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El trabajador no está obligado a prestar servicios en los días feriados. Pero hay excepciones contempladas en la normativa.
En los días feriados rigen las condiciones del descanso dominical, prohibiéndose el trabajo en esos días.
El trabajador que, de manera excepciona, prestare servicios en esos días, cobrará un adicional sobre su sueldo.
Un feriado nacional es un día en el que se celebra o conmemora un episodio o hecho heroico, festividad religiosa, natalicio o fallecimiento de un prócer.
En el día establecido como feriado nacional, la ley establece una inactividad generalizada.
En cambio, el día “no laborable” es el empleador el que determina si abre o no el establecimiento, en caso de trabajar en forma habitual, los trabajadores tienen el deber de prestar servicios y no cobran ningún adicional.
Si el titular del establecimiento decidiera no brindar servicios, los trabajadores no concurren a trabajar y no se ve afectado el salario de ese día.
La negativa a prestar tareas un día feriado no puede ser motivo o causa de sanción.
¿Es obligación trabajar en un día feriado?
No, ya que el sentido del feriado es permitir al trabajador participar de la celebración correspondientes al día conmemorativo en cuestión.
Pero hay excepciones para ciertas actividades.
Como por ejemplo, las actividades relacionadas al esparcimiento como cines, shoppings, lugares gastronómicos, etc, así como la prestación de servicios esenciales, como la salud, seguridad y transporte, entre otros.
También están las excepciones previstas por la Ley de Contrato de Trabajo u otras leyes.
Estas excepciones están vinculadas al principio de colaboración que los trabajadores deben tener para el logro de los fines de la empresa. Pero están definidas para casos de peligro, accidente ocurrido o inminente, o causa de fuerza mayor, que hagan impostergable la prestación de tareas.
Si bien en esos casos, el trabajador no puede negarse a prestar servicio, tiene derecho a cobrar el día de trabajo más un adicional igual.
La realidad
En días feriados no dispone trabajar el empleador que quiere, sino el que puede. Y no existe ningún control sobre este derecho.
No todos las empresas pueden imponer el trabajo en domingos o feriados.
Como vimos mas arriba, tiene que tratarse de actividades exceptuadas, quien excepcionalmente tenga que brindar servicios cobra un adicional sobre su sueldo.
¿Corresponde dar descanso compensatorio?
No. Esta es la opinión unánime de la doctrina y la jurisprudencia, aunque el texto de la ley no coincide exactamente con ese criterio.
¿Qué diferencia tiene con un día no laborable?
En el día establecido como feriado nacional, la ley establece una inactividad generalizada. El día “no laborable” es el empleador el que determina si abre o no el establecimiento, en caso de trabajar en forma habitual, los trabajadores tienen el deber de prestar servicios y no cobran ningún adicional.
Si el titular del establecimiento decidiera no brindar servicios, los trabajadores no concurren a trabajar y no se ve afectado el salario de ese día.
¿Cómo es el pago de un día feriado?
En caso que se presten servicios en tales días, cobraran la remuneración normal de los días laborales más una cantidad igual (un día más).
Nicolas dice
Buenas noches, trabajo en un frigorífico de cerdos. Es obligatorio trabajar día feriado? Me indicaron en la empresa que si elijo no trabajar, me descontarán dia y presentismo.
Walter coronel dice
Buenas tardes trabajo en un bar/ cafetería…debo presentar una nota con una semana de anticipación para no trabajar los feriados nacionales..la presento y no la autoriza ….al ser lugar gastronomico estoy obligado a trabajar?? Me puede sancionar por no presentarme a trabajar el feriado nacional
Maria Ríos dice
Trabaje el 20 de diciembre 24hs. Por cuantas horas deberían abonarse?
Damian dice
Hola consulta si faltó el 1 de enero me pueden descontar el presentismo y el día?. gracias
Valeria dice
Hola quiero una ayuda trabaje todo los feriados, porque si no iba no me pagaban , trabajo como empleada doméstica, que debo hacer tengo algún derecho puedo reclamar o ya no
ISABEL dice
SE LIQUIDA SOBRE LA HORA EXTRA ANTIGUEDAD Y PRESENTISMO
Martin dice
Trabajo en una gomeria, todo en blanco, empresa grande , estamos dentro de los que se consideran indispensables?? Porque el empleador no comunicó nada para que todos nos presentemos hoy feriado decretado cómo nacional
Jorge dice
Hola, este 7 de octubre es obligatorio trabajar, es como feriado nacional o día no laborable? Saludos
Lorena dice
Hola queria consultar lo siguiente, si trabajo un feriado y no quiero cobrarlo en cambio pido la compensacion en horas a mi favor, corresponderia 1 dia o 2 dias? Gracias
Sol dice
Hola, trabajo en convenio 781/20. Soy de la comunidad judia, el 26/27 de septiembre es año nuevo judio y mi empleador me informo que me sacara el presentismo por falta ya que la falta se considera injustificable. Tengo entendido que por ley 27399 se lo declara no laborable de forma nacional.
Esto es asi? Puede descontarme el presentismo alegando falta injustificable?.
Aguardo su respuesta, gracias por el espaco, Saludos