En una circular, la Secretaría de Asuntos Laborales de la FAECyS fijó su posición respecto a la proporcionalidad o no delos $1200 no remunerativos. Semanas atrás, la CAC había indicado que se debían proporcionar a la jornada trabajada. En cambio, para la Federación, se debe pagar a todos igual.
La FEDERACIÓN ARGENTINA DE EMPLEADOS DE COMERCIO Y SERVICIOS (FAECyS), emitió un comunicado para “sentar posición sobre la proporcionalidad o no – respecto a la jornada laboral cumplida de las cuotas de $ 1.200”, fijadas en el Acuerdo Salarial de fecha 11 de abril de 2014.
El comunicado de la FAECyS, es en respuesta a la Circular de la Cámara Argentina Comercio (CAC), que expresaba que “cuando se trata de trabajadores a tiempo parcial el pago de esta suma fija deberá ser proporcional.
Según el comunicado de la FAECyS:
claramente en el Artículo Segundo establece la obligación por parte de los empleadores de abonar dos cuotas de $ 1.200- cada una conjuntamente con los haberes de julio y noviembre del corriente año. Como se verá se establece específicamente que “… se pacta otorgar por única vez, con carácter extraordinario y excepcional (art 6 Ley 24241) una asignación no remunerativa…”
En dicho Artículo no se menciona proporcionalidad alguna y ello es correcto, porque a pesar de señalarse la Ley de Jubilaciones y Pensiones, al definir los importes como asignación no remunerativa, se lo expresa en su real acepción, lo no remunerativo es una asignación que no depende de la contraprestación de tareas alguna, por ello no hay proporcionalidad alguna.
Mas aún, si observamos el Articulo Primero del citado Acuerdo (en su quinto párrafo) el incremento allí pactado si lleva proporcionalidad en cuanto a la jornada laboral cumplida, supuesto que ambas partes pactaron expresamente.-
Atento lo arriba expresado, esta Secretaría de Asuntos Laborales fija posición en cuanto las sumas de $ 1.200.- no son proporcionales y corresponde a cada trabajador no importando la jornada laboral pactada.
Anónimo dice
SRES., SINDICALES Y SR, IGNACIO, HAY QUE TENER PRESENTE QUE LOS QUE CONTRATAN A MEDIA JORNADA , NO ES PORQ LES GUSTA CONTRATAR ASI , SINO PORQ LOS NUMEROS NO CIERRAN…. HAY QUE TENER UN "POCO DE SENTIDO COMUN" Y NO CONFIRMEN ALGO QUE SEGUN LA "LEY DE CONTRATO DE TRABAJO" LO CONFIRMA… !!1 UD, SRES. SINDICALISTAS CUANDO SE JUNTEN A CONFIRMAR UN AUMENTO DEL BASICO , NO PONGAN COSAS QUE DETERIORAN LAS LEYES,,, NO ABUSEN DE LOS ACUERDOS….. SON UNOS HIJOS..!!! HABER SI SE ANIMAN A HACER UN COMERCIO Y NO ESTAR SENTADOS DICTAMINANDO TEMAS QUE TRAEN ESTOS PROBLEMAS… ZANGANOS !!!!! POGASE A TRABAJAR COMO NOSOTROS LOS COMERCIANTES .. VIVIDORES !!!!!!
Buenas tardes,mi consulta es por asignación no remunerativo .Según la contadora de mi empleador dice q es proporcional el pago de 1200 ya q yo trabajo cuatro horas diarias,por lo tanto en mi recibo dice 600
hola hago jornada de 4 horas diarias y me depositaron proporcional como lo resuelvo? gracias
-hola hago jornada de 4 horas diarias y me depositaron proporcional como lo resuelvo?
Acabo decobrar la suma y yo trabajo media jornada,, me abonario Siesicientos pesos y en el recibo figuran los 600 $ o sea me lo ajustaron a media jornada, que deberia hacer?
hola Yo habia entendido que se cobraban los 1200 netos..asi hice el recibo de sueldo, pero cuando entre en la pag de aec..para liquidar las contribuciones, calcula aportes por la parte no remunerativa–??? que hago
Dice la contadora que es propocional a la horas trabajadas, es asi? los 1200.
Tanto la Faecys como la Camara NO tienen ni VOZ ni VOTO en el asunto, el único que puede confirmar el caso es el organismo de aplicación , en este caso Ministerio de Trabajo, por lo tanto el que debería expedirse al respecto dicho ministerio; caso contrario queda totalmente SIN efecto lo que diga uno u otro. NO tienen facultades de NINGUN índole tanto CAC como FAECYS para determinar sobre la remuneración de un empleado. SOLO lo determina el Gobierno a través de la legalización del acuerdo, a tal punto que pagar un acuerdo SIN homologación es ILEGAL.
Saludos CR y Dr. Soria
Buenos días Ignacio, te consulto este monto de 1200 tambien es para la Rama Cerealera
Hola Ignacio, una empleadas q esta d licencia sin gose d sueldo desde mayo por un viaje personal, vuelve el 1/10, corresponde pagarle los 1200? sus recibos son en cero hasta ahora. Muchas gracias
Hola Ignacio, una empleada q esta d licencia sin gose d sueldo desde mayo por un viaje personal, vuelve el 1/10, corresponde pagarle los 1200? sus recibos son en cero hasta ahora. Muchas gracias
Esta asignación no remunerativa de $ 1.200.-, ya que no se debe informar en el F. 931 porque no lleva aportes, mi pregunta es si se debe realizar la "D.Jurada Informativa de conceptos no remunerativos" ? Gracias
Esta asignación no remunerativa de $ 1.200.-, ya que no se debe informar en el F. 931 porque no lleva aportes, mi pregunta es si se debe realizar la "D.Jurada Informativa de conceptos no remunerativos" ? Gracias
Para alguien que toma vacaciones en Julio hay que aplicar los códigos días no remunerativos
días licencia no remunerativa Plus vacaciones sobre acuerdo?.
Sr. Ignacio: Podría informarme si, en razón de abonar la suma no remun.de $ 1.200.- debemos confeccionar la "D.J. Informativa de Conceptos No Remun.", ya que al no tener que realizar aportes, no se informará en el Form. 931.? Muchas gracias
Estimada,se debe informar en el 931, no cambiar rem 4 y 8 y además presentar Dj informativa no rem, ya que lo establece la Rg de afip y el mismo acuerdo en su artículo tecero. Saludos.-
Se presenta DDJJ No Remunerativa, se informa que es abonado por RESOLUCION 626/14 de la Secretaria de Trabajo