Mediante la resolución 79/2009 la Agencia de Recaudación de la provincia de Bs. As. reformuló las obligaciones que deben cumplir los escribanos con respecto a la compraventa de inmuebles
La normativa establece que de existir deuda con relación al inmueble que origina la transacción, el profesional deberá consignaarla en el respectivo “Informe de deuda” con sus respectivos intereses, calculados hasta la fecha de su confección.
Deja una respuesta