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Planilla Excel liquidación final. Renuncia, Despido con y sin justa causa

22 agosto, 2017 Por Ignacio 43 comentarios

Planilla excel para efectuar liquidaciones finales en caso de desvinculación laboral, con justa causa y sin justa causa. Modelo de liquidación para empleados de comercio.

 
Hace algunos años publiqué una planilla para simular liquidaciones finales, enviada por Matías Vicente. Ahora, con algunas actualizaciones y modificaciones respecto al último acuerdo, comparto una nueva versión de esa planilla.

La planilla no realiza todo los cálculos automáticamente, pero si puede ayudarlos a realizar la liquidación final en caso de desvinculación laboral, por renuncia, despido con y sin causa. Tiene cargado como ejemplo un caso de Empleados de Comercio, pero sirve de base para cualquier otra liquidación.

La planilla es solo una herramienta mas para ayuda en la liquidación. Los salarios calculados e indemnizaciones calculados en esta planilla no tienen valor probatorio y sólo tienen valor indicativo. No reflejan necesariamente los montos que efectivamente devengue un trabajador comprendido en un convenio y una categoría específica, en un mes determinado. Tampoco la indemnización que pudiera corresponder. Una liquidación final requiere conocimientos específicos en la materia, por lo que se recomienda consultar con un profesional para que lo asesore debidamente.

A tener en cuenta:
Colegas, consultar la normativa, doctrina jurisprudencia al momento de la liquidación Empleadores, consulten con su Contador y/o Abogado Empleados, consulten con Abogado Laboral y/o en el Ministerio de Trabajo.
 
 
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También pueden probar la calculadora online de liquidación final con y sin causa, que está en versión Beta ? CALCULADORA

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Publicado en: Laboral, Planillas excel Etiquetado como: Despido sin causa, Indemnizaciones, Liquidación final

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. MARCO dice

    16 junio, 2023 a las 9:43 am

    NECESITO UN MODELO DE CESE DE LA RELACION LABORAL CON UNA PERSONA DE PERSONAL DOMESTICO, SE PUEDE HACER PRIVADAMENTE ANTE ESCRIBANO SIN IR A HOMOLOGARLO AL CECLO.
    todo se rige por la ley de PERSONAL DOMESTICO, O EN EL CONVENIO INCIDE Y SE NOMBRA LA LEY DE CONTRATO DE TRABAJO GENERAL.

    Responder
  3. Javier dice

    1 octubre, 2022 a las 5:14 pm

    Buenas tardes, el motivo de mí consulta es la siguiente.
    Trabajo en un Expreso bajo el convenio de los camioneros.
    En nuestro recibo, por convenio, aparte del básico e ítems por ley, tenemos viáticos y comidas por día trabajo los cuales figuran en la columna de NO REMUNERATIVOS.

    En caso de despido sin causa por parte de la empresa, esos ítems no remunerativos deben ser tomados en cuenta para la liquidación de la indemnización.

    Desde ya muchas gracias.

    Responder
    • Martin dice

      2 octubre, 2022 a las 11:54 pm

      Javier, buenas noches. Los componentes no remunerativos forman parte de una liquidacion final por despido, son parte de la indemnizacion. Saludos

      Responder
  4. Gave dice

    26 octubre, 2020 a las 4:15 pm

    Hay actualizacion de este excel al ultimo acuerdo? (oct 2020).
    Gracias.

    Responder
  5. CECILIA dice

    26 mayo, 2020 a las 11:34 am

    Hola mi marido . Fue despedido sin causa. Mandamos cartas así como tamb el patrón. Lo hizo
    Quería saber si la liquidación de el está bien a lo que digo mi abogada ,
    El comenzó a trabajar en negro 3 años y después lo puso en blanco 2 años. Como se calcula eso?. Mi abogada pone los 5 años. Y da un total de $292mil sin la doble indemnización, me podría decir como se calcula la doble indemnización? Por qué ella no me lo dijo.!!!

    Responder
  6. Eduardo dice

    4 marzo, 2020 a las 12:06 pm

    Hola, una consulta, trabaje 18 años a un regimen normal de horas 8 horas, los ultimos 4 años en media jornada 4hs, como se calcula en ese caso la indemnizacion ?. Gracias desde ya

    Responder
  7. lidia dice

    28 febrero, 2020 a las 2:59 am

    Gracias por la ayuda. Me queda la duda con respecto a la integración por mes, en ninguno de los casos planteados como ejemplo se ha hecho el cálculo de éste concepto, ya que por las fechas de ejemplo de las bajas siempre son los primeros días del mes y en este particular el día 20. Porque no se tiene en cuenta?

    Responder
  8. Maria Cristina dice

    8 enero, 2020 a las 1:16 pm

    Siguiendo con el comentario anterior. Las VNG, se liquidan: el sueldo dividido 25 por los dias que te corresponden, que en este caso son 35 dias?. y las vacaciones que me voy a tomar en mayo próximo son las del año 2019 ó 2020?.

