Mediante la publicación en el Boletín Oficial en el día de hoy de la RG 3116/11, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó hasta el 1ro de Julio de 2011 la obligación por parte de los importadores de formalizar la solicitud de autorización para la emisión de comprobantes electrónicos (RG 2975 AFIP), siempre que hayan efectuado hasta un máximo de 6 despachos a plaza por importaciones de bienes durante el año calendario 2010.
La medida alcanza a los responsables comprendidos en el Artículo 1° de la Resolución General N° 2975, alcanzados por el inciso b) del Artículo 1° de la ResoluciónGeneral N° 2990, que hayan efectuado hasta un máximo de SEIS (6) despachos a plaza por importaciones de bienes durante el año calendario 2010.
Aquellos importadores que, estando obligados a emitirlos comprobantes electrónicos desde el el 1ro de abril y no se encuentren incluidos en la excepción dispuesta y hayan incumplido dichaobligación, deberán presentar una multinota indicando las causales quemotivaron tal incumplimiento.
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