¿Cobran el bono los empleados de comercio? ¿Quiénes lo cobra y quienes no?
El bono de fin de año alcanza a más de 4 millones de trabajadores privados ¿Están incluidos los Empleados de Comercio?.
Recordemos que el bono de $24.000 oficiado por el gobierno mediante el decreto 841/22 alcanza a los trabajadores que perciben salarios netos menores o iguales a $161.859, o la diferencia entre $185.859 y los salarios netos superiores a $161.859.
¿Están incluidos los Empleados de Comercio?.
En principio los empleados de comercio están alcanzados, dado que el primer artículo del decreto establece que es para los trabajadores en reacción de dependencia del sector privado que se rijan por la LCT 20.744.
Por supuesto, los Empleados de Comercio están bajo LCT, entonces están alcanzados por esta asignación no remunerativa no remunerativa por única vez (bono).
Compensación o absorción
Ahora, en qué casos los trabajadores no lo cobrarían o lo harían parcialmente, bueno, el decreto tiene en su artículo 5 una cláusula de absorción:
“La asignación no remunerativa prevista en el artículo 1° del presente Decreto podrá ser absorbida hasta la concurrencia en caso de haberse acordado o estuviese previsto en los respectivos Convenios Colectivos de Trabajo el pago de asignaciones no remunerativas por única vez o beneficios equivalentes entre noviembre de 2022 y enero de 2023.”
Por lo tanto, en caso de haberse acordado, en el marco del CCT, el pago de asignaciones no remunerativas por única vez, se podrá compensar.
Bueno ¿empleados de comercio tiene alguna suma de este este tipo? veamos lo que dice el acuerdo salarial vigente que estableció un aumento del 59.5%:
El acuerdo dice que “El mencionado incremento del 59.5% se abonará en forma de asignación no remunerativa (Art. 6 Ley 24.241)”
Entonces, si bien se paga como asignación no remunerativa, no podemos decir que es por única vez una suma que se paga de manera escalonada desde el mes de abril de este año y, además, está previsto se incorpore al básico de convenio en abril del 2023.
Cumple, ser una asignación no remunerativa (aunque este concepto también es más que discutible) pero no por el requisito de por única vez.
Por lo tanto, no sería compensable la asignación no remunerativa del acuerdo de comercio con la asignación no remunerativa del decreto 841/2022.
¿Bono de $30.000 se compensa con los $24.000?
Ahora bien, que sucede con la asignación por única vez de $30.000 acordada a comienzos de mes entre la FAECYS con los representantes de las empresas COTO; Carrefour; Cencosud; Chango más y Día %.
Aquí, según el comunicado de la FAECyS si se trata de una asignación por única vez que tiene carácter no remunerativo.
Entonces, el tratamiento es distinto y entiendo que si son sumas equivalentes, por lo tanto, los $24.000 del decreto 841/22 y los $30.000 acordados por el gremio si pueden ser compensadas entre si.
Nuevo acuerdo salarial de Empleados de Comercio
De todos modos, hay que considerar, que el gremio de Empleados de Comercio está negociando una nueva revisión salarial, donde intentará llevar el 59.5% actual a un número más cercano al 110%.
Y, al menos según la información que tengo hasta el momento, la idea del sector empresarial es compensar parte de las sumas no remunerativas del futuro acuerdo, con el “bono” de $24.000 establecido por el gobierno.
En consecuencia, teniendo en cuenta esta posibilidad, si bien los $24.000 se deben pagar, estos se compensarían con el futuro acuerdo de revisión salarial.
En conclusión, los Empleados de Comercio están en condiciones de cobrar el bono de 24 mil pesos no remunerativos.
Siempre que cumplan con el otro requisito establecido por el decreto: que el neto del sueldo, es decir la suma de bolsillo, sea inferior a $185.829.
Y teniendo en cuenta, que en caso de pactarse un nuevo incremento, sería no remunerativo y parte se compensará con los 24.000 pesos.
Por último, habrá que esperar el cierre de las negociaciones de comercio, que recién se encaminarán esta semana, y en cuanto al bono los empleadores tienen todo lo que resta de diciembre para pagar pagarlo.
