LA FAECYS DIO Q CONOCER HOY LA RESOLUCIÓN HOMOLOGATORIA DEL ACUERDO SALARIAL PARA LA RAMA GENERAL. RESOLUCIÓN 626/2014 ST.
La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS), dio a conocer la resolución que homologa el acuerdo de Empleados de Comercio Rama CCT 130/75 firmado el 11 de abril pasado.
Mediante la resolución 626/14 la Secretaría de Trabajo declara homologado el Acuerdo celebrado por la FEDERACIÓN ARGENTINA DE EMPLEADOS DE COMERCIO Y SERVICIOS (FAECYS), por te parte sindical y te UNIÓN DE ENTIDADES COMERCIALES ARGENTINAS (UDECA), te CONFEDERACIÓN ARGENTINA DE LA MEDIANA EMPRESA (CAME) y la CAMARA ARGENTINA DE COMERCIO (CAC), por la parte empresarial.
Anónimo dice
Hola, yo quisiera consultar si alguien que ingresó el 21 de abril a una nueva empresa es beneficiaria del aumento del 17% ya que según tengo entendido el aumento se aplica sobre el sueldo de marzo. Gracias
No amigo el aumento le corresponde x los 9 dias q trabajo en abril. y el acuerdo es retroactivo a abril, se toma marzo como base de calculo del nuevo acuerdo nada mas, pero a sus 9 dias trabajados los va a cobrar con aumento
Hola Ignacio, antes que nada gracias por la info
Queria preguntarte mi basico en la empresa es de 8000 mil pesos, el aumento es sobre esa suma o sobre la de convenio, mi categoria es administrativo
Gracias
Saludos
Una consulta el acuerdo hecho el año pasado x osecac este año se sigue descontado? Ahora yo realice el traspaso de obra social no me corresponde ria abonar eso si tno cuento con osecac o bien deben enviar ese monto a la obra social correspondiente no ?
Buenos días Ignacio. Quisiera consultarte sobre un fondo que se va formando y que en algunos gremios cuando el trabajador se retira se hace de esos fondos. ¿Corre esto para empleados de comercio?. Gracias
Buenos dias Ignacio, quisiera hacerte una consulta sobre el adicional "FALTANTE DE CAJA", yo soy CAJERO B, en la provincia del Chubut, tengo el basico segun lo estipula la escala salarial, sobre eso me pagan presentismo y zona desfavorable, y como item no remunerativo el adicional faltante de caja que desde mi ingreso es $666,01 mensual. Con este aumento del 17% tambien aumentaria este item? o me estan pagando de más, ya que vi en el acuerdo que el adicional deberia ser $4680 anual, $390 mensual. Espero tu respuesta, gracias!
Soy cajero A y mi faltante de caja ya es $901.. antes de aumento. Es lo que corresponde
Hola quería consultar si me pueden descontar de mi recibo de sueldo cuotas por un préstamo obtenido en una financiera. No existe ninguna orden judicial de embargo, sino que directamente aparece en mi recibo de sueldo un concepto que me descuentan esa cuota. Gracias Saludos.
Si o si para q te descuenten sin tu autorizacion tiene que haber orden judicial, sino el empleador recibio una carta de la tarjeta y sin consultarte te lo esta descontando, se entiende? Si o si para q te lo dscuente tiene q haber orden judicial, desconozco si una carta documento es suficiente.
Hola , Es posible que con la financiera haya algun acuerdo por descuento de haberes(esto significa que se visualiza en tu recibo). Para ello debes consultarlo bien, tanto con la financiera y rrhh de tu empresa.
Hola te consulto, yo trabajo como administrativo para dos empresas de un mismo grupo económico, jornada completa, en una sola oficina, atiendo las cosas de las dos, es normal que mi liquidación sea un sueldo de administración común o debería percibir más por esa clase de trabajo, desde ya gracias.
Hola Diego, no entiendo bien la pregunta, a que te referís con administrativo común?
Hola, Soy administrativo B, cobro jornada completa, pero mi sueldo es igual a una persona q trabaja para una sola empresa, yo hago el trabajo para las dos empresas, en una misma ofician, atiendo al personal de ambas, deposito las Litis, y bueno todo lo q corresponde por administracion… Gracias
q pasa con los call center ?.. como es el pago de los 2400.. xq trabajan 6 horaa
Buenos días! Yo cobre hoy 26 y no tengo el aumento, me lo depositaran otro dia? O debería hacer un reclamo? De ser así dónde lo debería hacer?
seguro te depositan el mes proximo con retroactivo al mes de abril ya que el acuerdo se homologo sobre la fecha
Buenos días! Yo soy empleada de comercio y cobre hoy 26 sin el aumento, eso se depositara otro día? O tengo q hacer el reclamo? De ser así dónde lo tendriamos q hacer?
