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Factura de crédito electrónica: cronograma de aplicación

12 marzo, 2019 Por Ignacio 5 comentarios

En una primera etapa, el se aplicará inicialmente en las relaciones comerciales con del sector automotor y autopartistas.


en una primera etapa, el se aplicará inicialmente en las relaciones comerciales con del sector automotor y autopartistas.

La medida fue oficializada hoy mediante la resolución 5/2019, publicada hoy en el B.O.

¿A quién está destinado?

El Régimen de “Factura de Crédito Electrónica MiPyMEs” está destinado a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas obligadas a emitir comprobantes originales (factura o recibo) a Grandes Empresas que desarrollen como actividad principal alguna de las comprendidas en el Clasificador de Actividades Económicas (CLAE).

Cronograma

De manera excepcional y por el término de 1 año, contado desde la fecha que para cada caso figura en el cronograma de implementación, el Régimen resultará aplicable para los comprobantes emitidos por un monto total igual o superior a $50.000 por comprobante, sin considerar los ajustes posteriores por notas de crédito y/o débito.

Desde el 12 de marzo al 30 de abril de 2019, inclusive, el Régimen sólo será aplicable para quienes desarrollen como actividad principal la “Fabricación de partes, piezas y accesorios para vehículos automotores y sus motores” (CLAE N° 293090) en operaciones que deban emitir comprobantes originales (factura o recibo) a Grandes Empresas que desarrollen como actividad principal alguna de las siguientes: 291000; 292000; 293090; 451110; 451190; 453110 o 454010, por un monto total igual o superior a $ 9.000.000 por comprobante, sin considerar los ajustes posteriores por notas de crédito y/o débito.

Finalmente, por el término de 1 año contado desde el 12 de marzo de 2019, el plazo para realizar el rechazo de la factura de crédito electrónica MiPyMEs y su inscripción en el Registro de facturas de crédito electrónicas MiPyMEs detallada en el último párrafo del Artículo 8º de la Ley de Financiamiento Productivo será de 30 días corridos.

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Publicado en: AFIP

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Comentarios

  1. -
  2. Romina dice

    4 septiembre, 2019 a las 4:20 pm

    Es posible que hay al dia de hoy no estén actualizados en AFIP los montos para septiembre?, estoy teniendo rechazos de facturas y se emiten ok con los topes de agosto. Se sabe algo?.

    Responder
  3. angela dice

    15 marzo, 2019 a las 12:28 pm

    soy pyme: interpreto que: si la fac es igual o inf a 50.000, puedo emitir la fact elec normal y si la fac may a 50.000 obliagada a emitir la FCE?
    lo que no entiendo es en 2º párrafo que dice ” por un monto total igual o superior a $ 9.000.000 por comprobante” esto cuando se aplica??
    al final: que montos debo tomar?

    Responder
  4. javier dice

    12 marzo, 2019 a las 11:54 am

    buen dia tengo kiosco y mercado tengo que hacerle factura electronica son monotributista gracias

    Responder
    • Ignacio dice

      12 marzo, 2019 a las 5:25 pm

      Si

      Responder
    • Roberto Tello dice

      13 marzo, 2019 a las 7:07 pm

      SI TENGO SOLO KIOSKO PUEDO TENER UNA REGISTRADORA FISCAL NEGOCIOS DE MONOTRIBUTISTA , TAMBIÉN OTROS LAS DOS COSAS

      Responder

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