La AFIP deja sin efecto la opción de emitir los comprobantes sin el detalle para sujetos
sujetos inscriptos en el impuesto al valor agregado (IVA), notificados fehacientemente respecto de su inclusión en dicho régimen.
Mediante la resolución general 3536, publicada hoy en el Boletín Oficial, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) deja sin efecto la opción de facturar sin el detalle completo de la operación
para luego informarlas en forma global, según el Régimen de Información establecido en el Capítulo G. de la RG 2904.
para luego informarlas en forma global, según el Régimen de Información establecido en el Capítulo G. de la RG 2904.
La medida alcanza al régimen especial para la emisión y
almacenamiento electrónico de comprobantes originales respaldatorios de
las operaciones efectuadas en el mercado interno, por parte de los
sujetos inscriptos en el impuesto al valor agregado (IVA), notificados fehacientemente respecto de su inclusión en dicho régimen.
almacenamiento electrónico de comprobantes originales respaldatorios de
las operaciones efectuadas en el mercado interno, por parte de los
sujetos inscriptos en el impuesto al valor agregado (IVA), notificados fehacientemente respecto de su inclusión en dicho régimen.
La emisión de comprobantes electrónicos para todos estos sujetos, deberá realizarse con el detalle completo de la factura, incluyendo la descripción del bien, cantidad, precio unitario, etc.
Las disposiciones de la RG 3536 resultan de aplicación a partir del 31/10/2013.
Para los responsables que a esta fecha hubieran ejercido la opción de emitir comprobantes sin detalle, los cuales podrán seguir emitiéndolos por las operaciones realizadas hasta el 31/12/2013 inclusive, debiendo cumplir también con el régimen de información correspondiente utilizando el programa aplicativo denominado “AFIP DGI – Factura Electrónica – Régimen de Información de Operaciones – Versión 2.0”.
A partir del 1/1/2014 inclusive, los responsables quedarán automáticamente empadronados en el régimen de factura electrónica con el detalle de productos y/o servicios comercializados.
Estimado para emitir con descripcion la factura electronica tengo que haber sido notificado por la afip a realizarlo? "notificados fehacientemente respecto de su inclusión en dicho régimen." Aguardo su respuesta. Gracias!