¿Cobran el bono los empleados de comercio? ¿Quiénes lo cobra y quienes no?
El bono de fin de año alcanza a más de 4 millones de trabajadores privados ¿Están incluidos los Empleados de Comercio?.
Recordemos que el bono de $24.000 oficiado por el gobierno mediante el decreto 841/22 alcanza a los trabajadores que perciben salarios netos menores o iguales a $161.859, o la diferencia entre $185.859 y los salarios netos superiores a $161.859.
¿Están incluidos los Empleados de Comercio?.
En principio los empleados de comercio están alcanzados, dado que el primer artículo del decreto establece que es para los trabajadores en reacción de dependencia del sector privado que se rijan por la LCT 20.744.
Por supuesto, los Empleados de Comercio están bajo LCT, entonces están alcanzados por esta asignación no remunerativa no remunerativa por única vez (bono).
Compensación o absorción
Ahora, en qué casos los trabajadores no lo cobrarían o lo harían parcialmente, bueno, el decreto tiene en su artículo 5 una cláusula de absorción:
“La asignación no remunerativa prevista en el artículo 1° del presente Decreto podrá ser absorbida hasta la concurrencia en caso de haberse acordado o estuviese previsto en los respectivos Convenios Colectivos de Trabajo el pago de asignaciones no remunerativas por única vez o beneficios equivalentes entre noviembre de 2022 y enero de 2023.”
Por lo tanto, en caso de haberse acordado, en el marco del CCT, el pago de asignaciones no remunerativas por única vez, se podrá compensar.
Bueno ¿empleados de comercio tiene alguna suma de este este tipo? veamos lo que dice el acuerdo salarial vigente que estableció un aumento del 59.5%:
El acuerdo dice que “El mencionado incremento del 59.5% se abonará en forma de asignación no remunerativa (Art. 6 Ley 24.241)”
Entonces, si bien se paga como asignación no remunerativa, no podemos decir que es por única vez una suma que se paga de manera escalonada desde el mes de abril de este año y, además, está previsto se incorpore al básico de convenio en abril del 2023.
Cumple, ser una asignación no remunerativa (aunque este concepto también es más que discutible) pero no por el requisito de por única vez.
Por lo tanto, no sería compensable la asignación no remunerativa del acuerdo de comercio con la asignación no remunerativa del decreto 841/2022.
¿Bono de $30.000 se compensa con los $24.000?
Ahora bien, que sucede con la asignación por única vez de $30.000 acordada a comienzos de mes entre la FAECYS con los representantes de las empresas COTO; Carrefour; Cencosud; Chango más y Día %.
Aquí, según el comunicado de la FAECyS si se trata de una asignación por única vez que tiene carácter no remunerativo.
Entonces, el tratamiento es distinto y entiendo que si son sumas equivalentes, por lo tanto, los $24.000 del decreto 841/22 y los $30.000 acordados por el gremio si pueden ser compensadas entre si.
Nuevo acuerdo salarial de Empleados de Comercio
De todos modos, hay que considerar, que el gremio de Empleados de Comercio está negociando una nueva revisión salarial, donde intentará llevar el 59.5% actual a un número más cercano al 110%.
Y, al menos según la información que tengo hasta el momento, la idea del sector empresarial es compensar parte de las sumas no remunerativas del futuro acuerdo, con el “bono” de $24.000 establecido por el gobierno.
En consecuencia, teniendo en cuenta esta posibilidad, si bien los $24.000 se deben pagar, estos se compensarían con el futuro acuerdo de revisión salarial.
En conclusión, los Empleados de Comercio están en condiciones de cobrar el bono de 24 mil pesos no remunerativos.
Siempre que cumplan con el otro requisito establecido por el decreto: que el neto del sueldo, es decir la suma de bolsillo, sea inferior a $185.829.
Y teniendo en cuenta, que en caso de pactarse un nuevo incremento, sería no remunerativo y parte se compensará con los 24.000 pesos.
Por último, habrá que esperar el cierre de las negociaciones de comercio, que recién se encaminarán esta semana, y en cuanto al bono los empleadores tienen todo lo que resta de diciembre para pagar pagarlo.
Buenas tardes. Para quienes trabajan jornada reducida (31hs) el bono es proporcional o de igual manera corresponden los 24000? Gracias
SI
Perdón, no me queda claro…….SI es proporcional?
gracias
Es proporcional
Ignaciooo, si es proporcional o si van los 24mil?
si, es proporcional.
Son unos ladrones !!! Pero eso es por qué se los permitimos hay que salir y movilizar no queda de otra si no siguen jugando con nosotros. Ya no alcanza ni para comer !!!! Basta de aumentos no remunerativos!!!! .
Cavallieri y el mata Rodríguez son unos corruptos dicen defender a los trabajadores y lo único que hacen es entregarnos, los quisiera ver a ellos vivir con el sueldo nuestro
Hola. dice que el bono se paga en diciembre,pero que para clcularlo se necesita la base de diciembre, que se paga recien los primeros dias de enero! como hago para parar en base a algo que aun no tengo!
Definitivamente hace falta un caudillo que promueva una movilizacion general y paro total de los empleados de comercio…lamentablemente como trabajamos en forma privada, al empleador que no le guste y tenga el dinero raja a su trabajador. Y volver a conseguir trabajo despues de eso seria una tortura. Lamentablemente hay que dejar correr sangre para que haya un cambio, es inevitable. Hay que sacar al HDP de Cavallieri crucificado y pasearlo por las calles. Definitivamente si paramos se para el pais. Somos muchos a nivel nacional. No pueden contra todos nosotros
En caso de que el empleador se niegue a pagarlo, ya que es obligatorio, se puede denunciar al 0800-6664100
Consulta en el Dto 841/22 no dice si hay que tenerlo en cuenta para el calculo de la ART.
Como es un No rem de caracter excepcional. Desde ya te agradezco
no cobre el bono y me dieron el feriado… donde esta el gremio y el miniterio de trabajo banda de inutiles
Tengo un pequeño comercio, con 5 empleados, todos en blanco como marca la ley. Les pague por ley sueldo, aguinaldo. Pero por mi cuenta les regale una gif card en una casa de derporte, un presente, realice una sena de fin de año.
Y les dije que les aseguraba dar los 24mil ante de fin de añi.
Sos de los pocos genio!!!
El sindicato prácticamente permitió que nos roben uno de los mayores derechos. El aguinaldo.
El bono del gobierno fue puesto por ese motivo.
La ley 20.744 art 122 devengado por todo concepto.
Acuerdos fuera de la ley y más aún que defenestran y socaban los derechos del trabajador.
MILEI 2023 y que se hagan agua los helados.
EL IMPORTE NO REMUNERATIVO NO SE LO SE TIENE EN CUENTA PARA EL AGUINALDO NI PARA LAS VACACIONES. PERO PARA EL BONO SI , SON MUY INJUSTO. NOS PERJUDICAN EN CADA DECRETO QUE FIRMAN.
Mi consulta es como se líquida ese bono? Hacen un recibo por eso ? O como se cobra? Es una vergüenza el aguinaldo de comercio ? y este bono también es una porqueria , harta de este cavalieri hdp
Buenos dias,
Me podrás aclarar como liquidar el Bono de $24000 a empleados con jornada reducida?
Ej, 36 hs semanales: $18000
30 hs semanales: $ 15.000
Te mando saludos!!!
Lamentablemente hasta que no aumenten el basico esto no sirve de nada…desde julio que no lo aumentan, el aguinaldo de fin de año fue el mismo que en julio un desastre