El locador deberá emitir factura electrónica a los fines de respaldar las operaciones de locación de inmuebles destinados a casa habitación del locatario
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) establece la obligatoriedad, por parte del locador, de emitir comprobantes electrónicos originales a los fines de respaldar las operaciones de locación de inmuebles destinados a casa habitación del locatario.
La decisión se dio a conocer a través de la resolución general 4004 publicada en el Boletín Oficial.
Están alcanzados por las disposiciones de esta resolución general, los comprobantes que se detallan a continuación:
a) Facturas y recibos clase “B”.
b) Notas de crédito y notas de débito clase “B”.
c) Facturas y recibos clase “C”.
d) Notas de crédito y notas de débito clase “C”.
La solicitud de emisión de los comprobantes electrónicos originales, deberá ser efectuada por cada punto de venta, que será específico y distinto a los utilizados para documentos que se emitan por otros medios.
Vigencia
Las disposiciones de la presente resolución general entrarán en vigencia desde el día de hoy.
No obstante, respecto de los sujetos encuadrados en las categorías F y G del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), serán de aplicación para los comprobantes que se emitan a partir del 1 de junio de 2017, inclusive.
adriana dice
Buen dia, como se procede cuando el locador es un residente en el exterior? Debe hacer factura electronica tambien? Puede registrar el contrato de la web de AFIP o debe hacerlo su responsable sustituto?y como deberia hacerlo gracias
Adriana
Silvia dice
Si un responsable inscripto alquila un inmueble para vivienda…emite igual factura B y no le carga IVA? o como hace para facturar un servicio exento?
Unknown dice
Si el que emite la factura electrónica es una inmobiliaria por cuenta y orden del propietario, debe facturar por el total? Eso le genera un IVA e Ingresos Brutos mayor que si sólo facturase la comisión. Como se procede en ese caso?
Buen dia, como se procede cuando el locador es un residente en el exterior? Debe hacer factura electronica tambien? Puede registrar el contrato de la web de AFIP o debe hacerlo su responsable sustituto? Todos los meses deposita una autorretencion de ganancias sobre el monto del alquiler. Gracias. Alejandra
Hola! Tengo la misma duda, pudiste averiguar algo?
Hola!. tengo la misma consulta y no he podido encontrar como debe facturar la persona cuando está en el exterior?. Puede el responsable sustituto factura por él?. Muchas Gracias. Saludos,
Yo soy propietario/locador, y resido en el exterior. Obtuve mi clave fiscal usando mi teléfono celular y la applicación de la AFIP (obtuve Nivel 3). Un contador en Argentina me inscribió como monotributista (1 propiedad, uso como casa-habitación), y yo genero las facturas electrónicas por medio del sitio web de la AFIP.
Si designase/autorizase al contador a hacer operaciones a nombre mío (se hace en el sitio web de la AFIP), el contador podría generar la factura.
Asimismo, la propiedad la maneja una inmobiliaria. La inmobiliaria también podría emitir una factura, incluyendo mi nombre/CUIT y el del locatario.
Hola, buenos días. En principio, no es compatible el monotributo si sos residente en el exterior, cuidado con eso. Te recomendaría asesorarte con un Contador.
Saludos
UNA CONSULTA, Y PARA UN PARTICULAR QUE ALQUILA SU CASA, POR EJEMPLO MI MAMA ES JUBILADA Y ALQUILA SU CASA PORQUE A SU VEZ ELLA ALQUILA EN OTRO LUGAR PORQUE SE MUDO, COMO SE HACE PARA EMITIR FACTURA????? GRACIAS. JAVIER