El Ministerio de Trabajo fijó las remuneraciones y categorías para el Personal de Casas Particulares a partir del mes de septiembre de 2013.
Mediante la resolución 886/13, publicada con fecha 19 de septiembre en el Boletín Oficial, el Ministerio de Trabajo fijó a partir del 1° de septiembre de
2013 las categorías profesionales para el Personal de Casas Particulares comprendido en el
Régimen establecido por la Ley Nº 26.844 y sus remuneraciones mensuales
mínimas.
Las categorías profesionales y la
adecuación salarial dispuestas por la Resolución serán de aplicación
en todo el territorio de la Nación.
adecuación salarial dispuestas por la Resolución serán de aplicación
en todo el territorio de la Nación.
El personal que efectúe tareas incluidas en más de una categoría quedará comprendido en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad.
Gabo dice
Ahora ya no se como es el tema con el servicio domestico. ¿rige la nueva ley no? que no tengo idea de cuanto sea en este momento pero supongo que no puede ser inferior al SMV.
Ahora pregunto: como se hace para tener en regla a una trabajadora del servicio domestico, cuando se es del interior y los sueldos aqui para trabajadores de comercio como es mi caso, si es que respetan y te encuadran y pagan lo que realmente es, como mucho podes percibir lo de un administrativo a jornada completa(que por lo general te ponen media jornada y te dan un plus según lo que te puedan pagar). eso siempre y cuando tengas la suerte de conseguir trabajar en una empresa. xq si te toca en una tienda o secretari@ de algún abogado o contador como mucho llegas a 4.500 o 5.000(dudo). lo que quiero decir con esto es que no tenemos los sueldos de Capital Federal ni todos esos beneficios, y no es xq no se quiera pagar, es xq el movimiento económico no es lo mismo. entonces lo que pasa con esta ley es que te arriesgas a que topes con una persona problemática y después de un tiempo te inicie acciones legales, y si tiene unos meses trabajados te reclama 2 años mínimo, y si tiene 1 o 2 años de trabajo te reclama 5 y como no lo tenes registrado, a preparare xq la indemnización mas las multas etc.etc… tenes que vender tu casa o auto para pagarle. tenes que dejar de trabajar xq no te conviene, xq tenes que dejar entre el 40 45% de tu sueldo en pagar a alguien que ni sabes lo que hace con tus cosas y lo fundamental con tus hijos, ademas de arriesgarte a que llegado el caso se queden con tus cosas y con el amparo de la ley, una ley que debería valer para Bs.As.o capitales provinciales, y no para pequeños pueblos o ciudades. porque como pasa en el caso de un empleado de comercio no es lo mismo que una gran empresa pague el sueldo de un empleado de comercio, que una tienda o almacén tenga que pagar exactamente el mismo sueldo a un empleado con la misma tarea, no es lo mismo xq son distintas las cantidades de tareas, responsabilidades, tiempo, horas de ocupación etc…. los movimientos y afluencia de clientes son distintos y eso se sabe pero, a la hora de de los litigios judiciales, todo es lo mismo, es para el único caso en que la ley es pareja para todos
Buenas tardes. Voy a tomar una niñera y necesito saber cuanto le tengo que pagar mensual por mes 36 horas semanales. Gracias
buenas tarde queria saber si la tabla de arriba por cuantas horas mensuales te explico mi situacion mi suegra trabaja en una casa limpiando lavando planchando y cocinando creo que entraria en la ultima categoria trabaja 6horas durante 4dias por semana esta ganando 1.800 pesos me parece que no es lo que corresponde¿cuanto es realmente lo que tendria que cobrar?por favor necesitaria su respuesta lo mas ante posible muchas gracias
La mayoría toma a una persona para limpieza, cocina, planchado etc, y además cuidado de niños, y le pagan como si sólo se ocupara de la casa. Son todos vivos. Y la gran mayoría no respeta esta escala. ¡Como siempre, los que más tienen son los más miserables!
Buenas tardes, alguien sabe como se resolvio el tema ART Y SEGURO DE VIDA??
Muchas gracias
Hola, yo también quisiera saber cómo se calcula el sueldo de una empleada que trabaja en forma mensual pero menos de 8 horas diarias ¿Se hace el proporcional del valor de la categoría o hay que multiplicar el valor de la hora?
Gracias
hola hago una consulta a mi me pagan el sueldo de 4 hs diarias y trabajo de lunes a sabado mañana y tarde a cuanto me tienen que pagar las horas que me excedo????vendrian a ser las extras…….soy de la categoria cuatro niñera de una nena
Cuánto el es el sueldo para una empleada que trabaja cuatro horas por dia dentro de la quinta categoria? veo que figura para 8 horas pero no para cuatro
tengo la misma duda. O por ejemplo, si tenemos una empleada que encuadra en la quinta categoría pero por motivos de horarios solo trabaja 7hs diarias el sueldo sería de 3500 calculado en base al valor hora. Sería inequitativo. Como se liquidaría en ese caso?
Es una vergüenza lo que le pagan a esta pobre gente.
jajaj te parece una verguenza esta escala?
te cuento que en el gran Chaco de Capitanich se fijaban por decreto. hasta agosto a una domestica que trabajaba 16 hs semanales, al mes se le pagaban solo $778,15!!!!
como se hace para coordinar las escalas? porque si antes estábamos liquidando de acuerdo a la escala de Córdoba, que son 6 categorías y TOTALMENTE distintas a estas. Cómo recomendas que liquidemos?
Simplemente buscas la categoria q corresponde no es tan complicado y no se mezclan entre si, me parece mejor q la de cordoba q queda derogada y se aplica solo esta