La ley de reforma del impuesto a las Ganancias
El Gobierno promulgó la ley 27346 de reforma del impuesto a las Ganancias que eleva el mínimo no imponible, así como establece una nueva escala, en reemplazo de la vigente desde 2000, entre otras modificaciones. La ley fue publicada hoy en el Boletín Oficial.
La Ley 27346, sancionada el pasado 22 de diciembre, aumenta el mínimo no imponible a $37.000 brutos (30.500 de bolsillo) para casados con dos hijos, y a $27.941 brutos (23.200 de bolsillo) para solteros, y establece una nueva escala que modifica la vigente desde 2000.
El proyecto mantiene las deducciones por hijo, cónyuge, padres y empleada doméstica, al tiempo que permite descargar viáticos hasta 40%, aunque, en el caso del transporte no se pondrán limites, y 40% para los alquileres de vivienda, con un tope de $51.000.
También establece que los jueces o empleados que ingresen en el Poder Judicial pagarán Ganancias y en el caso de los jubilados lo harán cuando su haber supere los $30 mil mensuales.
Laly dice
Ignacio como estas? antes que nada muy feliz 2017 para vos !!! lo mejor!! ahora si te consulto, necesito saber donde puedo encontrar el "tramo " del las escalas para hacer la liquidación mensual, como antes que era el anexo III, me explico ? "tramos de escala (art. 90) importes acumulados. Muchas graciasssssssssssss
Buen día, del texto de la ley 27346 – el art.2 sustituye el artículo 23 de la ley de ganancias 20628, y en su nueva redacción no dice nada acerca de las otras cargas de familia, ya que solo establece los montos por hijo y cónyuge.Por lo que entiendo entonces que eliminaron estas deducciones.
Hola Ignacio, que sucede si un trabajador tienen como jornada habitual sabados y domingos y trabaja un lunes. Esas horas de lunes que es no laborable para él no tributan, correcto?