de jub y obra social? Saludos

    Responder
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