La Federación Argentina de Trabajadores Encargados de Edificios de Renta y Horizontal informó sobre la firma y homologación de nuevos acuerdos para los convenios colectivos de trabajo 589/10 y 590/10.
Los acuerdos, establecen un incremento salarial escalonado para el trimestre noviembre 2023 a enero 2024.
Además, se establece:
- la ampliación del régimen de zona fría/desfavorable
- incorporación al art 12 del cct 589/10: licencias;
- incorporacion al art 28 del cct 589/10: adicional por titulo;
- incorporacion del art 7 bis al cct n 589/10: adicional por alquiler temporario;
- modificación art 27 inc vii, viii y ix del cct 589/10: pago de licencias
Detalles de los acuerdos
Propiedad horizontal CCT 589/10
El acuerdo firmado para el CCT 589/10 y homologado por la R ST 2291/23, establece en primer lugar, distintos tramos de aumento sobre los básicos que deberán adicionarse a los ya establecidos en el acuerdo anterior del 31 de julio 2023 para los salarios básicos de la cuarta categoría.
Los aumentos se pactaron conforme el siguiente esquema:
- 8% para el mes de octubre, con plazo de pago hasta el 25/11/2023
- 7% para el mes de noviembre 2023
- 7% para el mes de diciembre 2023
Además, se introdujeron cambios en la redacción del convenio, incorporándose el Art. 7 bis, modificándose el art. 28 y ampliándose el régimen de zona fría /desfavorable, agregando distintas localidades de la Provincia de Buenos Aires.
También se realizaron modificaciones en el régimen de licencias especiales.
Casas de Renta CCT 590/10
En el caso del CCT 590/2010, el nuevo acuerdo homologado por la Resolución ST 2317/2023 modifica y agrega nuevos artículos al texto del CCT, respecto de la provisión de uso y provisión de habitación higiénica y útiles de trabajo, y modificaciones de licencias especiales.
Escala salarial
Las escalas salariales no han sido publicadas por ninguna de las partes firmantes del acuerdo, por lo tanto, se deberán estimar hasta tanto sean publicadas.
Victoria C. Biensoba dice
Buenas noches Ignacio. Tengo una consulta. Ante la modificación de licencias especiales, en esta consulta sonre los 10 dias habiles para el cuidador de esposa, habiendo hijos matrimoniales el obligatorio que el encargado tome esos 10 dias? En caso afirmativo cual es la aseguradora designada a que se refiere el acta acuerdl que debe devolver el dinero al consorcio? Donde se puede pedir esta informacion. Por otro lado cuales son los requitos a cumplimentar el empleado para tomarse esos 10 dias? El acta acuerdo no dice nada, donde se encuentra la reglamentacion. Se puede prohibir el uso de ese derecho? Ya hay hijos mayores de edad y adolescentes que pueden cuidar a su esposa.
ANA dice
BUEN DIA IGNACIO-. PREGUNTO CUANTOS DIAS CORRIDOS DE LICENCIA MEDICA PUEDE TENER EL ENCARGADO DESPUES DE UNA CIRUGIA DE HOMBRO CON LA COLOCACION DE UNA PROTESIS .
GRACIAS
Ignacio dice
te paso el link, depende de la antigüedad y cargas de familiahttps://www.ignacioonline.com.ar/licencia-por-enfermedad-plazos/
luego leer el CCT por si hay más beneficios
Ignacio gracias por tu aportes. El porcentaje adicional de cada mes, sobre que base lo calcularias? Sobre AGOSTO 2023, como pactaba el acuerdo anterior, o sobre las escalas de cada mes publicadas?
Hola Ignacio!! Está circulando un video y articulo de la Liga del Consorcista, donde se insta a no abonar la reciente recomposición salarial atento el documento del expediente de homologación carecería de la firma digitalizada al pie.
En tu pagina, no puedo acceder al archivo de dicho archivo (solo descargar el del texto del acuerdo)
En la pagina de Pequeñas Noticias, sin embargo, el documento de dicha homologación SI PRESENTA la firma digitalizada. Asi como también, en la pagina de la Caphai (circular nº 82) se valida dicho acuerdo y su homologación.
Mi consulta: Es válida o tiene algún sustento la objeción que plantean en la pagina de La Liga?
Gracias por tener siempre toda la info necesaria para la actividad!
El acuerdo y la homologación están publicadas en el Ministerio de Trabajo