Por medio del decreto 2111, los empleados estatales no trabajarán el 24, 26 y 31 de diciembre. Tampoco deberán ir a las oficinas el 2 de enero. La medida no alcanza a las entidades bancarias y financieras, que deberán atender al público
Por medio del decreto 2111, publicado en el Boletín Oficial, el personal estatal no trabajará el 24, 26 y 31 de diciembre, además del 25, por ser feriado. Tampoco deberá ir a las oficinas el feriado del 1 de enero, por Año Nuevo, y el 2 de enero, por el asueto. La medida no alcanza a las entidades bancarias y financieras, que deberán atender al público.
El Ejecutivo fundamentó la medida en “facilitar las clásicas reuniones familiares” que se realizan con motivo de los festejos por el nacimiento de Jesús y por celebrar el año que comienza. En ese sentido, el Gobierno decretó específicamente el 24 y el 31 como día no laborable porque “se estima procedente posibilitar el acercamiento de quienes, por diversas causas, se domicilian lejos de sus seres queridos”.
En tanto, dispuso que el 26 de diciembre y el 2 de enero tampoco estén abiertas las oficinas públicas para posibilitarle a los trabajadores que viajaron al interior a visitar a sus familiares que regresen cuando ya no se registre un caudal importante de autos por las rutas argentinas, con el objetivo de evitar siniestros viales.
Luis dice
y los vencimientos impositivos corren el 24 y el 26??
Los empleados de comercio trabajamis o no?
Y que sucede con el resto de los habitantes del territorio nacional? Somos todos iguales, pero se ve claramente que hay algunos más iguales que otros… Muchas Gracias
Es un chiste, no le encuentro otra explicación