    Responder
  9. MARIA CRISTIN BARGIANO dice

    8 enero, 2020 a las 11:35 am

    Hola Ignacio, una pregunta. Me jubile de mi trabajo de 40 años de antiguedad, Hay una liquidacion final?, en el ultimo recibo se paga sueldo , aguinaldo y se paga vacac no gozadas?. y en el caso de retomar el mismo trabajo, la antiguedad vuelve a cero?

    Responder
    • Ignacio dice

      8 enero, 2020 a las 11:49 am

      Sueldo, SAC y VNG

      Responder
  10. ROMINA dice

    8 noviembre, 2019 a las 6:22 pm

    hola me dieron este ejercicio. alguien me podría ayudar ? porque no especifica si es con justa o sin justa causa… debe ser sin justa causa…
    Calcular liq. final, aportes y contribuc de un empleado despedido.
    F. INGRESO 01-02-2012
    F. EGERSO 05-08-2015
    SUELDO $ 12.000
    TOPE CONVENIO $ 14.000
    * Se le comunica el despido el 05-08-2015
    Mejor sueldo SEMESTRAL $ 12.500
    ART FIJO $ 2 +0.60 Y VARIABLE 1%
    SVO $ 4,10

    Responder
    • alejandra dice

      20 julio, 2022 a las 3:46 pm

      Por lo que colocan, es sin causa

      Responder
  11. Walter dice

    15 octubre, 2019 a las 9:37 am

    Hola… Muy buenas son las planillas de cálculos, tendrías una planilla de calculo de indemnización por despido sin aviso referente a vigilador general de seguridad?… Gracias por los servicios brindados.

    Responder
  12. lucia dice

    15 agosto, 2019 a las 2:31 pm

    Hola Ignacio te quería hacer una consulta, en una indemnización por despido puedo tomar como base el mayor sueldo que es el que incluye vacaciones? gracias

    Responder
  13. Pedro dice

    5 julio, 2019 a las 7:00 pm

    Buenas tardes, disculpen las molestias pero tengo una situación un poco particular y no se como debería realizar una liquidación Final, Una empleada renuncio a su trabajo el dia 31/05/2019 , su fecha de ingreso fue el 1/09/2013, el problema es que previo a renuncia en el mes de Marzo termino su licencia por maternidad el Dia 10/03/2019 y presento certificado de depresión post-parto por 2 meses consecutivos, se debia reincorporar el dia 10/05/2019 y pidió si le podían dar las vacaciones correspondientes al año 2019. lo cual se le dio. debía reincorporarse el día 03/06/2019 y no lo hizo, luego mando el telegrama de renuncia y Renunciaba a partir del 31/05/2019. Mi problema es que tengo entendido que se le debe pagar Ademas del sueldo de mayo, VNG del año 2019 , aguinaldo y aguinaldo de VNG, un adicional de 0.25% por cada año de antigüedad( debido a que renuncio luego de la licencia por maternidad) Quisiera saber si esto es así. su sueldo era de 12.134 y la Liquidación Final que he podido calcular es de 38.099.80

    Responder
    • SIN NOMBRE dice

      21 agosto, 2019 a las 11:25 am

      Buen día, le hago una consulta.
      Por ley, cual es el tiempo de pre aviso de una renuncia?
      Y que pasa sino cumplo con el tiempo determinado,
      Gracias-

      Responder
      • Ignacio dice

        21 agosto, 2019 a las 2:17 pm

        15 días

        Responder
  14. Patricia dice

    4 julio, 2019 a las 4:09 pm

    Hola buenas tardes, en una liquidacion final por despido sin causa, se aplican aportes y contribuciones o no ?????? Gracias.

    Responder
    • Ignacio dice

      25 julio, 2019 a las 9:44 am

      A lo que son conceptos indemanizatorios, no, como por ejemplo indemnización por antigüedad, preaviso, integración, VNG

      Responder
  15. Ignacio Pegels dice

    19 marzo, 2019 a las 8:21 pm

    Buenas Noches, hay un error respecto al presentismo.
    El Art 40 CCT 130/75 expresa; Las empresas abonarán al personal comprendido en la presente convención una asignación mensual por asistencia y puntualidad equivalente a la doceava parte de la
    “remuneración” del mes. En la planilla solo se tomo como base de calculo del presentismo: el Sueldo Básico y la antiguedad, dejando de lado el SAC proporcional que también es un concepto remunerativo.

    Responder
    • Ignacio dice

      21 marzo, 2019 a las 10:23 pm

      Hola Ignacio, no, no es un error. Cuando se determinó el SAC, se tomó dentro de la base de cálculo el adicional por presentismo, por lo tanto ya está incluido. Caso contrario, se estaría tomando dos veces. Saludos

      Responder
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