“acuerdo colectivo abril 2009”.
LaFederación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) y la Cámara Argentina de Comercio (CAC) firmaron el día de ayer un acuerdo por el cual se le otorga a todos los empleados de comercio una suma fija de $300 mensuales “No remunerativa.”
Sobre estas sumas se calculará, también con carácter no remunerativo, el presentismo del art. 40 del C.C.T. 130/75, es decir la doceaba parte de los 300 pesos, lo que nos da 25 pesos.
Además se le descontará el 3% correspondiente a la obra social, el 2% del sindicato y el 0.5% para FAECYS. Tambiçen por única vez se descontará en el mes de abril una suma de 30 pesos con destino a la obra social.
Por lo cual, de los 325 pesos, quedará a cobrar 277 pesos en el mes de abril, y en los meses siguientes 307 pesos.
Esta asignación es retroactiva al 1º de abril y tendrá el carácter de no remunerativa hasta el 31 de enero del 2010. La forma de liquidarlo será en forma separada en el recibo de sueldos y bajo la denominación “acuerdo colectivo abril 2009”.
Se dispuso también, que en el mes de junio se abone una suma no remunerativa equivalente al 25% del monto establecido en el punto anterior. Y de igual modo, con la liquidación de haberes de diciembre se abonará una suma del 50% de la suma establecida.
Estos importes serán no remunerativos, pero estarán sujetos a los aportes y contribuciones a la Obra Social de los Empleados de Comercio y el aporte del trabajador establecido por el art. 100.
Tamabién se dispuso que el aumento salarial no remunerativo acordado en año pasado en abril de 2008 (el 20% más $ 100 fijos), que debía convertirse en remunerativo a partir de este pasado mes de abril, se mantendrá como no remunerativo hasta el 31 de diciembre de 2009. Por lo cual, se deberá seguir liquidando de la misma forma que se lo hizo hasta marzo. No obstante el caracter no remunerativo, se le seguirá descontando el aporte a la obra social, el aporte del art. 100 CCT 130/75 por parte del empleado, y por la parte empresaria se deberá realizar el aporte con destino al INCAP.
También se acordó que con las liquidaciones de los haberes del mes de junio y de diciembre de 2009 se abonará, en cada oportunidad a cada trabajador una suma no remunerativa equivalente al 50% de la asignación del acuerdo de abril de 2008. Dicha suma estará sujeta a los aportes y contribuciones a la Obra Social de los Empelados de Comercio y el aporte del trabajador establecido por el art. 100.
Para mas información recomiendo leer el acuerdo abril de 2009:
LEER EL TEXTO COMPLETO DEL ACUERDO
Ignacio dice
Cecilia: no entiendo cual es la pregunta.
Con respecto al item “a cuenta de futuros aumentos” el artículo sexto lo dice claramente:
ARTICULO SEXTO: La asignación no remunerativa, compensará hasta su concurrencia los incrementos que se hubieran otorgado por los empleadores a partir del 1º de enero de 2009 y hasta la fecha del presente acuerdo, a cuenta de esta negociación colectiva o concepto equivalente, o los que en mismo carácter y naturaleza referida otorgue el gobierno, mediante ley o decreto.
Por lo que la asignación no remunerativa, puede ser absorbida por el item “a cuenta de futuros aumentos” simpre y cuando haya sido otorgado entre el 1º de enero y el 30 de abril de 2009.
Espero que esa sea la duda, cualquier cosa escribime de nuevo.
cecila dice
Hola Ignacio, con respecto a el derecho que tiene una empresa de absorber los aumentos del item A cuenta Futuros Aumentos;el acuerdo dice bien claro que el aumento le corresponde a todos los trbajadores del gremio y que será liquidado en un item aprate que se llamara Acuerdo abril 2009. ARTICULO CUARTO: Las partes convienen en establecer, a partir del 1 de abril de 2009, el otorgamiento de la asignación no remunerativa de $300.- (pesos trescientos) mensuales para todos los trabajadores de la actividad comprendidos en el convenio colectivo 130/75. ARTICULO QUINTO: La asignación establecida en el artículo TERCERO tendrá el carácter de no remunerativa y se liquidará, a la totalidad de los trabajadores de la actividad. Se abonará en rubro separado en el recibo de sueldo por rubro bajo la denominación “acuerdo colectivo abril 2009”.
Entonces hay algo que contradiga lo que establece el acuerdo???