BUEN DIA, SERIA LINDO Q CDO LOS INTREGANTES DEL GREMIO HAGAN LA REVISION SOBRE LOS AUMENTOS…..INCLUYAN EN EL BASICO LOS NO REMUNERATIVOS Q TUVIMOS HASTA AHORA…..POR QUE DE NADA SERVIRA ESE SUPUESTO AUMENTO Q ES PAGADO EN PARTES Y Q NO ALCANZA PARA NADA…..
HOLA IGNACIO, NO ME QUEDA CLARO EL PUNTO B QUE HABLA SOBRE LA DIFERENCIA , SI UN SUELDO NETO ES DE $ 143500 CORRESPONDE PAGAR LOS $ 24000 O LA DIFERENCIA HASTA LA CONCURRENCIA DE LOS $ 161859 ????
Cecilia, si el neto es de 143.500, te abonarian 24.000, ya que el tope son $185.,589 netos.
Los $161.589 seria el maximo neto que podrias cobrar para recibir el bono de $ 24.000 completos, si cobras netos mas de esos $161.589 entonces el bono que cobras empieza a decrecer proporcionalmente, siempre hasta llegar a la suma final ( sueldo neto + bono) de $ 185.589.-
Ej: Sueldo neto $ 170.000 , entonces cobrsrias un bono de $ 15.589.-
Saludos.
Buenos dias Ignacio, como andas, consulta, yo trabajo en relacion de dependencia en un comercio, cobre total 144, pero a su vez soy monotributista, me corresponde el bono de 24? y otro tema puede ser que los contadores del negocio especulen a ultimo momento para dar el bono ? porque en el trabajo mi empleador no me ha dicho nada todavia. agradezco tu respuesta. muchas gracias
Buenas, tengo una duda a los que trabajamos en relación de dependencia en comercio, en mí caso cobre un proporcional de 13.000 del bono de 30.000, de este bono de 24.000 cuanto me corresponderia? 24.000? 11.000 para llegar a esos 24.000? O proporcional como me dieron por el bono de 30.000?
Buenos días. El bono no remunerativo de 24000$, se tiene en cuenta para la obra social y el sindicato? Saludos.
Buenas , mucho no se entendió pagan los $24.000 para comercio ? O compensan con los $30.000 que dieron (encima en gifs card??♀️) .
Hola ignición, consulta se suma antigüedad, premios y hs extras? O solo el sueldo básico. Gracias
Hola Ignacio, una consulta. Al ser no remunerativo se toma en cuenta igual para aportes sindicales y ART?
Espero tu respuesta.
GRACIAS
Hola, los empleados de comercio dependencia, media jornada cuanto cobramos entonces? Los 24mil?
Solo la mitad si trabajas media jornada. O, la proporción por el tiempo laborando.
Trabajo en Maestranza en comercio y aun no recibí mi pago .como hacer para que me depositen
Es para compensar los no remunerativo..
Lo de siempre parches de último momento.
Hola, que pasa con los q cobran comisiones? Como influye? Se hace un promedio?
Y que pasa en el caso de los que tenemos dos empleos,?? Trabajo en comercio hor. Completo, y otro de medio tiempo, Y además, hoy feriado mí empleador no comunicó nada , osea estamos todos presentándonos a trabajar con el día declarado Fer. Nacional, tienen q pagarme el doble, y además cabe sanción para el empleador??
Porque sanción para el empleador ??
Pareciera que es tu deseo…
Totalmente de acuerdo con la miserabilidad de los 24.000 pesos y que ya se lo ahorraron largamente en el aguinaldo. A mi me robaron como 40.00 pesos con esa patraña. Estamos cobrando el mismo aguinaldo del mes de Junio pasado. Increíble.
Ladrones del primero al último así esta elmpais por sindicatos como éstos, estamos en el limite de la pobreza, el bono es por lo que te sacan por lo no remunerativo, dan asco.
Y se llenan los bolsillos con nuestros impuestos y lo que le sacan al gobierno.
Y que me devuelven ahora feriado x decreto y pago.el.doble así x que si x que al inútil quiere hacer el gran Robin hood los privados garpamos sin descuento de nada x que quieren compensar con una guita todo el desastre que estén haciendo
No te quejes privado, que vas a pagar el medio aguinaldo de diciembre, igual al que pagaste en junio, siendo que los precios de tenés ahora no son los precios que tenías en junio.