Hola me dicen los delegados de mi empresa que no saben si es proporcional los 2400, quiero saber ya que soy jornada reducida. Gracias!
Hola! Ignacio…. que sucede en el caso de una persona que trabaja 32 HS al mes… Hay que abonarle los 2400????…. No me cierran los numeros para este tipo de casos…
Muchas Gracias
Presentación de DJNR – Comercio Julio 2.014 y Noviembre 2.014
– Tipo de Norma: Convenio Colectivo de Trabajo
– Tipo de Convenio: Otros
– Otros Tipos de Convenio: 0130/75: CONFEDERACION GENERAL EMPLEADOS DE COMERCIO DE LA REPUBLICA ARGENTINA c/ COMISION COORDINADORA PATRONAL DE ACTIVIDADES MERCANTILES Y OTRAS.
– Jurisdicción: Nacional
– Norma Homologante: Resolución
– Organismo que emitió la norma: Secretaría de Trabajo
– Nro. de Norma: 626
– Año de emisión de la norma: 2014
Como siempre, gracias por tus aportes Matias!
Hola Ignacio el acuerdo dice que los adicionales fijos se sugiere que las partes negocien en COTO tenemos adicionales y como los acuerdos piden que se negocie !!quien puede pedir que eso se negocie!!
Hola Ignacio tenemos adicionales fijos !!quien tiene que pedir que también se negocie los aumentos de paritarias!! El sindicato!! Los delegados??
Hola, tengo una duda con respecto a las sumas fijas otorgadas, el monto de $2400 (dividido en dos cuotas) es para todos los trabajadores por igual o a los que trabajan 1/2 jornada o 2/3 de jornada les corresponde un proporcional? xq a mi entender en el segundo articulo del convenio, donde se especifica dicha suma no dice nada de ser proporcional. Hago esta consulta xq la empresa para la q trabajo emitio un comunicado donde dice q sera proporcional y creo que no sera la unica q lo haga. El año pasado cuando se acordo el descuento para OSECAC como no decia proporcional nos descontaron a todos por igual, ahora deberia aplicarse de igual manera, no???
Es para todos los trabajadores por igual
Ignacio con todo respeto me permito cuestionar tu postura, para mi el no remunerativo fijo, es proporcional, xq el acuerdo se firma para jornada completa y luego se proorciona. sin embargo puede buscarse la forma de q como nada se dice q sea igual para todos, pero me parece q va en desmedro de los q mas trabajan tu apreciacion, saludos. adrian desde oliva.
Estimado Anónimo-Adrián desde Oliva, me gustaría saber si opinabas lo mismo cuando en la paritaria pasada, se determinò el aporte a OSECAC de $50 por mes, sin diferenciar jornada completa, 3/4 o 1/2 jornada.
es proporcional dependiendo de la jornada laboral, igual al aumento del año pasado. Es un aumento del 31,4% dividido en dos partes de un 17% y de un 10% pero ese porcentaje se saca en base al sueldo que estuviste percibiendo. No le des pelota al "1200" sino que saca el porcentaje correspondiente para tu sueldo neto.
Hola te comento mi postura: la verdad que el pago de los $ 2400 sin proporcionar la media jornada (o superior) es discriminativo hacia quienes trabajan jornada completa otorgandoles un trato desigual… sin embargo todos -creo- tuvimos que pagar los benditos $ 50 de OSECAC sea la jornada que fuera. Entonces, al tener este acuerdo homologado "fuerza de ley para las partes" tenemos que "La primera fuente de interpretación de la ley es su letra, el propósito en sus términos debe buscarse no en significaciones obscuras o abstractas, sino en el sentido más obvio al entendimiento común; y cuando la ley no formula distinción, ello tampoco le es permitido al intérprete conforme al conocido brocardio "DONDE LA LEY NO DISTINGUE, NO DEBEMOS DISTINGUIR NOSOTROS". Del Voto de la Mayoría. CITAS JURISPRUDENCIALES: CSJN, Fallos 299:167; 284:293; 283:111; 315:2999.; C.S.J. NRO. 669 AÑO 1995, 25/09/96; MAG. VOTANTES: IRIBARREN – ALVAREZ – BARRAGUIRRE – FALISTOCCO – ULLA).-
Espero que sirva mi modesto aporte. Saludos, Mauricio.
Ya era hora!!