Ignacio dice
Maru: las escalas salariales de FAECyS, básicos mas acuerdos, son los mínimo a pagar, si los sueldos que vos pagas están por arriba de eso, no hay problema, pero nunca pueden estar por debajo. AHora, el acuerdo no está homologado, asi que todavía no es exigible, pero de todos modos es lo que está acordado y ni cuando se homologue en unas semanas será exigible legalmente. El acuerdo no prevee un pago escalonado, pero trae como beneficio a los empleadores un ahora importante en las cargas sociales al no ser remunerativo el acuerdo.
No se cuales son los salarios que pagás, pero si están por arriba de lo acordado no hay problema.
Guille: hay 4 categorías de vendedor, y en mano quedan mas o menos entre 1808 pesos la mas baja y 1923 la mas alta.
Ana: unos 2080 pesos mas o menos.
POR FAVOR DEJEN UN NOMBRE PORQUE SE COMPLICA CONTESTAR A LOS QUE FIGURAN COMO ANONIMOS.
Anónimo 1: si, se puede descontar del item futuros aumentos.
Anónimo 2: el salario es igual para todos, es de 135 pesos por hijo.
Anónimo 3: te lo tiene que pagar, cuando se homologue no le quedará otra.
Georgina: si, cuando se homologue es retroactivo al mes de abril de 2009.
Es no remunerativo hasta el año próximo, y se descuenta obra social, FAECyS y Sindicato, lo que es por única vez son los 30 pesos.
gracias ignacio!
Entonces
aun no fue homologado, por lo tanto no es obligatorio. El pago depende de la empresa.
Pero es retroactivo a Abril 2009
Cuando decida pagarlo tiene que ser a abril 2009
No es remunerativo
Pero solo por el mes de abril esta afectado a las OBRA SOCIAL, SINDICATO Y FAECYS
+30 CON DESTINO A LA OBRA SOCIAL
ESTA BIEN?¿????
Hola,quisiera saber cuanto es el salario por hijo de un empleado de comercio categoria A.GRACIAS
Hola Ingnacio soy cecilia. tenes idea si el aumento puede ser absorbido por el item “a cuenta futuros aumentos”, por lo tanto no precibamos el aumento en mano?
Igancio, ante todo muchas gracias, por tu respuesta anterior, sigo sin cobrar, el aumentito de $300. mi empleador, me dice que hasta que no este homologado, ni lo veo!! ahi va mi pregunta ahora, yo soy adminis. B,como quedaria mi sueldo, con el aumento y tengo un año de antiguedad y salario por dos hijos.
Hola. Mi pregunta: tengoque tomar una persona para ventas de lu a vi de 9 a 18 hs. Cuál es el salario pactado por Comercio? Si podés darme el importe “en mano”. Muchas gracias!
Hola Ignacio: ANte todo GENIAL este espacio. Ahora mi consulta: la gente que trabaja en la oficina tiene salarios superiores a los que figuran en faecys. En estos momentos estoy tratando de mantener a toda la gente y se me hace dificil erogar los importes que figuran en el acuerdo. Si les sumara esos importes los sueldos quedarían aún más altos que los de faecys + los importes del acuerdo abril 2009.SI bien el contador debería de rectificar los recibos (porque los hizo el 29/04 ya que siempre pago sueldos el último día hábil del mes ó el 1er. día del mes siguiente)con los nuevos importes…, qué me podés comentar al respecto? COncretamente, qué pasa si no lo doy ahora y lo voy dando gradual?Gracias. Maru.
Hola anónimo, te cuento que esas vacaciones tenés que liquidarlas como no gozadas, esto significa que, las liquidas normalmente, y pero no sufre ninguna retención, ni jubilación, ni obra social ni nada.
Espero haberte ayudados, saludos
Ignacio
necesito tu ayuda tengo de realizar la liquidacion de un vendeor b q renuncio el 30/04/2009, no se tomo las vacaciones periodo 2008.
María E: donde dice “aporte adicional obra Social”
Por favor cuando se liquida el 931 On Line donde van los 30 pesos? mil gracias
entonces no estoy x debajo de los basicos. no?
muuuchas gracias!!!
La escala de marzo, que es la vigente, tiene las siguientes:
Administrativo A: $1319,56
Administrativo B: $1329,52
Administrativo C: $1340,28
Administrativo D: $1371,37
Administrativo E: $1397,28
Administrativo F: $1435,28
esos son los básicos, hay que agregarle el 20%, los 100 pesos y los 300 pesos no remunerativos, antiguedad y presentismo.